Innovating Works

AEI

Abierta
TORRES QUEVEDO 2024
TORRES QUEVEDO 2024: Ayudas para contratos Torres Quevedo (PTQ) 2024
Ayudas de una duración de tres años a empresas, centros tecnológicos, centros de apoyo a la innovación tecnológica, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos para los que sea necesaria la contratación laboral de personas con el grado de doctor, a fin de favorecer la carrera profesional del personal investigador, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación.
Sólo fondo perdido 70%
Nacional
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 18-12-2024 hasta el 28-01-2025.
Esta ayuda tiene otras 4 convocatoria(s) que puedes consultar.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

La finalidad de estas ayudas es promover la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos en empresas, centros tecnológicos, centros de apoyo a la innovación tecnológica, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos, para los que sea necesaria la contratación laboral de personas con el grado de doctor, a fin de favorecer la carrera profesional del personal investigador, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación.

Características del participante

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Podrán ser solicitantes y beneficiarias de las ayudas las entidades que se recogen a continuación, que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España y que tengan capacidad de contratación laboral:
a) Las empresas, entre las que se incluyen las empresas «spin-off» y las JEI, conforme a las definiciones del artículo 5 de la convocatoria.
b) Los centros tecnológicos.
c) Los centros de apoyo a la innovación tecnológica.
d) Las asociaciones empresariales.
e) Los parques científicos y tecnológicos.
Podrán ser solicitantes y beneficiarias de las ayudas las entidades que se recogen a continuación, que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España y que tengan capacidad de contratación laboral:
a) Las empresas, entre las que se incluyen las empresas «spin-off» y las JEI, conforme a las definiciones del artículo 5 de la convocatoria.
b) Los centros tecnológicos.
c) Los centros de apoyo a la innovación tecnológica.
d) Las asociaciones empresariales.
e) Los parques científicos y tecnológicos.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: 1. Las personas propuestas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del grado de doctor en la fecha de presentación de la solicitud.
b) No haber estado vinculada laboralmente con la entidad con la que solicita una ayuda de esta actuación ni con ninguna otra relacionada accionarial o socialmente con la misma entre el 22 de febrero de 2023 y el 13 de febrero de 2024, ambos inclusive. En el caso de las empresas «spin-off» y las JEI, no será de aplicación este requisito si la vinculación laboral se ha mantenido con una institución de I+D pública o privada sin ánimo de lucro que participa en el accionariado o en el capital de la nueva empresa.
c) No contar con una participación en el capital de la entidad que solicita la ayuda o de otra relacionada accionarial o socialmente con la misma que suponga una capacidad de control efectivo, directo o indirecto, de la entidad.
d) No estar incluida como candidata en la solicitud de más de una entidad.

2. Se podrá solicitar una ayuda para personas ya contratadas por la entidad solicitante en el momento de presentar la solicitud a esta actuación, siempre que la contratación se haya realizado con posterioridad al 13 de febrero de 2024, fecha fin de presentación de solicitudes de la convocatoria 2023 de las ayudas Torres Quevedo.

