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Programa Tecnológico Espa...
Programa Tecnológico Espacial (PTE): Apoyo a proyectos de I+D del "Programa Tecnológico Espacial" (PTE) PERTE Aeroespacial
El Programa Tecnológico Espacial (PTE) se enmarca en el Programa de Transferencia y Colaboración del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (2024-2027). Apoyo a proyectos de I+D del "Programa Tecnológico Espacial" (PTE), vinculado al PERTE Aeroespacial.
Sólo fondo perdido 70%
Nacional
Convocatoria Cerrada, se espera que reabra en Mayo Esta línea abrirá próximamente, el inicio de convocatoria será en el próximo mes de Mayo.
Esta ayuda tiene 1 convocatoria(s) más que puedes consultar.
Presentación: Consorcio Consorcio: Esta ayuda está diseñada para aplicar a ella en formato consorcio..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Serán objeto de ayuda los proyectos de I+D que se desarrollen en colaboración efectiva entre empresas, con participación relevante de organismos de investigación y difusión de conocimientos desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo mediante la subcontratación de sus actividades.

Temáticas Obligatorias del proyecto: El proyecto debe encajar en una de estas 2 temáticas.

1. Área temática «New Space: Constelaciones satelitales»: Aerospace Engineering

2. Área temática «Maduración de tecnología espacial bottom-up»: Aerospace Engineering

Características del consorcio

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Tipo y tamaño de organizaciones: El diseño de consorcio necesario para la tramitación de esta ayuda necesita de:
Podrán tener la condición de beneficiarias al amparo de esta orden las empresas, entendiendo como tales a todas aquellas entidades que ejerzan una actividad económica, independientemente de su forma jurídica y de su financiación. Asimismo, deberán tener personalidad jurídica propia, estar válidamente constituidas y tener domicilio fiscal en España.

No obstante, a efectos de la presente orden y de las convocatorias asociadas, no tendrán la consideración de empresas:
a. Personas físicas, trabajadores autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles o sociedades colectivas.
b. Agrupaciones de interés económico, UTES, sociedades de inversión mobiliarias y patrimoniales.
c. Asociaciones, fundaciones, congregaciones e instituciones religiosas y otras entidades sin ánimo de lucro, aunque tuviesen actividad económica.
d. Organismos de investigación, universidades, centros de formación y otros centros públicos o privados de I+D+I, cualquiera que sea la forma que adopten.
e. Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
Podrán tener la condición de beneficiarias al amparo de esta orden las empresas, entendiendo como tales a todas aquellas entidades que ejerzan una actividad económica, independientemente de su forma jurídica y de su financiación. Asimismo, deberán tener personalidad jurídica propia, estar válidamente constituidas y tener domicilio fiscal en España.
No obstante, a efectos de la presente orden y de las convocatorias asociadas, no tendrán la consideración de empresas:
a. Personas físicas, trabajadores autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles o sociedades colectivas.
b. Agrupaciones de interés económico, UTES, sociedades de inversión mobiliarias y patrimoniales.
c. Asociaciones, fundaciones, congregaciones e instituciones religiosas y otras entidades sin ánimo de lucro, aunque tuviesen actividad económica.
d. Organismos de investigación, universidades, centros de formación y otros centros públicos o privados de I+D+I, cualquiera que sea la forma que adopten.
e. Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: - Serán susceptibles de ayuda los proyectos de I+D, incluyendo actividades de investigación industrial y/o desarrollo experimental. Cuando un proyecto conste de diferentes actividades, cada una de estas deberá calificarse como de investigación industrial o desarrollo experimental, según su naturaleza.

- Los proyectos deberán acogerse a una de las siguientes categorías: PTE Grandes Empresas o PTE Pequeñas Empresas y cumplir los requisitos establecidos para cada categoría.

