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REDES

Abierta
IA RED.ES 2025
Proyectos de I+D en inteligencia artificial y otras tecnologías d...
La Convocatoria tiene la finalidad de seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, a los beneficiarios de las ayudas para financiar proyectos: “el desarrollo de ámbitos estratégicos de la I+D+i empresarial y el emprendimiento en el ámbito tecnológico. Entre otras actuaciones, se incluyen aquéllas que aborden el desarrollo y el emprendimiento tecnológico frente a retos de la sociedad, de forma que fomenten el desarrollo de los conocimientos y tecnologías necesarios para abordar y buscar soluciones a problemas complejos asociados a dichos retos, incorporando para ello la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en sentido amplio.”
Sólo fondo perdido 60%
Nacional
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 30-07-2025 hasta el 30-09-2025.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Proyectos de “desarrollo experimental”, entiendo por tales aquellos proyectos encaminados a la adquisición, combinación, configuración y utilización de conocimientos y capacidades científicos tecnológicos, empresariales y de otros tipos existentes con el objetivo de desarrollar productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, incluidos los productos, procesos o servicios digitales, en cualquier ámbito, tecnología, industria o sector (incluidas, aunque no exclusivamente, las industrias y tecnologías digitales, como la supercomputación, las tecnologías cuánticas, las tecnologías de cadena de bloques, la inteligencia artificial, la ciberseguridad, los macrodatos y las tecnologías de computación en nube o periférica); podrá englobar también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios; el desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la realización piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento cuando el objetivo principal sea aportar mejoras técnicas a produc... ver más

Proyectos de “desarrollo experimental”, entiendo por tales aquellos proyectos encaminados a la adquisición, combinación, configuración y utilización de conocimientos y capacidades científicos tecnológicos, empresariales y de otros tipos existentes con el objetivo de desarrollar productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, incluidos los productos, procesos o servicios digitales, en cualquier ámbito, tecnología, industria o sector (incluidas, aunque no exclusivamente, las industrias y tecnologías digitales, como la supercomputación, las tecnologías cuánticas, las tecnologías de cadena de bloques, la inteligencia artificial, la ciberseguridad, los macrodatos y las tecnologías de computación en nube o periférica); podrá englobar también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios; el desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la realización piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento cuando el objetivo principal sea aportar mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente fijados; podrá incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación; el desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.

Teniendo en cuenta la definición de desarrollo experimental indicada en el punto anterior, a efectos de la presente Convocatoria, se financiarán únicamente proyectos que comprendan, al menos, una de las siguientes tipologías:
a. Creación de prototipos.
b. Realización de pilotos.
c. Ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento. ver menos

Temáticas Obligatorias del proyecto: El proyecto debe encajar en una de estas 8 temáticas.

