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Incentivos Complementarios Andalucia: Incentivos complementarios para proyectos tractores de grandes empresas de la industria aeroespacial, manufacturera y la logística avanzada
Incentivos concedidos por la Junta de Andalucía a la inversión privada en proyectos tractores de la industria aeroespacial, manufacturera y de logística avanzada, que tienen carácter complementario y concurrente a los Incentivos Económicos Regionales.
Sólo fondo perdido 20%
Comunidad autónoma: ANDALUCÍA
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 22-03-2025 hasta el 31-12-2026.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Proyectos ubicados en Andalucía para los que se haya obtenido la correspondiente resolución individual de concesión de Incentivos Económicos Regionales. La solicitud de incentivos complementarios se podrá realizar simultáneamente con la presentación de la solicitud de ayudas de Incentivos Económicos Regionales en la zona de promoción económica de Andalucía.

Los proyectos incentivables deberán contar con el carácter de proyecto tractor, que implica la existencia de incidencia del proyecto sobre la economía de la zona al obtener la correspondiente resolución individual de Incentivos Económicos Regionales, valorándose para ello:
1. Generación de empleo
2. Utilización de las materias primas de la zona
3. Incremento de productividad y tecnología
4. Incidencia en la zona

Tipo de proyectos incentivables
1. Proyectos de creación de nuevos establecimientos.
2. Ampliación de una actividad ya establecida o iniciación de una nueva por la empresa solicitante. (requisito adicional: I>25% inmovilizado, I>150% amortizaciones, +15% capacidad productiva)
3. Modernización de las instalaciones, siempre que no se tra... ver más

Proyectos ubicados en Andalucía para los que se haya obtenido la correspondiente resolución individual de concesión de Incentivos Económicos Regionales. La solicitud de incentivos complementarios se podrá realizar simultáneamente con la presentación de la solicitud de ayudas de Incentivos Económicos Regionales en la zona de promoción económica de Andalucía.

Los proyectos incentivables deberán contar con el carácter de proyecto tractor, que implica la existencia de incidencia del proyecto sobre la economía de la zona al obtener la correspondiente resolución individual de Incentivos Económicos Regionales, valorándose para ello:
1. Generación de empleo
2. Utilización de las materias primas de la zona
3. Incremento de productividad y tecnología
4. Incidencia en la zona

Tipo de proyectos incentivables
1. Proyectos de creación de nuevos establecimientos.
2. Ampliación de una actividad ya establecida o iniciación de una nueva por la empresa solicitante. (requisito adicional: I>25% inmovilizado, I>150% amortizaciones, +15% capacidad productiva)
3. Modernización de las instalaciones, siempre que no se trate de una mera inversión de reposición. (requisito adicional: I>35% inmovilizado, I>150% amortizaciones, +15% capacidad productiva) ver menos

Características del participante

Ámbito ANDALUCÍA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: ANDALUCÍA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Podrán ser beneficiarios de estos incentivos complementarios las grandes empresas que ostenten la condición de benefactoras de incentivos económicos regionales en la zona de promoción económica de Andalucía. Podrán ser beneficiarios de estos incentivos complementarios las grandes empresas que ostenten la condición de benefactoras de incentivos económicos regionales en la zona de promoción económica de Andalucía.
Condiciones Especiales: Cuidado: Al amparo de la presente convocatoria serán sectores promocionables los siguientes:

1. Aquellos asociados a los sectores manufacturero y logístico que han sido contemplados como sectores incentivables de los Incentivos Económicos Regionales, conforme a las condiciones establecidas en los Acuerdos del Consejo Rector de Incentivos Regionales, y concretamente:
1.1. Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción.
1.2. Los servicios de apoyo industrial y plataformas logísticas, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Acuerdo del Consejo Rector de Incentivos Regionales, publicado en el portal web de la Dirección General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