- Los proyectos deberán encuadrarse en una de las dos áreas temáticas descritas en el artículo 39 de la convocatoria, "New Space: Constelaciones satelitales" o área temática "Maduración de tecnología espacial bottom-up", de modo que los objetivos establecidos en los mismos se adecúen a lo establecido en el área escogida.
- Serán susceptibles de ayuda los proyectos de I+D, incluyendo actividades de investigación industrial y/o desarrollo experimental. Cuando un proyecto conste de diferentes actividades, cada una de estas deberá calificarse como de investigación industrial o desarrollo experimental, según su naturaleza.
- Los proyectos deberán acogerse a una de las siguientes categorías: PTE Grandes Empresas o PTE Pequeñas Empresas y cumplir los requisitos establecidos para cada categoría.
- Los proyectos deberán encuadrarse en una de las dos áreas temáticas descritas en el artículo 39 de la convocatoria, "New Space: Constelaciones satelitales" o área temática "Maduración de tecnología espacial bottom-up", de modo que los objetivos establecidos en los mismos se adecúen a lo establecido en el área escogida.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Otros Gastos.
Se incluyen costes adicionales como viajes, dietas, formación, y servicios externos necesarios para el proyecto, siempre que sean justificados y directamente relacionados con las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 4:. Es el primer paso para determinar si los componentes individuales funcionarán juntos como un sistema en un entorno de laboratorio. Es un sistema de baja fidelidad para demostrar la funcionalidad básica y se definen las predicciones de rendimiento asociadas en relación con el entorno operativo final. + info.
TRL esperado:
Obligatorio subcontratar: Cuidado: Para poder aplicar a esta línea es obligatorio subcontratar un Centro tecnológico o Universidad.

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
Subvención hasta los límites de intensidad máximos. La intensidad de ayuda deberá determinarse para cada beneficiario (incluso tratándose de proyectos en cooperación). El límite de intensidad de ayuda vendrá dado por el peso de cada tipo de actividad (investigación industrial o desarrollo experimental).
Investigación Industrial. Pequeña Empresa 70, Mediana Empresa  60, Gran Empresa 50
Desarrollo Experimental. Pequeña Empresa 45, Mediana Empresa  35, Gran Empresa 25
PTE Grandes Empresas:
Presupuesto elegible mínimo de 5.000.000 euros y máximo de 25.000.000 euros.
Presupuesto mínimo elegible de 500.000 euros para las grandes empresas y de 175.000 euros para el resto.
Duración: los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2026.
PTE Pymes:
Presupuesto elegible mínimo de 1.000.000 euros y máximo de 4.000.000 euros.
Presupuesto mínimo elegible de 500.000 euros para las grandes empresas y de 175.000 euros para el resto.
Duración: los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2026
Distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.
Ninguna empresa autónoma de la agrupación, ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas podrá superar el 65% del presupuesto elegible del proyecto. En el caso específico del PTE Pymes, las grandes empresas participantes no podrán superar el 35% del presupuesto elegible del proyecto.
Subcontratación: los proyectos deben contar con una partic...
Subvención hasta los límites de intensidad máximos. La intensidad de ayuda deberá determinarse para cada beneficiario (incluso tratándose de proyectos en cooperación). El límite de intensidad de ayuda vendrá dado por el peso de cada tipo de actividad (investigación industrial o desarrollo experimental).
Investigación Industrial. Pequeña Empresa 70, Mediana Empresa  60, Gran Empresa 50
Desarrollo Experimental. Pequeña Empresa 45, Mediana Empresa  35, Gran Empresa 25
PTE Grandes Empresas:
Presupuesto elegible mínimo de 5.000.000 euros y máximo de 25.000.000 euros.
Presupuesto mínimo elegible de 500.000 euros para las grandes empresas y de 175.000 euros para el resto.
Duración: los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2026.
PTE Pymes:
Presupuesto elegible mínimo de 1.000.000 euros y máximo de 4.000.000 euros.
Presupuesto mínimo elegible de 500.000 euros para las grandes empresas y de 175.000 euros para el resto.
Duración: los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2026
Distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.
Ninguna empresa autónoma de la agrupación, ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas podrá superar el 65% del presupuesto elegible del proyecto. En el caso específico del PTE Pymes, las grandes empresas participantes no podrán superar el 35% del presupuesto elegible del proyecto.
Subcontratación: los proyectos deben contar con una participación relevante de organismos de investigación. En este sentido, se exige que en el PTE Grandes Empresas al menos el 15% del presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades; en el caso del PTE Pymes esta cantidad se sitúa en el 10%.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Proyectos otorgados en la convocatoria pasada
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Los proyectos presentados a esta línea deben de certificarse para demostrar que no causan perjuicio al medio ambiente. + info

Otras ventajas

Sello PYME: Tramitar esta ayuda con éxito permite conseguir el sello de calidad de “sello pyme innovadora”. Que permite ciertas ventajas fiscales.
Informe motivado: Esta ayuda emite un informe motivado que otorga mayor seguridad fiscal a las deducciones fiscales ejecutadas sobre los gastos asociados e incluso pedir la monetización de las mismas. Leer más.
Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info
Programa Tecnológico Espacial (PTE) Apoyo a proyectos de I+D del "Programa Tecnológico Espacial" (PTE) PERTE Aeroespacial
en consorcio: Serán objeto de ayuda los proyectos de I+D que se desarrollen en colaboración efectiva entre empresas, con participación relevante de organi...
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