1. Tecnologías de inteligencia artificial.

2. Tecnologías avanzadas de conectividad, de navegación y digitales.

3. Tecnologías de ciberseguridad y sistemas de seguridad.

4. Internet de las cosas y realidad virtual.

5. Tecnologías avanzadas de detección.

6. Tecnologías espaciales.

7. Robótica y sistemas autónomos.

8. Tecnologías avanzadas de materiales y de fabricación.

Características del participante

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas, según la definición de empresa del artículo 1 del Anexo I, y de los apartados 2 y 24 del artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Adicionalmente, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Disponer del domicilio fiscal ubicado en territorio español, o disponer de una residencia fiscal o un establecimiento permanente en territorio español de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
b) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
d) No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, y conforme a la definición establecida en las Directrices Comunitarias sobre Ayudas Estatales de Salvamento y de Reestructuración de Empresas no financieras en Crisis (2014/C 249/01) (Diario Oficial n.º 244, de 31 de julio de 2014).
e) No tener la consideración de: empresas de naturaleza pública, las entidades de derecho público, las entidades sin ánimo de lucro, las agrupac...
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas, según la definición de empresa del artículo 1 del Anexo I, y de los apartados 2 y 24 del artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Adicionalmente, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Disponer del domicilio fiscal ubicado en territorio español, o disponer de una residencia fiscal o un establecimiento permanente en territorio español de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
b) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
d) No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, y conforme a la definición establecida en las Directrices Comunitarias sobre Ayudas Estatales de Salvamento y de Reestructuración de Empresas no financieras en Crisis (2014/C 249/01) (Diario Oficial n.º 244, de 31 de julio de 2014).
e) No tener la consideración de: empresas de naturaleza pública, las entidades de derecho público, las entidades sin ánimo de lucro, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las asociaciones o fundaciones (incluyendo federaciones, confederaciones o uniones de estas), los colegios profesionales, las sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
Condiciones Especiales: Cuidado: Cada solicitante podrá presentar a la presente Convocatoria como máximo 3 proyectos distintos. En el caso de que se reciban varias solicitudes para el mismo proyecto, sólo se tendrá en cuenta la última de las recibidas. Se financiarán un máximo de dos proyectos por solicitante. Estos proyectos serán los que, habiendo obtenido mayor calificación en el proceso de evaluación y habiendo sido propuestos como posibles beneficiarios, se consideren viables para el solicitante según el criterio de valoración de “Viabilidad económica y financiera de la entidad”
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: 1. El solicitante deberá seleccionar en cada proyecto presentado el posible doble uso de la aplicación de los resultados previstos. Se entiende por «doble uso» en el contexto del apoyo a la I+D y al software y la tecnología que pueden destinarse a usos tanto civiles como militares. 2. Los proyectos subvencionables deberán desarrollarse para su aplicación en cualquier sector productivo de aplicación excepto en actividades sanitarias. El solicitante deberá seleccionar en el formulario de solicitud el sector de aplicación de los resultados del proyecto propuesto. 3. El presupuesto mínimo de los proyectos para los que se solicite financiación será de 400.000 € y el máximo de 5.000.000 €. Por tanto, no se considerarán elegibles proyectos con importes inferiores o superiores a los indicados en este apartado. 4. Plazo de ejecución. El plazo de ejecución de los proyectos objeto de la ayuda podrá comenzar desde la fecha de la presentación de la solicitud a Red.es y concluirá quince (15) meses después de la fecha de la publicación de la Resolución de Concesión en la sede electrónica de Red.es. 5. Plazo de justificación. El plazo de justificación comenzará una vez finalizado el plazo de ejecución indicado en el punto anterior y concluirá tres (3) meses después. 1. El solicitante deberá seleccionar en cada proyecto presentado el posible doble uso de la aplicación de los resultados previstos. Se entiende por «doble uso» en el contexto del apoyo a la I+D y al software y la tecnología que pueden destinarse a usos tanto civiles como militares.
2. Los proyectos subvencionables deberán desarrollarse para su aplicación en cualquier sector productivo de aplicación excepto en actividades sanitarias. El solicitante deberá seleccionar en el formulario de solicitud el sector de aplicación de los resultados del proyecto propuesto.
3. El presupuesto mínimo de los proyectos para los que se solicite financiación será de 400.000 € y el máximo de 5.000.000 €. Por tanto, no se considerarán elegibles proyectos con importes inferiores o superiores a los indicados en este apartado.
4. Plazo de ejecución. El plazo de ejecución de los proyectos objeto de la ayuda podrá comenzar desde la fecha de la presentación de la solicitud a Red.es y concluirá quince (15) meses después de la fecha de la publicación de la Resolución de Concesión en la sede electrónica de Red.es.
5. Plazo de justificación. El plazo de justificación comenzará una vez finalizado el plazo de ejecución indicado en el punto anterior y concluirá tres (3) meses después.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Amortizaciones.
Los gatos en Amortización incluyen la parte proporcional del valor de los equipos y materiales duraderos utilizados en el proyecto, calculada en función de su depreciación durante el periodo de ejecución del proyecto
Costes Indirectos.
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 5:. Los elementos básicos de la innovación son integrados de manera que la configuración final es similar a su aplicación final, es decir que está listo para ser usado en la simulación de un entorno real. Se mejoran los modelos tanto técnicos como económicos del diseño inicial, se ha identificado adicionalmente aspectos de seguridad, limitaciones ambiéntales y/o regulatorios entre otros. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:

