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Abierta
Cadena de Valor Innoavi
Cadena de Valor Innoavi: Consolidación de la cadena de valor empresarial 2025
El objetivo de este programa es apoyar el desarrollo de proyectos de I+D+I que supongan aplicación de novedad en los productos o procesos, o bien en los sistemas de organización de los solicitantes, de manera que incidan o provoquen efecto en otras empresas de la cadena de valor, bien porque provoca que incorporen a su vez innovación en sus productos, mejoren sus sistemas organizativos, o incrementen su actividad económica en general.
Sólo fondo perdido 70%
Comunidad autónoma: COMUNITAT VALENCIANA
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 17-06-2025 hasta el 08-07-2025.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Serán subvencionables los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental encaminados a obtener nuevos productos o servicios o mejorar sustancialmente los existentes, o bien modificar sus procesos tanto organizativos como de producción o suministro.

Los proyectos deberán encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías: a) Investigación industrial b) Desarrollo experimental
Las entidades beneficiarias podrán plantear propuestas de manera individual o en cooperación con otras empresas.

En este último caso, bajo un objetivo común, cada una de las entidades asumirá de manera independiente una parte del proyecto, reflejada en su correspondiente solicitud individual y de la cual se responsabilizará, tanto de manera individual como ante el resto de participantes, de las obligaciones derivadas del desarrollo del proyecto y de su relación con la AVI. Por ello, en el caso de que alguna de las entidades participantes no obtuviera la condición de beneficiario o, habiéndola obtenido, la perdiera antes de la resolución de la convocatoria, el proyecto será denegado en su totalidad, extendiéndose la consecuencia al resto de partícipes. Esta... ver más

Serán subvencionables los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental encaminados a obtener nuevos productos o servicios o mejorar sustancialmente los existentes, o bien modificar sus procesos tanto organizativos como de producción o suministro.

Los proyectos deberán encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías: a) Investigación industrial b) Desarrollo experimental
Las entidades beneficiarias podrán plantear propuestas de manera individual o en cooperación con otras empresas.

En este último caso, bajo un objetivo común, cada una de las entidades asumirá de manera independiente una parte del proyecto, reflejada en su correspondiente solicitud individual y de la cual se responsabilizará, tanto de manera individual como ante el resto de participantes, de las obligaciones derivadas del desarrollo del proyecto y de su relación con la AVI. Por ello, en el caso de que alguna de las entidades participantes no obtuviera la condición de beneficiario o, habiéndola obtenido, la perdiera antes de la resolución de la convocatoria, el proyecto será denegado en su totalidad, extendiéndose la consecuencia al resto de partícipes. Esta cooperación deberá evidenciarse mediante un acuerdo firmado entre las partes, constituyendo así un consorcio a efectos del proyecto, que deberá reunir condiciones establecidas en la convocatoria y mantenerse a lo largo de la ejecución del mismo.
- Con arreglo a lo previsto en las bases reguladoras, así como en esta convocatoria, queda manifiesto que esta cooperación no se erige en la figura de la agrupación de personas jurídicas prevista en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la que existe una única entidad solicitante y beneficiaria, esa agrupación formalmente constituida, sino que deben ser solicitantes y serán beneficiarias cada una de las personas jurídicas de forma individualizada, con sujeción al cumplimiento de los requisitos establecidos, tanto en las bases reguladoras como en esta convocatoria. ver menos

