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Nuevas y Jovenes Empresas Madrid: Ayudas a nuevas y jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Startups)
Ayudas destinadas a fomentar la actividad de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad, la consolidación de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad y el crecimiento de pymes innovadoras de más de 5 años de antigüedad en la Comunidad de Madrid.
Sólo fondo perdido 100%
Comunidad autónoma: COMUNIDAD DE MADRID
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 07-02-2025 hasta el 27-02-2025.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

a) Línea 1.—Nuevas empresas innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad, serán subvencionables, el plan de negocio a 2 años, el plan de viabilidad empresarial, el plan de desarrollo tecnológico, los estudios de asesoramiento y consultoría de desarrollo empresarial y de mercado (test de mercado) y otros informes técnicos, el desarrollo del concepto, características y funcionalidades básicas del producto, servicio o proceso, el asesoramiento externo para el desarrollo del proyecto, incluidos los contratos de investigación, las certificaciones o informes de auditoría de expertos externos, incluidas las que pudieran ser requeridos de acuerdo con lo establecido en las presentes bases reguladoras, gastos de personal, las adquisiciones de material e instrumental, la investigación contractual, patentes y licencias, la formación vinculada exclusivamente al desarrollo de las actividades objeto de ayuda, las actividades de difusión y marketing, y actividades encaminadas al inicio de la actividad de la nueva empresa y a la generación y futura explotación de nuevos productos, servicios o procesos que requieran el uso intensivo de tecnología y/o conocimientos técnicos, científic... ver más

a) Línea 1.—Nuevas empresas innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad, serán subvencionables, el plan de negocio a 2 años, el plan de viabilidad empresarial, el plan de desarrollo tecnológico, los estudios de asesoramiento y consultoría de desarrollo empresarial y de mercado (test de mercado) y otros informes técnicos, el desarrollo del concepto, características y funcionalidades básicas del producto, servicio o proceso, el asesoramiento externo para el desarrollo del proyecto, incluidos los contratos de investigación, las certificaciones o informes de auditoría de expertos externos, incluidas las que pudieran ser requeridos de acuerdo con lo establecido en las presentes bases reguladoras, gastos de personal, las adquisiciones de material e instrumental, la investigación contractual, patentes y licencias, la formación vinculada exclusivamente al desarrollo de las actividades objeto de ayuda, las actividades de difusión y marketing, y actividades encaminadas al inicio de la actividad de la nueva empresa y a la generación y futura explotación de nuevos productos, servicios o procesos que requieran el uso intensivo de tecnología y/o conocimientos técnicos, científicos y de innovación para su introducción en el mercado.

b) Línea 2.—Jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad, serán subvencionables, el plan empresarial a 3 años que posibilite el desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos para su introducción en el mercado, el plan de desarrollo tecnológico, la planificación de incorporación de conocimientos técnicos o científicos y de innovación adquiridos a partir los organismos de investigación y difusión del conocimiento, de la propia actividad investigadora o de la actividad investigadora de otras empresas, el asesoramiento externo para el desarrollo del proyecto, los contratos de investigación, las certificaciones o informes de auditoría de expertos externos, incluidas las que pudieran ser requeridos de acuerdo con lo establecido en las presentes bases, los estudios de asesoramiento y consultoría de desarrollo empresarial y de mercado (test de mercado) y otros informes técnicos, el desarrollo del concepto, características y funcionalidades básicas del producto, servicio o proceso, las estimaciones sobre resultados previstos que afiancen el crecimiento de la empresa y el desarrollo de infraestructuras permanentes destinadas al desarrollo de I+D+I propias, el plan de inversiones e ingresos previstos, los gastos de personal, las adquisiciones de material e instrumental, la investigación contractual patentes y licencias, la formación vinculada exclusivamente al desarrollo de las actividades objeto de ayuda, las actividades de difusión y marketing, y actividades encaminadas a la consolidación de la joven empresa que se refieran a la explotación de productos o servicios que requieran el uso intensivo de tecnologías o conocimientos técnicos y/o científicos, que posibiliten el desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos para su introducción en el mercado. ver menos

Características del participante

Ámbito COMUNIDAD DE MADRID :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: COMUNIDAD DE MADRID
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Se distinguen dos tipos de entidades beneficiarias, cada una asociada a una línea de ayuda:
a) Nuevas pymes innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad, que podrán ser beneficiarias de las ayudas de la Línea 1.
b) Jóvenes pymes innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad, que podrán ser beneficiaras de las ayudas de la Línea 2.

