Este apartado detalla las acciones y gastos que pueden ser subvencionados, dentro del periodo del 1 de junio de 2024 al 31 de mayo de 2025, siempre que estén bien justificados en la memoria. Para las empresas afectadas por la DANA 24, solo se cubrirán los gastos entre el 1 de junio y el 31 de octubre de 2024, ya que tienen una convocatoria específica para el resto del periodo.
Acciones subvencionables:
1. Participación en ferias internacionales
* Incluye gastos como alquiler de espacio, seguros, inscripción, suministros, marketing digital obligatorio, envío de muestras y diseño de stand (hasta 5.000 €).
* También se incluyen ferias virtuales (tarifas de participación).
2. Gastos de viaje y alojamiento:
* Para asistir a ferias, congresos, misiones comerciales, etc., fuera de España y promovidas por IVACE.
* Solo para personal con relación laboral con la empresa.
3. Acciones de marketing internacional:
* Publicidad en medios extranjeros y online (máximo 30.000 €).
* Material promocional físico o digital (máximo 30.000 €).
* No se subvencionan audiovisuales, packag...
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Este apartado detalla las acciones y gastos que pueden ser subvencionados, dentro del periodo del 1 de junio de 2024 al 31 de mayo de 2025, siempre que estén bien justificados en la memoria. Para las empresas afectadas por la DANA 24, solo se cubrirán los gastos entre el 1 de junio y el 31 de octubre de 2024, ya que tienen una convocatoria específica para el resto del periodo.
Acciones subvencionables:
1. Participación en ferias internacionales
* Incluye gastos como alquiler de espacio, seguros, inscripción, suministros, marketing digital obligatorio, envío de muestras y diseño de stand (hasta 5.000 €).
* También se incluyen ferias virtuales (tarifas de participación).
2. Gastos de viaje y alojamiento:
* Para asistir a ferias, congresos, misiones comerciales, etc., fuera de España y promovidas por IVACE.
* Solo para personal con relación laboral con la empresa.
3. Acciones de marketing internacional:
* Publicidad en medios extranjeros y online (máximo 30.000 €).
* Material promocional físico o digital (máximo 30.000 €).
* No se subvencionan audiovisuales, packaging, merchandising, personal propio, etc.
4. Registro y vigilancia de marcas, fuera de España (excepto tasas).
5. Certificaciones y homologaciones, necesarias para la comercialización internacional.
6. Contratación de personal cualificado, para ejecutar el plan internacional:
* Contrato a jornada completa, mínimo 12 meses, salario bruto ≥ 25.000 € anuales.
* Máximo 40.000 € por contratación.
* Aplican condiciones especiales si ya se obtuvo ayuda previa.
7. Otros servicios vinculados a la promoción internacional, incluyendo el informe justificativo de la subvención (hasta 600 €).
Condiciones generales:
* Las acciones deben estar debidamente justificadas y haber sido pagadas antes del fin del plazo de presentación.
* No se subvencionan viajes comerciales, gastos personales, ni acciones sin impacto internacional demostrable.
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