Características del participante

Ámbito COMUNITAT VALENCIANA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: COMUNITAT VALENCIANA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Las empresas cuya sede social o centro de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana. Las empresas cuya sede social o centro de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana.
Condiciones Especiales: Cuidado: Las entidades beneficiarias podrán plantear propuestas de manera individual o en cooperación con otras empresas.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: Podrán considerarse dos tipos de proyectos:
1. Si se trata de proyectos individuales, responderán a dar solución a una necesidad del mercado o de una empresa en una cadena de valor, de manera que la consecución con éxito del proyecto tenga un alto grado de probabilidad de implantación real, bien porque satisface expectativas o demandas de empresas tractoras, porque se anticipa a normas o necesidades futuras con productos o servicios que no están suficientemente desarrollados en la actualidad, o en general, porque añade valor a la cadena de producto y relación entre clientes y proveedores.
2. El coste elegible del proyecto deberá ser como mínimo de 175.000 euros.
3. Si se trata de proyectos en cooperación, responderán al mismo propósito que los proyectos individuales participando varias empresas que se beneficiarán de la solución desarrollada, y que será financiada conjuntamente por los y las participantes.
4. El coste mínimo de los gastos subvencionables del proyecto en cooperación será de 500.000 euros. La participación de las diferentes entidades socias debe ser equilibrada, de modo que ninguna empresa participante contribuya con menos del 15 % ni supere el 70 % del presupuesto subvencionable del proyecto.
5- En el caso de que alguna de las entidades participantes no obtuviera la condición de beneficiario o, habiéndola obtenido, la perdiera antes de la resolución de la convocatoria, el proyecto será denegado en su totalidad, extendiéndose...
Podrán considerarse dos tipos de proyectos:
1. Si se trata de proyectos individuales, responderán a dar solución a una necesidad del mercado o de una empresa en una cadena de valor, de manera que la consecución con éxito del proyecto tenga un alto grado de probabilidad de implantación real, bien porque satisface expectativas o demandas de empresas tractoras, porque se anticipa a normas o necesidades futuras con productos o servicios que no están suficientemente desarrollados en la actualidad, o en general, porque añade valor a la cadena de producto y relación entre clientes y proveedores.
2. El coste elegible del proyecto deberá ser como mínimo de 175.000 euros.
3. Si se trata de proyectos en cooperación, responderán al mismo propósito que los proyectos individuales participando varias empresas que se beneficiarán de la solución desarrollada, y que será financiada conjuntamente por los y las participantes.
4. El coste mínimo de los gastos subvencionables del proyecto en cooperación será de 500.000 euros. La participación de las diferentes entidades socias debe ser equilibrada, de modo que ninguna empresa participante contribuya con menos del 15 % ni supere el 70 % del presupuesto subvencionable del proyecto.
5- En el caso de que alguna de las entidades participantes no obtuviera la condición de beneficiario o, habiéndola obtenido, la perdiera antes de la resolución de la convocatoria, el proyecto será denegado en su totalidad, extendiéndose la consecuencia al resto de partícipes.
Los proyectos en cooperación cumplirán con los siguientes requisitos:
1. Participarán como mínimo dos empresas diferentes no vinculadas entre sí.
2. Todas las entidades participantes deberán ser necesariamente solicitantes de subvención a esta actuación para el mismo proyecto.
3. La cooperación deberá evidenciarse mediante un acuerdo firmado entre las partes que deberá reunir las siguientes condiciones y mantenerse a lo largo de la ejecución del proyecto.
4. En el acuerdo escrito, o en la memoria de solicitud del proyecto, se detallarán como mínimo las actividades que acometerá cada una de las empresas participantes, el presupuesto de ejecución que asume cada una de ellas y la propiedad y derechos de uso de los resultados del proyecto.
5. A efectos de interlocución con la AVI, se considerará que esta tarea, así como la coordinación de las distintas empresas participantes, recae en la empresa que asuma mayor participación económica en el proyecto, salvo manifestación en otro sentido. Este liderazgo únicamente rige a efectos de erigirse en interlocutor con la AVI, pero sin más responsabilidades que el resto de entidades consorciadas, puesto que todas ellas son beneficiarias de la subvención de forma independiente e individualizada.
Con carácter general:
1. Tanto para proyectos individuales como en cooperación deberán contratarse los servicios de uno o varios centros tecnológicos u organismos de investigación que confieran al proyecto la suficiente relevancia científico-tecnológica.
2. Las propuestas individuales podrán ser presentadas tanto por pymes como por grandes empresas. Los proyectos en cooperación deberán contar con la participación obligatoria de, al menos, una PYME definida conforme al anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
3. En cualquier caso, el gasto máximo individual por solicitante en cada proyecto, durante todo el periodo de ejecución, deberá ser igual o inferior a quinientos mil (500.000) euros.
4. La ejecución de los proyectos deberá necesariamente plantearse con duración de tres anualidades y el presupuesto del proyecto deberá tener una distribución que cumpla la siguiente estructura de gasto:
- el gasto previsto para 2025 no deberá ser superior al 20% del total del presupuesto.
- el gasto previsto para 2026 no deberá ser superior al 30% del total del presupuesto.
5. Los proyectos deberán necesariamente enmarcarse en las prioridades de especialización identificadas en la Estrategia de especialización inteligente de la Comunitat Valenciana, que se puede consultar en https://cindi.gva.es/es/web/s3cv/que-es-la-s3cv
6. Así mismo, los proyectos no deberán vulnerar en ningún caso el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión, convicciones, diversidad funcional, edad u orientación sexual, facilitando, o al menos no impidiendo, la accesibilidad para las personas con diversidad funcional.
7. En ningún caso se subvencionarán aquellos proyectos que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).
- No se subvencionarán aquellos proyectos dirigidos a aumentar la eficiencia de los combustibles fósiles y tecnologías relacionadas, ni a incrementar la emisión de gases de efecto invernadero. Tampoco serán susceptibles de subvención aquellos proyectos que contribuyan a la promoción de combustibles fósiles. De manera que solo serán elegibles los proyectos que sean conformes con el principio de DNSH para todos los objetivos ambientales.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 6:. Se cuenta con prototipos piloto capaces de desarrollar todas las funciones necesarias dentro de un sistema determinado, habiendo superado pruebas de factibilidad en condiciones de operación o funcionamiento real. + info.
TRL esperado:
Obligatorio subcontratar: Cuidado: Para poder aplicar a esta línea es obligatorio subcontratar un Centro tecnológico.

