Innovating Works
Programa Jovenes Investigadores
Programa Jovenes Investigadores: Subvenciones para el Programa de Jóvenes Investigadores Madrid
Subvenciones del "Programa de Jóvenes Investigadores" para la contratación de personas jóvenes, menores de 30 años, capacitadas para llevar a cabo proyectos de investigación en calidad de investigadoras, tecnólogas, personal técnico y otros perfiles profesionales en I+D+i; facilitando su inserción laboral tanto en el sector público como en el privado para contribuir a incrementar la competitividad de la investigación y la innovación.
Sólo fondo perdido 100%
Comunidad autónoma: COMUNIDAD DE MADRID
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 17-06-2025 hasta el 14-07-2025. La convocatoria puede cerrar antes si se terminan los fondos.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Personas: Objetivo de la contratación de personas es realizar:

1. Al amparo de esta orden resultan subvencionables las contrataciones de personas jóvenes destinatarias de este programa, que tengan una duración de, al menos, 12 meses (equivalentes a 360 días), realizadas a jornada completa por los organismos y entidades establecidas en esta convocatoria, para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del Programa de Jóvenes Investigadores que sean competencia propia u originaria por delegación, encargo o encomienda.
2. Las subvenciones a otorgar para la contratación se destinarán a la financiación de los costes laborales, durante un período de 12 meses, incluyendo los gastos salariales y de cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean contratadas, en la modalidad de contratación que mejor se ajuste a las circunstancias concretas de cada iniciativa, de acuerdo con la legislación de aplicación.

Características del participante

Ámbito COMUNIDAD DE MADRID :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: COMUNIDAD DE MADRID
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Personas jurídicas, con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid:
1. Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
2. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
3. Centros e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.
4. Institutos de investigación biomédica o sanitaria acreditados por orden ministerial.
5. Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
6. Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+i como actividad principal.
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Personas jurídicas, con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid:
1. Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
2. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
3. Centros e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.
4. Institutos de investigación biomédica o sanitaria acreditados por orden ministerial.
5. Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
6. Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+i como actividad principal.
7. Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, la I+D+i como actividad principal.
8. Empresas pertenecientes al sector público o privado, que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación.
9. También podrán ser entidades y centros beneficiarios, los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, así como el organismo autónomo IMIDRA, adscrito a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del personal a contratar

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: Requisitos generales de los beneficiarios de la subvención
1. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
2. Realización de los trámites relativos a la subvención a través de medios electrónicos.
3. No podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades y centros en quienes concurra alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Requisitos generales de las personas jóvenes contratadas
En el momento de la formalización del contrato (coincidente con el alta en la Seguridad Social):
a. Ser mayor de 16 años y menor de 30 años.
b. Figurar inscrita como persona desempleada demandante de empleo en alguna oficina de empleo del Sistema Nacional de Empleo.
c. Estar en posesión de alguno de los títulos siguientes: Máster, Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Doctorado, Formación Profesional de grado medio o superior.
d. En el caso de estar en posesión de un título académico extranjero, se deberá disponer de la correspondiente credencial de homologación al título equivalente en España, expedida por el Ministerio competente para el reconocimiento de títulos y cualificaciones extranjeras de educación.

