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Inversiones Empresariales Alto Impacto : Subvenciones para inversiones empresariales catalanas de alto impacto ACCIO
Ayudas para la realización de proyectos de inversión realizados en Cataluña que se consideren de alto impacto. Se considerarán proyectos de alto impacto los proyectos de inversión, tanto de empresas ya establecidas en Cataluña como de empresas en proceso de establecerse.
Sólo fondo perdido 30%
Comunidad autónoma: CATALUÑA
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 27-03-2025 hasta el 06-05-2025.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Línea 1: Proyectos de inversión empresarial de alto impacto de creación de empleo. Se podrán subvencionar las siguientes acciones:

Acción 1.1: Proyectos de creación de empleo en centros de servicios en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones, entendidos, en el marco de este programa de ayudas, como centros de desarrollo de software, centros de análisis de datos (“Data analítics”) o centros de desarrollo de videojuegos. Sólo serán elegibles los proyectos de nuevos centros de servicios en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones y proyectos que impliquen el desarrollo de una nueva actividad claramente diferenciada de la actividad actual de un centro existente. En el caso de centros de desarrollo de videojuegos, el desarrollo de un nuevo videojuego se entenderá como una actividad claramente diferenciada de la actividad actual de un centro existente. En el caso de nuevos centros que requieran la creación de una nueva sociedad, se aceptarán aquellos centros legalmente constituidos a partir de 1 de enero de 2024.
Los proyectos se tendrán que llevar a cabo en municipios que no formen parte de las comarcas del Bar... ver más

Línea 1: Proyectos de inversión empresarial de alto impacto de creación de empleo. Se podrán subvencionar las siguientes acciones:

Acción 1.1: Proyectos de creación de empleo en centros de servicios en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones, entendidos, en el marco de este programa de ayudas, como centros de desarrollo de software, centros de análisis de datos (“Data analítics”) o centros de desarrollo de videojuegos. Sólo serán elegibles los proyectos de nuevos centros de servicios en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones y proyectos que impliquen el desarrollo de una nueva actividad claramente diferenciada de la actividad actual de un centro existente. En el caso de centros de desarrollo de videojuegos, el desarrollo de un nuevo videojuego se entenderá como una actividad claramente diferenciada de la actividad actual de un centro existente. En el caso de nuevos centros que requieran la creación de una nueva sociedad, se aceptarán aquellos centros legalmente constituidos a partir de 1 de enero de 2024.
Los proyectos se tendrán que llevar a cabo en municipios que no formen parte de las comarcas del Barcelonès, Baix Llobregat, Vallès Oriental y Vallès Occidental.
La creación mínima de puestos de trabajo será de 25.

Acción 1.2: Proyectos de creación de empleo en centros de decisión de ámbito supraregional, entendidos, en este caso, como centros que necesariamente tendrán que ir ligados a un centro de decisión empresarial establecido en Cataluña que tenga capacidad decisoria sobre las funciones y estrategia de un grupo empresarial a nivel supraregional.
La creación mínima de puestos de trabajo será de 15.

Acción 1.3: Proyectos de creación de empleo en proyectos industriales, entendidos como proyectos con actividades de producción de bienes mediante ensamblaje o transformación de materias primas o actividades de servicios en la industria. También serán elegibles los proyectos de centros logísticos de materias primas o componentes destinados a una actividad industrial productiva localizada en Cataluña o los proyectos de centros logísticos de productos terminados producidos en Cataluña por la empresa solicitante de la ayuda o por alguna empresa que forme parte del mismo grupo empresarial. Están explícitamente excluidos los centros logísticos de supermercados o grandes superficies y los centros logísticos dedicados al comercio electrónico.
La creación mínima de puestos de trabajo será de 15.

Acción 1.4: Proyectos estratégicos para la economía catalana intensivos en la creación de empleo.
La creación mínima de puestos de trabajo será de 100.

Acción 1.5: Proyectos de creación de empleo en centros de I+D+i, entendidos como centros o unidades o áreas diferenciadas de una empresa, dedicadas principalmente a actividades de investigación, desarrollo y/o innovación.
La creación mínima de puestos de trabajo será de 8.

Línea 2: Proyectos de inversión empresarial de alto impacto en activos fijos. Se podrán subvencionar las siguientes acciones:

Acción 2.1: Proyectos de inversión en activos fijos que incorporen una nueva actividad por la empresa en Cataluña o una ampliación de la capacidad productiva.
El gasto mínimo aceptado en activos fijos materiales e inmateriales será de 3.000.000 euros.
En el caso de proyectos de centros logísticos sólo serán elegibles los proyectos de centros logísticos de materias primas o componentes destinados a una actividad industrial productiva localizada en Cataluña o los proyectos de centros logísticos de productos terminados producidos en Cataluña por la empresa solicitante de la ayuda o alguna empresa que forme parte del mismo grupo empresarial. Están explícitamente excluidos los centros logísticos de supermercados o grandes superficies y los centros logísticos dedicados al comercio electrónico.