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

Las intensidades de subvenciones, establecidas como porcentaje sobre los costes subvencionables, son las que se establecen, y se resumen aquí:
- Gran empresa 50 o 65%* en investigación industrial; 25 o 40%* en desarrollo experimental;
- Mediana empresa: 60 o75%* en investigación industrial; 35 o 50%* en desarrollo experimental;
- Pequeña empresa: 70 o 80%* en investigación industrial; 45 o 60%* en desarrollo experimental;
* Para llegar al porcentaje máximo de cada intervalo, que en ningún caso superará el 80%, se debe cumplir que el proyecto implique una colaboración efectiva entre empresas, al menos una de las cuales sea una PYME, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables.
Las intensidades de subvenciones, establecidas como porcentaje sobre los costes subvencionables, son las que se establecen, y se resumen aquí:
- Gran empresa 50 o 65%* en investigación industrial; 25 o 40%* en desarrollo experimental;
- Mediana empresa: 60 o75%* en investigación industrial; 35 o 50%* en desarrollo experimental;
- Pequeña empresa: 70 o 80%* en investigación industrial; 45 o 60%* en desarrollo experimental;
* Para llegar al porcentaje máximo de cada intervalo, que en ningún caso superará el 80%, se debe cumplir que el proyecto implique una colaboración efectiva entre empresas, al menos una de las cuales sea una PYME, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Muy Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Proyectos otorgados en la convocatoria pasada
Porcentaje de éxito en la convocatoria pasada.
* Este cálculo se ha realizado teniendo en cuenta un proyecto medio de 175.0K.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Será necesario presentar Declaración Responsable del cumplimiento de las condiciones específicas del principio DNSH (Do No Significant Harm) en las actividades financiadas, en todas las fases del diseño y ejecución del proyecto.
+ info

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info
Cadena de Valor Innoavi Consolidación de la cadena de valor empresarial 2025
Serán subvencionables los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental encaminados a obtener nuevos productos o servicios...
Abierta | Desde 17-06-2025 Hasta el 08-07-2025