Los requisitos que deberán cumplir las entidades beneficiarias en el momento de presentar las solicitudes son:
a) Ser una nueva pequeña empresa innovadora de base tecnológica, joven pequeña empresa innovadora de base tecnológica:
i. Que sea una persona jurídica constituida válidamente como empresa, con forma jurídica societaria, que ejerza de forma habitual una actividad económica dirigida al mercado e inscrita en el registro correspondiente.
ii. Que tenga categoría de pequeña o mediana empresa (según el caso).
iii. Que sea una empresa innovadora.
b) Tener al menos un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
c) Antigüedad, que se computa desde la fecha de alta en el IAE hasta la fecha de inicio de presentación de solicitudes. Para acceder a la línea 1, la empresa deberá tener hasta un año de antigüedad. Para acceder a la línea 2, la empresa deberá tener más de uno y hasta cinco años de antigüedad.
Se distinguen dos tipos de entidades beneficiarias, cada una asociada a una línea de ayuda:
a) Nuevas pymes innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad, que podrán ser beneficiarias de las ayudas de la Línea 1.
b) Jóvenes pymes innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad, que podrán ser beneficiaras de las ayudas de la Línea 2.
Los requisitos que deberán cumplir las entidades beneficiarias en el momento de presentar las solicitudes son:
a) Ser una nueva pequeña empresa innovadora de base tecnológica, joven pequeña empresa innovadora de base tecnológica:
i. Que sea una persona jurídica constituida válidamente como empresa, con forma jurídica societaria, que ejerza de forma habitual una actividad económica dirigida al mercado e inscrita en el registro correspondiente.
ii. Que tenga categoría de pequeña o mediana empresa (según el caso).
iii. Que sea una empresa innovadora.
b) Tener al menos un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
c) Antigüedad, que se computa desde la fecha de alta en el IAE hasta la fecha de inicio de presentación de solicitudes. Para acceder a la línea 1, la empresa deberá tener hasta un año de antigüedad. Para acceder a la línea 2, la empresa deberá tener más de uno y hasta cinco años de antigüedad.
Fecha constitución: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con fecha de constitución "posterior" al 11-02-2020.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: 1. Con carácter general al cumplimiento de los siguientes fines:
a) Facilitar la puesta en marcha de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica con alto valor añadido y potencial de crecimiento.
b) Impulsar el crecimiento de las nuevas empresas de base tecnológica en términos de generación de actividad mediante el apoyo a las actividades de alto potencial de crecimiento incluidas en su plan de desarrollo empresarial.
c) Fomentar el crecimiento de pymes de base tecnológica innovadoras que impulsen la transferencia de tecnología y el desarrollo tecnológico de Madrid, el aumento de su productividad en términos de generación de actividad y el crecimiento del empleo cualificado y joven.
d) Promover la colaboración de los diferentes agentes del sistema de apoyo a la actividad innovadora y del sistema de ciencia e innovación, como elementos
motores de nuevas ideas y proyectos, desarrollados por las pymes con actitud innovadora y nuevas empresas jóvenes innovadoras (Start-up) de base tecnológica.

2. Las ayudas se destinarán a financiar el inicio de actividad y consolidación de nuevas y jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica, y el crecimiento de pymes innovadoras, en actividades empresariales innovadoras que requieran el uso de tecnologías y/o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora o del conocimiento generado por los organismos de investigación domiciliados en la Comunidad de Madrid y/o en e...
1. Con carácter general al cumplimiento de los siguientes fines:
a) Facilitar la puesta en marcha de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica con alto valor añadido y potencial de crecimiento.
b) Impulsar el crecimiento de las nuevas empresas de base tecnológica en términos de generación de actividad mediante el apoyo a las actividades de alto potencial de crecimiento incluidas en su plan de desarrollo empresarial.
c) Fomentar el crecimiento de pymes de base tecnológica innovadoras que impulsen la transferencia de tecnología y el desarrollo tecnológico de Madrid, el aumento de su productividad en términos de generación de actividad y el crecimiento del empleo cualificado y joven.
d) Promover la colaboración de los diferentes agentes del sistema de apoyo a la actividad innovadora y del sistema de ciencia e innovación, como elementos
motores de nuevas ideas y proyectos, desarrollados por las pymes con actitud innovadora y nuevas empresas jóvenes innovadoras (Start-up) de base tecnológica.
2. Las ayudas se destinarán a financiar el inicio de actividad y consolidación de nuevas y jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica, y el crecimiento de pymes innovadoras, en actividades empresariales innovadoras que requieran el uso de tecnologías y/o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora o del conocimiento generado por los organismos de investigación domiciliados en la Comunidad de Madrid y/o en el mercado, y en las que la estrategia de negocio se base en el desarrollo y el uso intensivo de tecnología.
La tecnología y la innovación se consideran factores productivos que contribuyen a la diferenciación de las empresas, y sirven de base a la estrategia y al plan de negocio y al desarrollo del negocio a corto, a medio y a largo plazo mediante el mantenimiento de líneas de I+D+I propias.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Amortizaciones.
Los gatos en Amortización incluyen la parte proporcional del valor de los equipos y materiales duraderos utilizados en el proyecto, calculada en función de su depreciación durante el periodo de ejecución del proyecto
Costes Indirectos.
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 8:. Se demuestra que la tecnología funciona en las condiciones esperadas. En casi todos los casos, este TRL representa el final del desarrollo del sistema tecnológico y está listo para ser implementado. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

