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Internacionalización de Pymes Expor...
Internacionalización de Pymes Exportadoras: Ayudas al Impulso a la internacionalización de pymes exportadoras de la Comunitat Valenciana 2025
Ayudas con el objeto de impulsar la internacionalización de las pymes exportadoras valencianas y la promoción de sus productos (bienes y/o servicios) en el exterior, así como contribuir a la realización de acciones promocionales que permitan incrementar y consolidar la presencia de estas en los mercados internacionales.
Sólo fondo perdido 70%
Comunidad autónoma: COMUNITAT VALENCIANA
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 06-06-2025 hasta el 31-07-2025.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Este apartado detalla las acciones y gastos que pueden ser subvencionados, dentro del periodo del 1 de junio de 2024 al 31 de mayo de 2025, siempre que estén bien justificados en la memoria. Para las empresas afectadas por la DANA 24, solo se cubrirán los gastos entre el 1 de junio y el 31 de octubre de 2024, ya que tienen una convocatoria específica para el resto del periodo.

Acciones subvencionables:
1. Participación en ferias internacionales
* Incluye gastos como alquiler de espacio, seguros, inscripción, suministros, marketing digital obligatorio, envío de muestras y diseño de stand (hasta 5.000 €).
* También se incluyen ferias virtuales (tarifas de participación).

2. Gastos de viaje y alojamiento:
* Para asistir a ferias, congresos, misiones comerciales, etc., fuera de España y promovidas por IVACE.
* Solo para personal con relación laboral con la empresa.

3. Acciones de marketing internacional:
* Publicidad en medios extranjeros y online (máximo 30.000 €).
* Material promocional físico o digital (máximo 30.000 €).
* No se subvencionan audiovisuales, packag... ver más

Este apartado detalla las acciones y gastos que pueden ser subvencionados, dentro del periodo del 1 de junio de 2024 al 31 de mayo de 2025, siempre que estén bien justificados en la memoria. Para las empresas afectadas por la DANA 24, solo se cubrirán los gastos entre el 1 de junio y el 31 de octubre de 2024, ya que tienen una convocatoria específica para el resto del periodo.

Acciones subvencionables:
1. Participación en ferias internacionales
* Incluye gastos como alquiler de espacio, seguros, inscripción, suministros, marketing digital obligatorio, envío de muestras y diseño de stand (hasta 5.000 €).
* También se incluyen ferias virtuales (tarifas de participación).

2. Gastos de viaje y alojamiento:
* Para asistir a ferias, congresos, misiones comerciales, etc., fuera de España y promovidas por IVACE.
* Solo para personal con relación laboral con la empresa.

3. Acciones de marketing internacional:
* Publicidad en medios extranjeros y online (máximo 30.000 €).
* Material promocional físico o digital (máximo 30.000 €).
* No se subvencionan audiovisuales, packaging, merchandising, personal propio, etc.

4. Registro y vigilancia de marcas, fuera de España (excepto tasas).

5. Certificaciones y homologaciones, necesarias para la comercialización internacional.

6. Contratación de personal cualificado, para ejecutar el plan internacional:
* Contrato a jornada completa, mínimo 12 meses, salario bruto ≥ 25.000 € anuales.
* Máximo 40.000 € por contratación.
* Aplican condiciones especiales si ya se obtuvo ayuda previa.

7. Otros servicios vinculados a la promoción internacional, incluyendo el informe justificativo de la subvención (hasta 600 €).

Condiciones generales:
* Las acciones deben estar debidamente justificadas y haber sido pagadas antes del fin del plazo de presentación.
* No se subvencionan viajes comerciales, gastos personales, ni acciones sin impacto internacional demostrable. ver menos