INTENSIDAD DE LA AYUDA:
A. Desarrollo experimental: Pequeña Empresa (45%); Mediana Empresa (35%); Resto Empresas (25%)
B. Desarrollo experimental con amplia difusión de los resultados: Pequeña Empresa (60%); Mediana Empresa (50%); Resto Empresas (40%)
C. Desarrollo experimental y se desarrolla en una de las regiones menos desarrolladas o en la Comunidad Autónoma de Canarias: Pequeña Empresa (60%); Mediana Empresa (50%); Resto Empresas (40%)
PRESUPUESTO POR CCAA:
1. Menos desarrolladas (Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla): 43.000.000€
2. En transición (Principado de Asturias, Islas Baleares, Islas Canarias, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, Región de Murcia y La Rioja): 40.000.000 €
3. Más desarrolladas (Aragón, Cataluña, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad de Madrid y País Vasco): 47.000.000 €
INTENSIDAD DE LA AYUDA:
A. Desarrollo experimental: Pequeña Empresa (45%); Mediana Empresa (35%); Resto Empresas (25%)
B. Desarrollo experimental con amplia difusión de los resultados: Pequeña Empresa (60%); Mediana Empresa (50%); Resto Empresas (40%)
C. Desarrollo experimental y se desarrolla en una de las regiones menos desarrolladas o en la Comunidad Autónoma de Canarias: Pequeña Empresa (60%); Mediana Empresa (50%); Resto Empresas (40%)
PRESUPUESTO POR CCAA:
1. Menos desarrolladas (Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla): 43.000.000€
2. En transición (Principado de Asturias, Islas Baleares, Islas Canarias, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, Región de Murcia y La Rioja): 40.000.000 €
3. Más desarrolladas (Aragón, Cataluña, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad de Madrid y País Vasco): 47.000.000 €
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
Exige Garantías en la concesión
Contra la Resolución de Concesión se realizará un primer pago anticipado obligatorio del 40% de la ayuda concedida, que tendrá la consideración de pago a cuenta. La realización del pago anticipado anteriormente indicado requerirá de la constitución de garantías por el cien por cien del importe correspondiente a dicho pago. Plazo de constitución de garantías. El plazo máximo de constitución y presentación de las garantías indicadas en el apartado decimosegundo de la presente Convocatoria será de un (1) mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución de concesión en la sede electrónica de Red.es Contra la Resolución de Concesión se realizará un primer pago anticipado obligatorio del 40% de la ayuda concedida, que tendrá la consideración de pago a cuenta. La realización del pago anticipado anteriormente indicado requerirá de la constitución de garantías por el cien por cien del importe correspondiente a dicho pago. Plazo de constitución de garantías. El plazo máximo de constitución y presentación de las garantías indicadas en el apartado decimosegundo de la presente Convocatoria será de un (1) mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución de concesión en la sede electrónica de Red.es

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Proyectos financiables en esta convocatoria
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Será necesario presentar Declaración Responsable del cumplimiento de las condiciones específicas del principio DNSH (Do No Significant Harm) en las actividades financiadas, en todas las fases del diseño y ejecución del proyecto.
+ info

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info
IA RED.ES 2025 Proyectos de I+D en inteligencia artificial y otras tecnologías duales y su integración en las cadenas de valor
Proyectos de “desarrollo experimental”, entiendo por tales aquellos proyectos encaminados a la adquisición, combinación, configuración y uti...
Abierta | Desde 30-07-2025 Hasta el 30-09-2025