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Pymes Digitalización Arag...
Pymes Digitalización Aragón: Ayudas a pequeñas y medianas empresas para actuaciones de digitalización Aragón - Convocatoria 2024
La finalidad de estas ayudas, es incentivar la digitalización de las pymes, subvencionando las inversiones tanto en software como en hardware, y para el desarrollo e implantación de soluciones de digitalización. Así como los servicios de consultoría externa vinculados a las mismas.
Sólo fondo perdido 70%
Comunidad autónoma: ARAGÓN
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 21-03-2024.
Hace 8 mes(es) del cierre de la convocatoria y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, puede que esta información se publique pronto.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Son subvencionables las inversiones (software y hardware) para el desarrollo e implantación de soluciones de digitalización, así como los servicios de consultoría externa vinculados a las mismas, en los siguientes ámbitos:
a) Ciberseguridad.
b) Mejora de servicios, procesos y productos mediante utilización de soluciones desarrolladas con cloud computing, procesos cognitivos y/o big data.
c) Sistemas de conectividad e incorporación de soluciones TIC que permita la monitorización, control y gestión en tiempo real en la empresa y la digitalización de los procesos de negocio: producción, relaciones con proveedores o clientes, gestión logística y distribución, recursos humanos, cuadros de mando, business intelligence, analítica de datos y soporte a la toma de decisiones.
d) Automatización de la producción, robótica avanzada y proyectos IoT.
e) Realidad virtual, aumentada y mixta.
f) Visión artifcial.
g) Fabricación aditiva e impresión 3D

Características del participante

Ámbito ARAGÓN :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: ARAGÓN
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
- Pequeñas y medianas empresas (pymes) que desarrollen y ejecuten la actividad subvencionada en las provincias de Zaragoza y Huesca.
- Tener personalidad jurídica propia, y estar válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud y dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social.
- Tener la consideración de Pyme conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea L 187, de 26 de junio de 2014 (Reglamento General de Exención por Categorías).
- No haber recibido otra subvención pública para las mismas actuaciones para las que se solicita la ayuda.
- Cumplir los requisitos exigidos en la legislación ambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca.
- No haber sido sancionado de forma firme por la autoridad laboral competente.
- No haber sido objeto de sanción administrativa firme o sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.
- Quedan excluidos expresamente las comunidades de bienes, entidades y sociedades públicas, sociedades civiles, asociaciones, fundaciones y resto de entidades sin ánimo de...
- Pequeñas y medianas empresas (pymes) que desarrollen y ejecuten la actividad subvencionada en las provincias de Zaragoza y Huesca.
- Tener personalidad jurídica propia, y estar válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud y dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social.
- Tener la consideración de Pyme conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea L 187, de 26 de junio de 2014 (Reglamento General de Exención por Categorías).
- No haber recibido otra subvención pública para las mismas actuaciones para las que se solicita la ayuda.
- Cumplir los requisitos exigidos en la legislación ambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca.
- No haber sido sancionado de forma firme por la autoridad laboral competente.
- No haber sido objeto de sanción administrativa firme o sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.
- Quedan excluidos expresamente las comunidades de bienes, entidades y sociedades públicas, sociedades civiles, asociaciones, fundaciones y resto de entidades sin ánimo de lucro.
CNAE: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 53, 52, 51, 50, 49, 43, 42, 41, 33, 32, 31, 30, 29, 28, 27, 26, 25, 24, 23, 22, 21, 20, 19, 18, 17, 16, 15, 14, 13, 12, 11, 10. ver más
Condiciones Especiales: Cuidado: Ejecutar la actividad subvencionada en las provincias de Zaragoza y Huesca

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: Realizar las actividades e inversiones objeto de subvención en las provincias de Zaragoza y Huesca. Realizar las actividades e inversiones objeto de subvención en las provincias de Zaragoza y Huesca.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 9:. La tecnología está en su forma final y funciona bajo una amplia gama de condiciones. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen desde el 1 de enero de 2024 y hasta el 31 de octubre de 2024.
Las ayudas, que estarán sujetas al régimen de minimis, tendrán un importe máximo que será del 70% del presupuesto subvencionable para la microempresas y del 50% del presupuesto subvencionable para las pequeñas y medianas empresas.
Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen desde el 1 de enero de 2024 y hasta el 31 de octubre de 2024.
Las ayudas, que estarán sujetas al régimen de minimis, tendrán un importe máximo que será del 70% del presupuesto subvencionable para la microempresas y del 50% del presupuesto subvencionable para las pequeñas y medianas empresas.
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda no tiene efecto incentivador. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.