Serán subvencionables las actuaciones destinadas a la transformación digital de las entidades beneficiarias que estén basadas en uno o más de los ámbitos tecnológicos que se definen a continuación. Para que tengan la consideración de subvencionables, deberá acreditarse que las actuaciones realizadas se han integrado en la actividad de la entidad beneficiaria. De esta forma, no será subvencionable la adquisición de software, dispositivos u otros elementos tecnológicos por sí mismos, si esa adquisición no va acompañada de una integración de esos elementos en la actividad de la empresa de forma que se realice un proceso efectivo de transformación digital para esa actividad.
Se consideran pues actuaciones subvencionables:
1. Internet de las cosas (IoT)
2. Inteligencia Artificial (IA) y Machine Learning
3. Realidad Aumentada (AR)
4. Realidad Virtual (VR)
5. Fabricación Aditiva (Impresión 3D)
6. Robótica colaborativa
7. Robótica industrial
8. Gemelo Digital (Digital Twin)
9. Blockchain
10. 5G
11. Plan Estratégico de Transformación Digital
Características del participante
Características del Proyecto
Características de la financiación
Información adicional de la convocatoria
Otras ventajas