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Abierta
CPI Innoavi
Impulso a la compra pública innovadora 2025
El objetivo de este programa es potenciar el desarrollo de mercados innovadores a través de la contratación pública, incentivar la compra pública innovadora desde el lado de la demanda del gestor público y desde el lado de la oferta, es decir, de las empresas, estimulándolas a participar y presentar ofertas innovadoras en los procesos de Compra Pública Innovadora (CPI).
Sólo fondo perdido 70%
Comunidad autónoma: COMUNITAT VALENCIANA
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 16-06-2025 hasta el 08-07-2025.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación
Se apoya el coste de I+D+i requerida en una licitación pública de innovación, de manera que se facilite la presencia de empresas valencianas en licitaciones públicas de productos y servicios innovadores. La intensidad de la ayuda será establecida como porcentaje sobre los costes subvencionables, según lo que establecen las bases reguladoras en función del tamaño de la entidad solicitante y la tipología de proyecto,

Línea 2 Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores
Dinamización de la Compra Pública Innovadora en la Comunitat, a través de iniciativas de apoyo a la compra pública de innovación, financiando actividades dirigidas a la puesta en marcha de compra públicas innovadoras y sus procedimientos, también serán apoyadas las acciones de promoción de la CPI que incluyan la difusión de la metodología con objeto de facilitar la participación de las empresas.

Características del participante

Ámbito COMUNITAT VALENCIANA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: COMUNITAT VALENCIANA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación
Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las empresas y organismos de investigación, con capacidad de proveer de soluciones tecnológicas a las administraciones, que vayan a presentarse a licitaciones de CPI de la Administración Pública, con sede social, establecimiento de producción o centro de desarrollo de actividad ubicado en la Comunitat Valenciana.
Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores
Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las entidades locales de la Comunitat Valenciana, admitiéndose a sus entidades dependientes, entendiéndose como tales aquellas organizaciones o entidades, con personalidad jurídica propia creadas bajo la dependencia o vinculación de las entidades locales para cumplir funciones y otras instituciones sin fin de lucro constituidas para la realización de fines de interés general, y consorcios. Estas entidades con capacidad de compra regulada por la Ley de Contratos del Sector Público y proclives a comprar servicios o productos con alto contenido innovador.
Los organismos de derecho público con sede en la Comunitat Valenciana que vayan a llevar a cabo procesos de compra pública de innovación y las entidades sin ánimo de lucro –públicas o privadas- con personalidad jurídica propia y sede en la Comunitat Valenciana, que en sus estatutos tengan entre sus fines prestar servicios de a...
Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación
Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las empresas y organismos de investigación, con capacidad de proveer de soluciones tecnológicas a las administraciones, que vayan a presentarse a licitaciones de CPI de la Administración Pública, con sede social, establecimiento de producción o centro de desarrollo de actividad ubicado en la Comunitat Valenciana.
Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores
Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las entidades locales de la Comunitat Valenciana, admitiéndose a sus entidades dependientes, entendiéndose como tales aquellas organizaciones o entidades, con personalidad jurídica propia creadas bajo la dependencia o vinculación de las entidades locales para cumplir funciones y otras instituciones sin fin de lucro constituidas para la realización de fines de interés general, y consorcios. Estas entidades con capacidad de compra regulada por la Ley de Contratos del Sector Público y proclives a comprar servicios o productos con alto contenido innovador.
Los organismos de derecho público con sede en la Comunitat Valenciana que vayan a llevar a cabo procesos de compra pública de innovación y las entidades sin ánimo de lucro –públicas o privadas- con personalidad jurídica propia y sede en la Comunitat Valenciana, que en sus estatutos tengan entre sus fines prestar servicios de asesoramiento en materia de innovación.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: Con carácter general para ambas líneas:
1. La entidad solicitante del proyecto deberá desarrollar la actividad aprobada conforme a lo previsto en la memoria presentada y en la resolución de concesión.
2. El contenido de los proyectos presentados deberá ser coherente con la actividad, fines y estrategia de la entidad solicitante.
3. Los proyectos deberán necesariamente enmarcarse en las prioridades de especialización identificadas en la Estrategia de especialización inteligente de la Comunitat Valenciana, que se puede consultar en https://cindi.gva.es/es/web/s3cv/que-es-la-s3cv
4. Los proyectos no deberán vulnerar en ningún caso el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión, convicciones, diversidad funcional, edad u orientación sexual, facilitando, o al menos no impidiendo, la accesibilidad para las personas con diversidad funcional.
5. En ningún caso se subvencionarán aquellos proyectos que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).
6. No se subvencionarán aquellos proyectos dirigidos a aumentar la eficiencia de los combustibles fósiles y tecnologías relacionadas, ni a incrementar la emisión de gases de efecto invernad...
Con carácter general para ambas líneas:
1. La entidad solicitante del proyecto deberá desarrollar la actividad aprobada conforme a lo previsto en la memoria presentada y en la resolución de concesión.
2. El contenido de los proyectos presentados deberá ser coherente con la actividad, fines y estrategia de la entidad solicitante.
3. Los proyectos deberán necesariamente enmarcarse en las prioridades de especialización identificadas en la Estrategia de especialización inteligente de la Comunitat Valenciana, que se puede consultar en https://cindi.gva.es/es/web/s3cv/que-es-la-s3cv
4. Los proyectos no deberán vulnerar en ningún caso el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión, convicciones, diversidad funcional, edad u orientación sexual, facilitando, o al menos no impidiendo, la accesibilidad para las personas con diversidad funcional.
5. En ningún caso se subvencionarán aquellos proyectos que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).
6. No se subvencionarán aquellos proyectos dirigidos a aumentar la eficiencia de los combustibles fósiles y tecnologías relacionadas, ni a incrementar la emisión de gases de efecto invernadero. Tampoco serán susceptibles de subvención aquellos proyectos que contribuyan a la promoción de combustibles fósiles. De manera que solo serán elegibles los proyectos que sean conformes con el principio de DNSH para todos los objetivos ambientales.
7. Periodo de ejecución. Los proyectos tendrán carácter plurianual, con la siguiente duración:
Línea 1: Deberán realizarse entre la fecha de presentación de la solicitud y el 31 de diciembre de 2026.
Línea 2: Deberán realizarse entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2027.
Requisitos Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación.
1. Los proyectos consistirán en la I+D+i requerida en una licitación pública y los costes necesarios para participar. Las entidades solicitantes deberán especificar el tipo y/o fases al que se presentan: diálogo competitivo, compra pública precomercial, compra pública de tecnología innovadora y/o asociación para la innovación.
2. El proyecto significará un nuevo desarrollo para la entidad solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad.
3. La ejecución de los proyectos de esta línea 1 deberá necesariamente plantearse con duración de dos anualidades hasta el ejercicio 2026 y el presupuesto del proyecto deberá tener una distribución por ejercicios que cumpla con la siguiente estructura de gasto:
el gasto previsto para la primera anualidad no deberá ser superior al 50% del total del presupuesto
Requisitos Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores.
1. Los proyectos deben consistir en acciones encaminadas a promover y facilitar el desarrollo de la compra pública de innovación, tanto desde el lado de la oferta, animando a las empresas a participar, como de la demanda, facilitando la incorporación de este tipo de compras en las licitaciones públicas de las entidades solicitantes.
2. En el caso de las entidades locales el resultado del proyecto deberá concretarse en la puesta en marcha de un procedimiento de Compra Pública innovadora o Compra Pública Precomercial o, en su caso, la creación y puesta en marcha de un equipo de CPI.
3. La ejecución de los proyectos de la línea 2 deberá necesariamente plantearse con duración de tres anualidades hasta el ejercicio 2027 y el presupuesto del proyecto deberá tener una distribución por ejercicios que cumpla con la siguiente estructura de gasto:
- el gasto previsto para la primera anualidad no deberá ser superior al 30% del total del presupuesto
- el gasto previsto para la segunda anualidad no deberá ser superior al 30% del total del presupuesto
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Otros Gastos.
Se incluyen costes adicionales como viajes, dietas, formación, y servicios externos necesarios para el proyecto, siempre que sean justificados y directamente relacionados con las actividades
Costes Indirectos.
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 6:. Se cuenta con prototipos piloto capaces de desarrollar todas las funciones necesarias dentro de un sistema determinado, habiendo superado pruebas de factibilidad en condiciones de operación o funcionamiento real. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:

Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación.
Las intensidades máximas de subvención, establecidas como porcentaje sobre los costes subvencionables, son las que se establecen en las bases reguladoras, y se resumen en la siguiente tabla y se resumen aquí:
- Grandes empresas: hasta el 50 de los gastos subvencionables en Investigación industrial y el 25 en desarrollo experimental.
- Medianas empresas: asta el 60 de los gastos subvencionables en Investigación industrial y el 35 en desarrollo experimental.
- Pequeñas empresas: asta el 70 de los gastos subvencionables en Investigación industrial y el 45 en desarrollo experimental.
Independientemente de la naturaleza del proyecto, los gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual en el caso de pymes podrán subvencionarse con una intensidad de subvención máxima del 50% de los costes subvencionables.
Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores.
La ayuda consistirá en una subvención del 100% de los costes considerados como subvencionables.
Las subvenciones concedidas a entidades locales no tendrán la consideración de ayudas estatales cuando se concedan para la ejecución de actividades no económicas.
PRESUPUESTO
En ambas líneas de actuación el importe máximo de subvención será 150.000 euros por anualidad.
Presupuesto Línea 1: 346.000 €
Presupuesto Línea 2: 872.000 €
Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación.
Las intensidades máximas de subvención, establecidas como porcentaje sobre los costes subvencionables, son las que se establecen en las bases reguladoras, y se resumen en la siguiente tabla y se resumen aquí:
- Grandes empresas: hasta el 50 de los gastos subvencionables en Investigación industrial y el 25 en desarrollo experimental.
- Medianas empresas: asta el 60 de los gastos subvencionables en Investigación industrial y el 35 en desarrollo experimental.
- Pequeñas empresas: asta el 70 de los gastos subvencionables en Investigación industrial y el 45 en desarrollo experimental.
Independientemente de la naturaleza del proyecto, los gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual en el caso de pymes podrán subvencionarse con una intensidad de subvención máxima del 50% de los costes subvencionables.
Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores.
La ayuda consistirá en una subvención del 100% de los costes considerados como subvencionables.
Las subvenciones concedidas a entidades locales no tendrán la consideración de ayudas estatales cuando se concedan para la ejecución de actividades no económicas.
PRESUPUESTO
En ambas líneas de actuación el importe máximo de subvención será 150.000 euros por anualidad.
Presupuesto Línea 1: 346.000 €
Presupuesto Línea 2: 872.000 €
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Muy Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Proyectos financiables en esta convocatoria.
* Este cálculo se ha realizado teniendo en cuenta un proyecto medio de 75.0K.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Será necesario presentar Declaración Responsable del cumplimiento de las condiciones específicas del principio DNSH (Do No Significant Harm) en las actividades financiadas, en todas las fases del diseño y ejecución del proyecto.
+ info

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info
CPI Innoavi Impulso a la compra pública innovadora 2025
Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación Se apoya el coste de I+D+i requerida en una licitac...
Abierta | Desde 16-06-2025 Hasta el 08-07-2025