Requisitos de las contrataciones subvencionadas
1. La contratación deberá formalizarse para un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
2. Contratación de personas jóvenes destinatarias de este ...
Requisitos generales de los beneficiarios de la subvención
1. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
2. Realización de los trámites relativos a la subvención a través de medios electrónicos.
3. No podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades y centros en quienes concurra alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Requisitos generales de las personas jóvenes contratadas
En el momento de la formalización del contrato (coincidente con el alta en la Seguridad Social):
a. Ser mayor de 16 años y menor de 30 años.
b. Figurar inscrita como persona desempleada demandante de empleo en alguna oficina de empleo del Sistema Nacional de Empleo.
c. Estar en posesión de alguno de los títulos siguientes: Máster, Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Doctorado, Formación Profesional de grado medio o superior.
d. En el caso de estar en posesión de un título académico extranjero, se deberá disponer de la correspondiente credencial de homologación al título equivalente en España, expedida por el Ministerio competente para el reconocimiento de títulos y cualificaciones extranjeras de educación.
Requisitos de las contrataciones subvencionadas
1. La contratación deberá formalizarse para un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
2. Contratación de personas jóvenes destinatarias de este programa, que tengan una duración de, al menos, 12 meses (equivalentes a 360 días), realizadas a jornada completa por los organismos y entidades establecidas en la convocatoria, para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del Programa de Jóvenes Investigadores que sean competencia propia u originaria o por delegación, encargo o encomienda.
Requisitos generales de solicitudes
Se presentará una única solicitud por entidad para todas las contrataciones que se deseen subvencionar, sin que puedan superarse:
a. 20 contrataciones, para los organismos de investigación y difusión de conocimientos (públicos o privados), para el desarrollo de proyectos de investigación que no tengan carácter de actividad económica (tipo A de la solicitud).
b. 3 contrataciones, para las empresas y entidades privadas que desarrollen actividad económica (tipo B de la solicitud).
En el supuesto de que una misma entidad presente más de una solicitud sólo será objeto de tramitación la presentada en primer lugar, siendo objeto de denegación las siguientes.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en las tareas a realizar por las personas a financiar. Se cuenta con prototipos piloto capaces de desarrollar todas las funciones necesarias dentro de un sistema determinado, habiendo superado pruebas de factibilidad en condiciones de operación o funcionamiento real. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

El importe de la subvención se calculará de acuerdo con las previsiones recogidas en el proyecto presentado (Formulario II - “Memoria de Actividades”), en función del número de personas que se prevé contratar y de los siguientes módulos:
a) Módulo A: En el caso de jóvenes que estén en posesión de una titulación de Formación Profesional de grado medio o superior, el módulo ascenderá a 22.405,94 euros por persona contratada y año de contratación (1.867,16 euros al mes), debiendo producirse el alta de este personal en los grupos de cotización de la Seguridad Social 5 a 9, ambos inclusive.
b) Módulo B: En el caso de jóvenes con alguna de las siguientes titulaciones: Máster, Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Doctorado, el módulo ascenderá a 33.108,92 euros por persona contratada y año de contratación (2.759,07 euros por mes), debiendo realizar el alta en los grupos de cotización de la Seguridad Social 1 ó 2.
Presupuesto total de la convocatoria 6.000.000,00 de euros.
a) 4.000.000,00 euros para el desarrollo de proyectos de investigación que no tengan carácter de actividad económica, por parte de organismos de investigación y difusión de conocimientos (públicos o privados) en los términos del apartado 1 del artículo 19 de la Orden de 26 de julio de 2024 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
b) 2.000.000,00 euros para el desarrollo de proyectos de investigación por parte de empresas y enti...
El importe de la subvención se calculará de acuerdo con las previsiones recogidas en el proyecto presentado (Formulario II - “Memoria de Actividades”), en función del número de personas que se prevé contratar y de los siguientes módulos:
a) Módulo A: En el caso de jóvenes que estén en posesión de una titulación de Formación Profesional de grado medio o superior, el módulo ascenderá a 22.405,94 euros por persona contratada y año de contratación (1.867,16 euros al mes), debiendo producirse el alta de este personal en los grupos de cotización de la Seguridad Social 5 a 9, ambos inclusive.
b) Módulo B: En el caso de jóvenes con alguna de las siguientes titulaciones: Máster, Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Doctorado, el módulo ascenderá a 33.108,92 euros por persona contratada y año de contratación (2.759,07 euros por mes), debiendo realizar el alta en los grupos de cotización de la Seguridad Social 1 ó 2.
Presupuesto total de la convocatoria 6.000.000,00 de euros.
a) 4.000.000,00 euros para el desarrollo de proyectos de investigación que no tengan carácter de actividad económica, por parte de organismos de investigación y difusión de conocimientos (públicos o privados) en los términos del apartado 1 del artículo 19 de la Orden de 26 de julio de 2024 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
b) 2.000.000,00 euros para el desarrollo de proyectos de investigación por parte de empresas y entidades privadas que desarrollan actividades económicas, en los términos y con los límites del apartado 2 del artículo 19 de la Orden de 26 de julio de 2024 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda no tiene efecto incentivador. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
No competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info
Programa Jovenes Investigadores Subvenciones para el Programa de Jóvenes Investigadores Madrid
1. Al amparo de esta orden resultan subvencionables las contrataciones de personas jóvenes destinatarias de este programa, que tengan una du...
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