2. Los que sean incluidos en las correspondientes convocatorias de los incentivos complementarios, en tanto que, de conformidad con la normativa de Incentivos Económicos Regionales, con los acuerdos del Consejo Rector y las excepciones, en su caso, aprobadas, se consideren como incentivables en el ámbito de la industria, y sean publicados en el portal web de la Dirección General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: 1. Los proyectos incentivables deberán contar con el carácter de proyecto tractor, que implica la existencia de incidencia del proyecto sobre la economía de la zona que se considerará cumplido al obtener la correspondiente resolución individual de los Incentivos Económicos Regionales.
2. Deberán ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
3. La aportación mínima de la empresa beneficiaria será del 25 % de la inversión incentivable.
4. El inicio de la inversión solo podrá producirse después de la presentación de la solicitud de Incentivos Económicos Regionales y los incentivos complementarios.
5. La ayuda debe tener un efecto incentivador, consistente en que la empresa solicitante que emprenda el proyecto no lo habría realizado sin la ayuda, o solo lo habría emprendido de una manera limitada o diferente o en otro lugar, por lo que, junto con el requisito mencionado en el párrafo anterior, para las ayudas que requieran de notificación previa, al solicitar la ayuda se debe explicar qué efecto sobre la decisión de invertir o sobre la decisión de localizar la inversión se habría producido si no se recibieran los incentivos regionales. En este caso, además, la empresa solicitante debe presentar pruebas documentales que respalden lo descrito anteriormente.
1. Los proyectos incentivables deberán contar con el carácter de proyecto tractor, que implica la existencia de incidencia del proyecto sobre la economía de la zona que se considerará cumplido al obtener la correspondiente resolución individual de los Incentivos Económicos Regionales.
2. Deberán ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
3. La aportación mínima de la empresa beneficiaria será del 25 % de la inversión incentivable.
4. El inicio de la inversión solo podrá producirse después de la presentación de la solicitud de Incentivos Económicos Regionales y los incentivos complementarios.
5. La ayuda debe tener un efecto incentivador, consistente en que la empresa solicitante que emprenda el proyecto no lo habría realizado sin la ayuda, o solo lo habría emprendido de una manera limitada o diferente o en otro lugar, por lo que, junto con el requisito mencionado en el párrafo anterior, para las ayudas que requieran de notificación previa, al solicitar la ayuda se debe explicar qué efecto sobre la decisión de invertir o sobre la decisión de localizar la inversión se habría producido si no se recibieran los incentivos regionales. En este caso, además, la empresa solicitante debe presentar pruebas documentales que respalden lo descrito anteriormente.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Obra civil.
Obra civil, entre las que se considerarán incluidas: Las traídas y acometidas de servicios, urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto, oficinas, laboratorios, instalaciones para servicios laborales y sanitarios del personal, almacenes, edificios de producción o transformación, edificios de servicios industriales, almacenes y otras obras vinculadas al proyecto. Dentro del concepto de obra civil se consideran incluidas las instalaciones de calefacción, fontanería, aparatos sanitarios, alumbrado y las instalaciones eléctricas de baja tensión
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 9:. En esta fase la innovación está en su fase final y es operable en un sin número de condiciones operativas, está probada y disponible para su comercialización y/o producción disponible para la sociedad. Entrega de producto o tecnología para producción en serie y comercialización. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

INTENSIDAD DE LA AYUDA
Se tomará como base los criterios de valoración utilizados en el expediente de Incentivos Económicos Regionales y para ello se asignará al proyecto objeto de valoración un valor de Total de la Puntuación Básica (TPB), que determinará el porcentaje máximo de incentivo complementario asignado. El porcentaje del incentivo complementario será del 15 % sobre la inversión incentivable, en caso de un valor de TPB menor de 40 puntos, y del 20 % sobre la inversión subvencionable en caso de un valor de TPB mayor o igual de 40 puntos. El porcentaje total de los incentivos concedidos, que comprende a los incentivos complementarios, así como a los propios Incentivos Económicos Regionales, no podrá superar, en ningún caso, la mayor intensidad contemplada en el correspondiente mapa de ayudas de finalidad regional.
En el caso de proyectos con una inversión aprobada superior a 50 millones de euros dicho porcentaje tendrá directrices específicas según el artículo 6 de las bases reguladoras.
La cuantía del incentivo complementario no podrá superar 15 millones de euros por proyecto de inversión único.
CAPITULOS FINANCIABLES
a) Obra civil, entre las que se considerarán incluidas: las traídas y acometidas de servicios, urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto, oficinas, laboratorios, instalaciones para servicios laborales y sanitarios del personal, almacenes, edificios de producción o transformación, edificios de servi...
INTENSIDAD DE LA AYUDA
Se tomará como base los criterios de valoración utilizados en el expediente de Incentivos Económicos Regionales y para ello se asignará al proyecto objeto de valoración un valor de Total de la Puntuación Básica (TPB), que determinará el porcentaje máximo de incentivo complementario asignado. El porcentaje del incentivo complementario será del 15 % sobre la inversión incentivable, en caso de un valor de TPB menor de 40 puntos, y del 20 % sobre la inversión subvencionable en caso de un valor de TPB mayor o igual de 40 puntos. El porcentaje total de los incentivos concedidos, que comprende a los incentivos complementarios, así como a los propios Incentivos Económicos Regionales, no podrá superar, en ningún caso, la mayor intensidad contemplada en el correspondiente mapa de ayudas de finalidad regional.
En el caso de proyectos con una inversión aprobada superior a 50 millones de euros dicho porcentaje tendrá directrices específicas según el artículo 6 de las bases reguladoras.
La cuantía del incentivo complementario no podrá superar 15 millones de euros por proyecto de inversión único.
CAPITULOS FINANCIABLES
a) Obra civil, entre las que se considerarán incluidas: las traídas y acometidas de servicios, urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto, oficinas, laboratorios, instalaciones para servicios laborales y sanitarios del personal, almacenes, edificios de producción o transformación, edificios de servicios industriales, almacenes y otras obras vinculadas al proyecto.
b) Bienes de equipo, entre los que se considerarán incluidos: maquinaria de proceso, instalaciones eléctricas especiales, instalaciones energéticas y de suministro de agua especiales, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control, instalaciones de seguridad, instalaciones de mejora y protección medioambiental, y otros bienes de equipo ligados al proyecto. Se encuentran excluidos los elementos de transporte exterior.
c) Activos inmateriales, siempre y cuando no excedan del 30% del total de la inversión incentivable, se utilicen exclusivamente en el centro donde se realice el proyecto, sean inventariables, amortizables y se adquieran en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador.
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: El inicio de la inversión solo podrá producirse después de la presentación de la solicitud de Incentivos Económicos Regionales y los incentivos complementarios. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
No competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.
Incentivos Complementarios Andalucia Incentivos complementarios para proyectos tractores de grandes empresas de la industria aeroespacial, manufacturera y la logística avanzada
Proyectos ubicados en Andalucía para los que se haya obtenido la correspondiente resolución individual de concesión de Incentivos Económicos...
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