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Abierta
Proyectos de I+D+i
Proyectos de I+D+i: Proyectos de I+D+i orientados al mercado La Rioja
Los proyectos podrán corresponder a alguna de las siguientes tipologías: 1. Proyectos de Investigación y Desarrollo (I+D). 2. Proyectos de Innovación Tecnológica en materia de procesos y organización (i)
Sólo fondo perdido 65%
Comunidad autónoma: LA RIOJA
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 28-06-2024 hasta el 13-12-2024.
Esta ayuda tiene otras 2 convocatoria(s) que puedes consultar.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

a) Las ayudas que se contemplan en la presente convocatoria tienen como finalidad incentivar:
- El desarrollo de proyectos de Investigación y Desarrollo para la adquisición de nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar significativamente los ya existentes. Se incluye el desarrollo de prototipos y proyectos piloto.
- El desarrollo de proyectos de Innovación Tecnológica en materia de procesos y organización, como
puedan ser entre otros, el desarrollo de nuevos métodos de producción, control, logística, y su digitalización e integración, o la mejora significativa de los mismos. A modo de ejemplo, los proyectos podrán proponer planes de modernización de plantas, nuevos diseños, nuevos componentes estratégicos, la incorporación de alta y media tecnología, la optimización e Integración de la cadena de suministro desde el proveedor hasta el cliente, y la inversión en activos tecnológicos mediante la compra de tecnología, incluidas las Tecnologías Claves Habilitadoras (KETs), licencias de patentes, o maquinaria de nueva generación.

b) Los proyectos individuales o coop... ver más

a) Las ayudas que se contemplan en la presente convocatoria tienen como finalidad incentivar:
- El desarrollo de proyectos de Investigación y Desarrollo para la adquisición de nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar significativamente los ya existentes. Se incluye el desarrollo de prototipos y proyectos piloto.
- El desarrollo de proyectos de Innovación Tecnológica en materia de procesos y organización, como
puedan ser entre otros, el desarrollo de nuevos métodos de producción, control, logística, y su digitalización e integración, o la mejora significativa de los mismos. A modo de ejemplo, los proyectos podrán proponer planes de modernización de plantas, nuevos diseños, nuevos componentes estratégicos, la incorporación de alta y media tecnología, la optimización e Integración de la cadena de suministro desde el proveedor hasta el cliente, y la inversión en activos tecnológicos mediante la compra de tecnología, incluidas las Tecnologías Claves Habilitadoras (KETs), licencias de patentes, o maquinaria de nueva generación.

b) Los proyectos individuales o cooperativos, podrán corresponder a alguna de las siguientes tipologías:
- “Proyectos de Investigación y Desarrollo (I+D)” Investigación Aplicada, correspondientes a Investigación Industrial, Desarrollo Experimental, e Investigación Aplicada, respectivamente.
- “Proyectos de Innovación Tecnológica en materia de procesos y/o organización (i)” ver menos

Características del participante

Ámbito LA RIOJA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: LA RIOJA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Empresas Micro, Pequeña, Mediana, Grande
Centros Tecnológicos
Universidades
Organismos públicos
Las empresas y organizaciones públicas y privadas que presten servicios a las empresas y/o tengan como actividad la investigación, el desarrollo y la innovación, así como las agrupaciones empresariales situadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Excluidas: Sociedades civiles (excepto SAT), Comunidades de Bienes, Sector de la producción agrícola primaria, salvo si transforman y/o comercializan al por mayor los productos agrícolas.

