1. Tendrán consideración de actuaciones subvencionables las soluciones digitales innovadoras desarrolladas e implantadas en pymes con sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid en los sectores de Salud, Greentech y Aeroespacial.
2. En particular, en lo relativo al principio de no causar un daño significativo al medio ambiente (DNSH), las actuaciones subvencionables cumplirán con las siguientes especificaciones:
a) Los equipos tecnológicos adquiridos en el marco de esta actuación cumplirán con los requisitos relacionados con la energía establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC para servidores y almacenamiento de datos, o computadoras y servidores de computadoras o pantallas electrónicas.
b) Se activarán medidas para asegurar la compra de aquellos equipos energéticamente eficientes, que sean absolutamente respetuosos con el “Code of Conduct for ICT” de la Comisión Europea, y se tomarán medidas para que aumente la durabilidad, la posibilidad de reparación, de actualización y de reutilización de los productos, de los aparatos eléctricos y electrónicos implantados.
c) Los equipos cumplirán con los requisitos de eficiencia de materiales...
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1. Tendrán consideración de actuaciones subvencionables las soluciones digitales innovadoras desarrolladas e implantadas en pymes con sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid en los sectores de Salud, Greentech y Aeroespacial.
2. En particular, en lo relativo al principio de no causar un daño significativo al medio ambiente (DNSH), las actuaciones subvencionables cumplirán con las siguientes especificaciones:
a) Los equipos tecnológicos adquiridos en el marco de esta actuación cumplirán con los requisitos relacionados con la energía establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC para servidores y almacenamiento de datos, o computadoras y servidores de computadoras o pantallas electrónicas.
b) Se activarán medidas para asegurar la compra de aquellos equipos energéticamente eficientes, que sean absolutamente respetuosos con el “Code of Conduct for ICT” de la Comisión Europea, y se tomarán medidas para que aumente la durabilidad, la posibilidad de reparación, de actualización y de reutilización de los productos, de los aparatos eléctricos y electrónicos implantados.
c) Los equipos cumplirán con los requisitos de eficiencia de materiales establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC para servidores y almacenamiento de datos, o computadoras y servidores de computadoras o pantallas electrónicas. Los equipos utilizados no contendrán las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65/UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo.
d) Al final de su vida útil, los equipos se someterán a una preparación para operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado, incluida la eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo, de acuerdo con el anexo VII de la Directiva 2012/19/UE.
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1. Área Salud.
2. Área Greentech.
3. Área Aeroespacial.
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