Características del participante

Ámbito COMUNITAT VALENCIANA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: COMUNITAT VALENCIANA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
1. Se beneficiarán de las ayudas las pequeñas y medianas empresas (pymes) y las agrupaciones de interés económico, todas ellas con personalidad jurídica propia y domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana que se especifiquen en cada apartado de esta resolución.
2. Las empresas afectadas por la DANA 24 solo podrán solicitar a través de esta convocatoria los gastos subvencionables desde el 1 de junio de 2024 al 31 de octubre de 2024, por tener una convocatoria específica para el resto del periodo subvencionable en esta convocatoria.
3. A los efectos de las ayudas reguladas en esta Resolución se entenderá por pymes aquellas empresas que reúnan los requisitos siguientes:
a) Que empleen a menos de 250 personas.
b) Que su volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o que su balance general anual no exceda de 43 millones de euros.
1. Se beneficiarán de las ayudas las pequeñas y medianas empresas (pymes) y las agrupaciones de interés económico, todas ellas con personalidad jurídica propia y domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana que se especifiquen en cada apartado de esta resolución.
2. Las empresas afectadas por la DANA 24 solo podrán solicitar a través de esta convocatoria los gastos subvencionables desde el 1 de junio de 2024 al 31 de octubre de 2024, por tener una convocatoria específica para el resto del periodo subvencionable en esta convocatoria.
3. A los efectos de las ayudas reguladas en esta Resolución se entenderá por pymes aquellas empresas que reúnan los requisitos siguientes:
a) Que empleen a menos de 250 personas.
b) Que su volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o que su balance general anual no exceda de 43 millones de euros.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: 1. Las empresas beneficiarias deberán contar con productos (bienes y/o servicios) propios.
2. Se excluyen expresamente las empresas que ofrecen servicios de distribución o intermediación, excepto en el caso de que formen parte de un grupo empresarial y se trate de productos propios fabricados por una de las empresas del grupo y así se declare en el formulario «modelo de declaración de la condición de pyme».
1. Las empresas beneficiarias deberán contar con productos (bienes y/o servicios) propios.
2. Se excluyen expresamente las empresas que ofrecen servicios de distribución o intermediación, excepto en el caso de que formen parte de un grupo empresarial y se trate de productos propios fabricados por una de las empresas del grupo y así se declare en el formulario «modelo de declaración de la condición de pyme».
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Otros Gastos.
Se incluyen costes adicionales como viajes, dietas, formación, y servicios externos necesarios para el proyecto, siempre que sean justificados y directamente relacionados con las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 9:. En esta fase la innovación está en su fase final y es operable en un sin número de condiciones operativas, está probada y disponible para su comercialización y/o producción disponible para la sociedad. Entrega de producto o tecnología para producción en serie y comercialización. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

Las ayudas previstas en esta resolución podrán alcanzar hasta el 70% del coste (IVA excluido), de las acciones solicitadas, correspondiente a los gastos que se especifican como subvencionables en esta resolución.
Se establece en 100.000,00 euros el presupuesto máximo elegible a solicitar por cada empresa. Este límite operará sobre el total de acciones solicitadas. Sobre el importe solicitado se calculará la cuantía de la subvención a conceder tal y como se indica a continuación, operando siempre el límite máximo del 70% de lo solicitado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.5 de la Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en materia de internacionalización, se establece el prorrateo entre los expedientes beneficiarios para determinar la cuantía de la subvención.
Este prorrateo o reparto proporcional del crédito se realizará de la siguiente forma:
– En proporción al esfuerzo económico realizado por la empresa, se asignará un 15% del presupuesto elegible solicitado.
– En proporción directa a la puntuación obtenida por el expediente, de acuerdo con la siguiente formula:
(crédito disponible-15% del total del presupuesto elegible solicitado) X (n.º puntos expediente) / (número total de puntos obtenido por los expedientes admitidos a trámite)
Actuando como límite el porcentaje máximo a financiar sobre el pre...
Las ayudas previstas en esta resolución podrán alcanzar hasta el 70% del coste (IVA excluido), de las acciones solicitadas, correspondiente a los gastos que se especifican como subvencionables en esta resolución.
Se establece en 100.000,00 euros el presupuesto máximo elegible a solicitar por cada empresa. Este límite operará sobre el total de acciones solicitadas. Sobre el importe solicitado se calculará la cuantía de la subvención a conceder tal y como se indica a continuación, operando siempre el límite máximo del 70% de lo solicitado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.5 de la Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en materia de internacionalización, se establece el prorrateo entre los expedientes beneficiarios para determinar la cuantía de la subvención.
Este prorrateo o reparto proporcional del crédito se realizará de la siguiente forma:
– En proporción al esfuerzo económico realizado por la empresa, se asignará un 15% del presupuesto elegible solicitado.
– En proporción directa a la puntuación obtenida por el expediente, de acuerdo con la siguiente formula:
(crédito disponible-15% del total del presupuesto elegible solicitado) X (n.º puntos expediente) / (número total de puntos obtenido por los expedientes admitidos a trámite)
Actuando como límite el porcentaje máximo a financiar sobre el presupuesto elegible señalado anteriormente, así como el importe solicitado. Los importes que excedan de estos límites se repartirán entre el resto de los expedientes admitidos aplicando esta misma fórmula.
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda no tiene efecto incentivador. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Proyectos financiables en esta convocatoria.
* Este cálculo se ha realizado teniendo en cuenta un proyecto medio de 35.5K.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.
Internacionalización de Pymes Exportadoras Ayudas al Impulso a la internacionalización de pymes exportadoras de la Comunitat Valenciana 2025
Este apartado detalla las acciones y gastos que pueden ser subvencionados, dentro del periodo del 1 de junio de 2024 al 31 de mayo de 2025,...
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