El beneficiario de la subvención deberá estar dado de alta en el Censo de Actividades Económicas en la Comunidad Autónoma de La Rioja, en un epígrafe correspondiente a alguna de las actividades subvencionadas, en el momento del cierre de la convocatoria.
Las empresas y organizaciones públicas y privadas que presten servicios a las empresas y/o tengan como actividad la investigación, el desarrollo y la innovación, así como las agrupaciones empresariales situadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Excluidas: Sociedades civiles (excepto SAT), Comunidades de Bienes, Sector de la producción agrícola primaria, salvo si transforman y/o comercializan al por mayor los productos agrícolas.
El beneficiario de la subvención deberá estar dado de alta en el Censo de Actividades Económicas en la Comunidad Autónoma de La Rioja, en un epígrafe correspondiente a alguna de las actividades subvencionadas, en el momento del cierre de la convocatoria.
Condiciones Especiales: Cuidado: Serán objeto de financiación con recursos provenientes del FEDER aquellos proyectos de Investigación Aplicada de esta convocatoria “Proyectos de investigación y desarrollo, I+D”, que cumplan con los dos siguientes criterios de selección de operaciones:
a) Que la inversión-gasto del proyecto subvencionable sea igual o superior a 200.000 euros.
b) Que exista alineamiento con las estrategias RIS3, debiendo cumplir al menos uno de los dos sub-criterios siguientes:
b.1) Que exista colaboración con Universidades, Organismos de Investigación, Centros Tecnológicos y/o de Innovación y Transferencia de Tecnología, y Clusters acreditados o Agrupaciones empresariales de innovación con entidad jurídica propia e inscritas en registro de agrupaciones; y/o
b.2) Que el desarrollo del proyecto esté vinculado a alguna de las siguientes actuaciones:
- Desarrollo de tecnologías habilitadoras (KET) relacionadas con la inteligencia artificial, la microelectrónica, la seguridad y conectividad, los materiales y manufactura avanzada, la Industria 4.0, y la biotecnología;
- Desarrollo de tecnologías y soluciones de digitalización avanzada para la inteligencia competitiva y de negocio;
- Desarrollo e incorporación de las nuevas tecnologías para una gestión y producción agroalimentaria más sostenible, eficiente, y una mayor conectividad en toda la cadena de valor;
- Desarrollo e incorporación de las nuevas tecnologías para una gestión y producción vinícola más sostenible y eficiente, una mayor conectividad en toda la cadena de valor, y una innovación en los modelos de negocio o explotación, incluida la actividad enoturística;
- Desarrollo e incorporación de las nuevas tecnologías para una gestión y producción de envases y embalajes más sostenible y eficiente, una mayor conectividad en toda la cadena de valor;
- Desarrollo de tecnologías y soluciones de manufactura y logística avanzada para la implantación y desarrollo de nuevos materiales, productos y procesos basados en la innovación y la digitalización en cadenas de valor industriales de los sectores calzado y fabricantes de componentes de automoción y aeronáutico;
- Conceptualización, desarrollo y comercialización de procesos, soluciones, productos y servicios que reduzcan el impacto medioambiental y la utilización de recursos por las empresas, incluido enfoques de economía circular;
- Desarrollo de tecnologías y soluciones de digitalización avanzada que permitan desarrollar e implantar servicios relacionados con el bienestar, la medicina personalizada, la movilidad sostenible e inteligente y los cuidados de los ciudadanos.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.
Normativa UE No 651/2014

