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Cerrada
NEOTEC 2023
NEOTEC 2023: Ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras
Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor (en adelante doctor/es) a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento. Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.
Sólo fondo perdido 70%
Nacional
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 20-04-2023.
Se espera una próxima convocatoria para esta ayuda el próximo mes de Abril.
Hace más de 20 mes(es) del cierre y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, no parece que se vaya a publicar esta información.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Financiar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

Primar con una mayor intensidad de ayuda a aquellas propuestas que incluyan la contratación de personas con grado de doctor, con el fin de reforzar la capacidad de generación y absorción de conocimiento en las empresas.

Reforzar el apoyo a proyectos empresariales liderados por mujeres, para fomentar la igualdad en el emprendimiento en empresas de base tecnológica.

Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. Sin embargo, no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.

Características del participante

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Fecha constitución: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con fecha de constitución "posterior" al 26-12-2021.
Condiciones Especiales: Cuidado: Contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: Pequeñas empresas innovadoras.

Las entidades beneficiarias deberán cumplir asimismo los siguientes requisitos:
a. No estar cotizadas en una bolsa de valores, excepto las plataformas de negociación alternativa.
b. Estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa. Asimismo, la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa deberá ser al menos seis meses anterior a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda. En el caso de empresas subvencionables que no estén obligadas a registrarse, podrá considerarse que el período de tres años empieza a contar desde el momento en que la empresa inicie su actividad económica o desde el que esté sujeta a impuestos por su actividad económica.
c. No haber distribuido beneficios.
d. No haberse hecho cargo de la actividad de otra empresa ni haber surgido de una operación de concentración, según definición del artículo 7 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. No obstante, las empresas formadas mediante concentración de empresas que a su vez cumplan los requisitos para optar a las ayudas, también se considerarán empresas subvencionables hasta un máximo de 3 años a partir de la fecha de la inscripción registral de la constitución de la empresa má...
Pequeñas empresas innovadoras.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir asimismo los siguientes requisitos:
a. No estar cotizadas en una bolsa de valores, excepto las plataformas de negociación alternativa.
b. Estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa. Asimismo, la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa deberá ser al menos seis meses anterior a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda. En el caso de empresas subvencionables que no estén obligadas a registrarse, podrá considerarse que el período de tres años empieza a contar desde el momento en que la empresa inicie su actividad económica o desde el que esté sujeta a impuestos por su actividad económica.
c. No haber distribuido beneficios.
d. No haberse hecho cargo de la actividad de otra empresa ni haber surgido de una operación de concentración, según definición del artículo 7 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. No obstante, las empresas formadas mediante concentración de empresas que a su vez cumplan los requisitos para optar a las ayudas, también se considerarán empresas subvencionables hasta un máximo de 3 años a partir de la fecha de la inscripción registral de la constitución de la empresa más antigua que participe en la concentración.
e. Contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 4:. Es el primer paso para determinar si los componentes individuales funcionarán juntos como un sistema en un entorno de laboratorio. Es un sistema de baja fidelidad para demostrar la funcionalidad básica y se definen las predicciones de rendimiento asociadas en relación con el entorno operativo final. + info.
TRL esperado:
Estadísticas proyectos financiados: Te facilitamos algunas estadísticas de los últimos 2 proyectos tramitados conocidos por categoría de empresa, porcentaje y presupuesto medio.

Categoria

%

Presupuesto medio

Micro

36%

304K€

Pequeña

64%

305K€

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
Subvenciones hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario. Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en el Anexo I de la convocatoria, se podrán financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.
Actuaciones plurianuales. Deberán iniciarse en 2023 y finalizar como máximo el 31 de diciembre de 2024.
Subvenciones hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario. Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en el Anexo I de la convocatoria, se podrán financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.
Actuaciones plurianuales. Deberán iniciarse en 2023 y finalizar como máximo el 31 de diciembre de 2024.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Muy Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Los proyectos presentados a esta línea deben de certificarse para demostrar que no causan perjuicio al medio ambiente. + info

Otras ventajas

Sello PYME: Tramitar esta ayuda con éxito permite conseguir el sello de calidad de “sello pyme innovadora”. Que permite ciertas ventajas fiscales.
Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info

No se tiene información sobre próximas convocatorias.

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