LÍNEA 1: Para nuevas pequeñas empresas de hasta un año de antigüedad.
Para poder ser objeto de subvención los gastos subvencionables han de ser iguales o superiores a 30.000 euros en caso de nuevas pequeñas empresas innovadoras de base tecnológica (Línea 1). La cuantía máxima de las ayudas por beneficiario y proyecto será de 80.000 euros.
Presupuesto: El crédito presupuestario para financiar la Línea 1 de actuación (Fomento de actividad de nuevas pymes innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad) es de 708.291 euros.
El plazo de ejecución de los proyectos y de realización de las inversiones y actividades de los mismos, que se computará desde la fecha de inicio de la ejecución del proyecto comunicada por la entidad beneficiaria al órgano instructor, será de hasta 12 meses.
LÍNEA 2: Para jóvenes pequeñas empresas, de entre uno y cinco años de antigüedad.
Para poder ser objeto de subvención los gastos subvencionables han de ser iguales o superiores a 75.000 euros en caso de jóvenes pequeñas empresas innovadoras de base tecnológica (Línea 2).
La cuantía máxima de las ayudas por beneficiario y proyecto será de 150.000 euros.
Presupuesto: El crédito presupuestario para financiar la Línea 2 de actuación (consolidación de jóvenes pymes innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad) es de 1.652.679 euros.
El plazo de ejecución de los proyectos y de realización de las inversiones y actividades de l...
LÍNEA 1: Para nuevas pequeñas empresas de hasta un año de antigüedad.
Para poder ser objeto de subvención los gastos subvencionables han de ser iguales o superiores a 30.000 euros en caso de nuevas pequeñas empresas innovadoras de base tecnológica (Línea 1). La cuantía máxima de las ayudas por beneficiario y proyecto será de 80.000 euros.
Presupuesto: El crédito presupuestario para financiar la Línea 1 de actuación (Fomento de actividad de nuevas pymes innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad) es de 708.291 euros.
El plazo de ejecución de los proyectos y de realización de las inversiones y actividades de los mismos, que se computará desde la fecha de inicio de la ejecución del proyecto comunicada por la entidad beneficiaria al órgano instructor, será de hasta 12 meses.
LÍNEA 2: Para jóvenes pequeñas empresas, de entre uno y cinco años de antigüedad.
Para poder ser objeto de subvención los gastos subvencionables han de ser iguales o superiores a 75.000 euros en caso de jóvenes pequeñas empresas innovadoras de base tecnológica (Línea 2).
La cuantía máxima de las ayudas por beneficiario y proyecto será de 150.000 euros.
Presupuesto: El crédito presupuestario para financiar la Línea 2 de actuación (consolidación de jóvenes pymes innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad) es de 1.652.679 euros.
El plazo de ejecución de los proyectos y de realización de las inversiones y actividades de los mismos, que se computará desde la fecha de inicio de la ejecución del proyecto comunicada por la entidad beneficiaria al órgano instructor, será de hasta 12 meses.
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info
Nuevas y Jovenes Empresas Madrid Ayudas a nuevas y jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Startups)
A) Línea 1.—Nuevas empresas innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad, serán subvencionables, el plan de negocio a 2 años...
¡nueva convocatoria abierta! | Desde 07-02-2025 Hasta el 27-02-2025