3. Las ayudas tendrán una duración de tres años y la fecha de inicio de su cómputo estará comprendida dentro del plazo para la presentació...
1. Las personas propuestas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del grado de doctor en la fecha de presentación de la solicitud.
b) No haber estado vinculada laboralmente con la entidad con la que solicita una ayuda de esta actuación ni con ninguna otra relacionada accionarial o socialmente con la misma entre el 22 de febrero de 2023 y el 13 de febrero de 2024, ambos inclusive. En el caso de las empresas «spin-off» y las JEI, no será de aplicación este requisito si la vinculación laboral se ha mantenido con una institución de I+D pública o privada sin ánimo de lucro que participa en el accionariado o en el capital de la nueva empresa.
c) No contar con una participación en el capital de la entidad que solicita la ayuda o de otra relacionada accionarial o socialmente con la misma que suponga una capacidad de control efectivo, directo o indirecto, de la entidad.
d) No estar incluida como candidata en la solicitud de más de una entidad.
2. Se podrá solicitar una ayuda para personas ya contratadas por la entidad solicitante en el momento de presentar la solicitud a esta actuación, siempre que la contratación se haya realizado con posterioridad al 13 de febrero de 2024, fecha fin de presentación de solicitudes de la convocatoria 2023 de las ayudas Torres Quevedo.
3. Las ayudas tendrán una duración de tres años y la fecha de inicio de su cómputo estará comprendida dentro del plazo para la presentación de contratos.
a) Cuando la incorporación de la persona seleccionada al centro de trabajo se produzca con posterioridad a la fecha de publicación de la resolución de concesión, la fecha de inicio del cómputo de la ayuda será la fecha de incorporación de la persona a su centro de trabajo. La fecha de incorporación deberá estar comprendida dentro del plazo para la presentación de contratos.
b) En el caso de que la persona seleccionada ya estuviera contratada por la entidad con anterioridad a la fecha de publicación de la resolución de concesión, la fecha de inicio del cómputo de la ayuda será la fecha en la que el contrato tenga carácter indefinido. Dicha situación deberá producirse, como fecha máxima, en la fecha de finalización del plazo de presentación de contratos, indicado en el artículo 21.1. Si el contrato ya tuviera carácter indefinido en la fecha de publicación de la resolución de concesión, la fecha de inicio del cómputo de la ayuda será el día siguiente al de publicación de la resolución de concesión, siempre y cuando las condiciones de contratación cumplan lo establecido en la resolución de concesión.
En todo caso, e independientemente de la fecha de inicio del cómputo de la ayuda, los proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos a los que se va a dedicar la persona seleccionada no podrán comenzar, al menos, hasta el día siguiente al de presentación de la solicitud de la ayuda para garantizar el efecto incentivador de las ayudas.
4. Las ayudas deberán aplicarse para llevar a cabo actividades de I+D adicionales respecto de las que venga realizando la empresa, debiendo justificar en su solicitud la necesidad y el efecto de incentivación de la ayuda. Las personas que se contraten con cargo a estas ayudas deberán participar en la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o en estudios de viabilidad previos, ya sea de manera individual como dentro de un departamento de I+D o junto a otro personal de la entidad beneficiaria, siempre que se cumpla con lo dispuesto respecto al efecto incentivador.
5. Estas ayudas únicamente cofinanciarán los costes de contratación correspondientes a puestos de trabajo que estén ubicados en España, con independencia de la nacionalidad de las personas contratadas.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 5:. Los componentes se integran de forma que la configuración del sistema coincida con la aplicación final en casi todos los aspectos. Se prueba el rendimiento en un entorno operativo simulado. La diferencia principal con el TRL 4 es el aumento a una fidelidad media y la aplicación al entorno real. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste de contratación (la suma de la retribución dineraria bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social), del tipo de proyecto y del tipo de entidad, teniendo en cuenta que la intensidad de las ayudas no podrá superar los valores indicados. Las cuantías de las ayudas que se concedan para la segunda y tercera anualidad de contrato serán idénticas a la cuantía de la ayuda concedida para la primera, siempre que se mantengan las condiciones que han determinado dicha cantidad. En ningún caso la ayuda para la segunda y tercera anualidad podrá ser superior a la de la primera anualidad.
El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda por este concepto no podrá ser superior a 56.000 euros, sin perjuicio de que la retribución bruta que figure en el contrato pueda resultar en un gasto de contratación superior. Por otro lado, solo serán financiables aquellos costes de contratación que resulten de retribuciones brutas anuales iguales o superiores a 28.500 euros. Las ayudas se destinarán necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de las personas contratadas durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente.
Las intensidades brutas máximas de las ayudas, como porcentaje del coste de la actividad incentivada, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento general de exención por categorías, son las siguientes:
Proyectos de investigación indus...
La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste de contratación (la suma de la retribución dineraria bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social), del tipo de proyecto y del tipo de entidad, teniendo en cuenta que la intensidad de las ayudas no podrá superar los valores indicados. Las cuantías de las ayudas que se concedan para la segunda y tercera anualidad de contrato serán idénticas a la cuantía de la ayuda concedida para la primera, siempre que se mantengan las condiciones que han determinado dicha cantidad. En ningún caso la ayuda para la segunda y tercera anualidad podrá ser superior a la de la primera anualidad.
El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda por este concepto no podrá ser superior a 56.000 euros, sin perjuicio de que la retribución bruta que figure en el contrato pueda resultar en un gasto de contratación superior. Por otro lado, solo serán financiables aquellos costes de contratación que resulten de retribuciones brutas anuales iguales o superiores a 28.500 euros. Las ayudas se destinarán necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de las personas contratadas durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente.
Las intensidades brutas máximas de las ayudas, como porcentaje del coste de la actividad incentivada, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento general de exención por categorías, son las siguientes:
Proyectos de investigación industrial: Pequeña Empresa (70%) - Mediana Empresa (60%) - Grandes empresas; Centros tecnológicos; Centros de apoyo a la innovación; Asociaciones empresariales; Parques científicos y tecnológicos (50%)
Estudios de viabilidad: Pequeña Empresa (70%) - Mediana Empresa (60%) - Grandes empresas; Centros tecnológicos; Centros de apoyo a la innovación; Asociaciones empresariales; Parques científicos y tecnológicos (50%)
Proyectos de desarrollo experimental: Pequeña Empresa (45%) - Mediana Empresa (35%) - Grandes empresas; Centros tecnológicos; Centros de apoyo a la innovación; Asociaciones empresariales; Parques científicos y tecnológicos (25%)
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Muy Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Proyectos financiables en esta convocatoria.
* Este cálculo se ha realizado teniendo en cuenta un proyecto medio de 126.8K.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Sello PYME: Tramitar esta ayuda con éxito permite conseguir el sello de calidad de “sello pyme innovadora”. Que permite ciertas ventajas fiscales.
Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info
TORRES QUEVEDO 2024 Ayudas para contratos Torres Quevedo (PTQ) 2024
La finalidad de estas ayudas es promover la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de v...
¡nueva convocatoria abierta! | Desde 18-12-2024 Hasta el 28-01-2025
TORRES QUEVEDO 2023 Ayudas para contratos Torres Quevedo (PTQ) 2023
Ayudas de tres años de duración, cuya finalidad es la de promover la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo exp...
Cerrada hace 10 meses | Próxima convocatoria prevista para el mes de
TORRES QUEVEDO 2022 Ayudas para contratos Torres Quevedo (PTQ) 2022
El objetivo de la convocatoria es promover la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de...
Cerrada hace 1 año | Próxima convocatoria prevista para el mes de
TORRES QUEVEDO 2021 Ayudas Torres Quevedo 2021
El objetivo de la convocatoria es promover la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de...
Cerrada hace 2 años | Próxima convocatoria prevista para el mes de