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: - Se admitirá un máximo de dos solicitudes individuales por beneficiario. Cada solicitud incluirá solamente un único proyecto. No se tendrá en cuenta esta limitación en la coordinación o participación como socios en proyectos colectivos.
- No serán subvencionables los gastos e inversiones concertadas con personas o entidades vinculadas con el beneficiario.
- Sólo para los proyectos de Investigación y Desarrollo la Obligación de contabilidad separada de costes y/o gastos: Para todos los costes subvencionables de los previstos en los puntos 2.d) de la convocatoria (Proyectos de Investigación y Desarrollo I+D), los beneficiarios deberán mantener un sistema de contabilidad separada o una codificación contable adecuada de todas las transacciones realizadas con cargo al proyecto subvencionado. Esta obligación se realizará teniendo en cuenta las normas de contabilidad nacional, sin que en ningún caso, el término contabilidad separada exija llevar dos contabilidades distintas al beneficiario.
- Cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado Primero, punto 9 de la convocatoria, sobre medidas de lucha contra la morosidad, entre otros, en lo que se refiere a plazos de pago que establecen por Ley dichas medidas.
- La inversión mínima subvencionable será de 20.000 euros por proyecto.
- Quedan excluidas aquellas facturas cuyo coste elegible subvencionable sea inferior a 300 euros.
- El beneficiario deberá solicitar al menos tres oferta...
- Se admitirá un máximo de dos solicitudes individuales por beneficiario. Cada solicitud incluirá solamente un único proyecto. No se tendrá en cuenta esta limitación en la coordinación o participación como socios en proyectos colectivos.
- No serán subvencionables los gastos e inversiones concertadas con personas o entidades vinculadas con el beneficiario.
- Sólo para los proyectos de Investigación y Desarrollo la Obligación de contabilidad separada de costes y/o gastos: Para todos los costes subvencionables de los previstos en los puntos 2.d) de la convocatoria (Proyectos de Investigación y Desarrollo I+D), los beneficiarios deberán mantener un sistema de contabilidad separada o una codificación contable adecuada de todas las transacciones realizadas con cargo al proyecto subvencionado. Esta obligación se realizará teniendo en cuenta las normas de contabilidad nacional, sin que en ningún caso, el término contabilidad separada exija llevar dos contabilidades distintas al beneficiario.
- Cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado Primero, punto 9 de la convocatoria, sobre medidas de lucha contra la morosidad, entre otros, en lo que se refiere a plazos de pago que establecen por Ley dichas medidas.
- La inversión mínima subvencionable será de 20.000 euros por proyecto.
- Quedan excluidas aquellas facturas cuyo coste elegible subvencionable sea inferior a 300 euros.
- El beneficiario deberá solicitar al menos tres ofertas cuando el importe del gasto subvencionable sea igual o superior a 40.000 euros (IVA no incluido) en el caso de obras, o de 15.000 euros (IVA no incluido) en el caso de prestación de servicios o entrega de bienes, sin perjuicio de lo dispuesto en la orden reguladora en cuanto a la aplicación de módulos.
- Los beneficiarios deberán acreditar el pago de las inversiones incentivadas mediante medios verificables documentalmente (tales como transferencias bancarias, cheques nominativos, pagarés, recibos domiciliados en cuenta u otros), justificando que las facturas han sido pagadas en las condiciones siguientes: sólo será subvencionable el gasto efectivamente pagado antes de la finalización del plazo de justificación de la actuación subvencionable; se entenderá como gasto efectivamente pagado el efectuado a través de entidad financiera mediante cargo en la cuenta bancaria del beneficiario. No se admitirá el ingreso en metálico realizado en la cuenta del proveedor.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 6:. Representa un paso importante en demostrar la madurez de una tecnología. Se construye un prototipo de alta fidelidad que aborda adecuadamente las cuestiones críticas de escala, que opera en un entorno relevante, y que debe ser a su vez una buena representación del entorno operativo real. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
1. Proyectos de I+D
Para los gastos de realización de proyectos de investigación y desarrollo, I+D:
De forma general 20% desarrollo experimental y 45% investigación industrial.
A las que se añadirán las siguientes primas no acumulables entre ellas:
Prima 1 ó 3: Entre +15 ó 20% para pymes y entre +5 ó 10% para grandes empresas, cuando exista una colaboración con Universidades, Organismos de Investigación, Centros Tecnológicos o Clústers.
Prima 2: +5% cuando el proyecto tenga una inversión-gasto subvencionable igual o superior a 200.000 euros y esté vinculado a actuaciones vinculadas a la RIS3.
Para Universidades, Organismos de Investigación y Centros Tecnológicos o de Innovación y Transferencia de Tecnología, y Clúster, hasta el 40% para el desarrollo experimental, y hasta el 65% para la investigación industrial. Se podrá incrementar en +10% cuando los proyectos sean colectivos en cooperación con empresas de la CAR.
Para proyectos aprobados por CDTI, 15% Pequeñas Empresas, 10% Medianas Empresas y 5% Grandes Empresas.
Para proyectos que hayan recibido un distintivo de calidad “Sello de Excelencia Europa”, hasta el 40% para el desarrollo experimental, y hasta el 65% para la investigación industrial
2. Proyectos de innovación
Para los gastos de realización de proyectos de innovación en materia de procesos y organización:
De forma general 20% para Pymes y 15% para grandes empresas.
Para Universidades, Organismos de Invest...
1. Proyectos de I+D
Para los gastos de realización de proyectos de investigación y desarrollo, I+D:
De forma general 20% desarrollo experimental y 45% investigación industrial.
A las que se añadirán las siguientes primas no acumulables entre ellas:
Prima 1 ó 3: Entre +15 ó 20% para pymes y entre +5 ó 10% para grandes empresas, cuando exista una colaboración con Universidades, Organismos de Investigación, Centros Tecnológicos o Clústers.
Prima 2: +5% cuando el proyecto tenga una inversión-gasto subvencionable igual o superior a 200.000 euros y esté vinculado a actuaciones vinculadas a la RIS3.
Para Universidades, Organismos de Investigación y Centros Tecnológicos o de Innovación y Transferencia de Tecnología, y Clúster, hasta el 40% para el desarrollo experimental, y hasta el 65% para la investigación industrial. Se podrá incrementar en +10% cuando los proyectos sean colectivos en cooperación con empresas de la CAR.
Para proyectos aprobados por CDTI, 15% Pequeñas Empresas, 10% Medianas Empresas y 5% Grandes Empresas.
Para proyectos que hayan recibido un distintivo de calidad “Sello de Excelencia Europa”, hasta el 40% para el desarrollo experimental, y hasta el 65% para la investigación industrial
2. Proyectos de innovación
Para los gastos de realización de proyectos de innovación en materia de procesos y organización:
De forma general 20% para Pymes y 15% para grandes empresas.
Para Universidades, Organismos de Investigación, Centros Tecnológicos o de Innovación y Transferencia de Tecnología y Clústers, hasta el 45%.
Se limitan a 100.000 euros la inversión subvencionable en los nuevos activos necesarios para el desarrollo del proyecto de innovación.
En todo caso, la subvención máxima a aprobar por expediente, tanto de I+D como de Innovación, no superará los 400.000 euros en el caso de proyectos individuales, ni los 600.000 euros en el caso de los proyectos colectivos.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
No competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
La convocatoria a aumentado su presupuesto total con respecto a la convocatoria anterior en 3M €.
Proyectos financiables en esta convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info