Acción 2.2: Proyectos de inversión en activos fijos en centros de I+D+i, entendidos como centros o unidades o áreas diferenciadas de una empresa, dedicadas principalmente a actividades de investigación, desarrollo y/o innovación.
El gasto mínimo aceptado en activos fijos materiales e inmateriales será de 500.000,00 euros.

Acción 2.3: Proyectos estratégicos para la economía catalana, que supongan la implantación de nuevas empresas en Cataluña o la apertura de nuevos emplazamientos de las empresas ya presentes. El gasto mínimo aceptado en activos fijos productivos será de 10.000.000,00 de euros y se requerirá la creación neta de al menos 30 puestos de trabajo directos. No serán elegibles los proyectos de centros logísticos o proyectos de centros de distribución. Los proyectos elegibles deben llevarse a cabo en alguno de los municipios incluidos en el mapa de ayudas de finalidad regional (ver anexo 2).

Acción 2.4: Proyectos estratégicos para la economía catalana llevados a cabo por pequeñas y medianas empresas, que supongan la implantación de nuevas empresas en Cataluña, la apertura de nuevos emplazamientos de las empresas ya presentes o una ampliación y/o diversificación de la actividad de emplazamientos ya existentes. El gasto mínimo aceptado en activos fijos productivos debe ser de 10.000.000,00 de euros y se requiere la creación neta de al menos 15 puestos de trabajo directos. No serán elegibles los proyectos de centros logísticos o proyectos de centros de distribución. ver menos

Características del participante

Ámbito CATALUÑA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: CATALUÑA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Empresas con establecimiento operativo en Cataluña o en proceso de establecerlo, que lleven a cabo proyectos (acciones 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5, 2.1, 2.2, 2.3 y 2.4) salvo las empresas con proyectos de comercio al por menor, de centros de atención telefónica o centros de contacto, del sector inmobiliario, de sacrificio de ganado, de conservación de carne, de elaboración de productos cárnicos y de producción primaria de productos agrícolas.
A los efectos de esta convocatoria se entiende como empresa toda entidad, cualquier que sea su forma jurídica, que esté legalmente constituida en el momento de presentación de la solicitud y que ejerza una actividad económica.
En el caso de proyectos de la acción 2.4 solo podrán ser beneficiarias las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) según la definición del anexo 1 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, modificado por el Reglamento (UE) n.º 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (Reglamento general de exención por categorías).
Empresas con establecimiento operativo en Cataluña o en proceso de establecerlo, que lleven a cabo proyectos (acciones 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5, 2.1, 2.2, 2.3 y 2.4) salvo las empresas con proyectos de comercio al por menor, de centros de atención telefónica o centros de contacto, del sector inmobiliario, de sacrificio de ganado, de conservación de carne, de elaboración de productos cárnicos y de producción primaria de productos agrícolas.
A los efectos de esta convocatoria se entiende como empresa toda entidad, cualquier que sea su forma jurídica, que esté legalmente constituida en el momento de presentación de la solicitud y que ejerza una actividad económica.
En el caso de proyectos de la acción 2.4 solo podrán ser beneficiarias las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) según la definición del anexo 1 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, modificado por el Reglamento (UE) n.º 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (Reglamento general de exención por categorías).
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: 1. El cálculo para determinar la creación de empleo (línea 1) será la diferencia entre la media de los puestos de trabajo de los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del proyecto y la ocupación en la fecha de finalización de este proyecto.
En caso de que la media resultante sea inferior a la cifra al inicio del proyecto, se tomará como cifra de referencia el número de trabajadores al inicio del proyecto.
En el caso de empresas con más de un centro de trabajo en Cataluña, la creación neta de puestos de trabajo se determinará teniendo en cuenta a todos estos centros. Sólo se podrá considerar dentro de la creación neta de empleo la contratación de personal transferido de otros centros del grupo establecidos en Cataluña siempre y cuando esta contratación se haya realizado dentro del período de ejecución del proyecto y cuando estos puestos de trabajo estén directamente vinculados al proyecto objeto de la ayuda.
A efectos de estas bases los puestos de trabajo se calcularán con unidades de trabajo anual (UTA), es decir, el número de puestos de trabajo a tiempo completo. En el caso de puestos de trabajo a tiempo parcial, se contabilizarán como fracciones de UTA.

2. En cuanto a los proyectos con gastos subvencionables de activos fijos (línea 2), será necesario tener en cuenta:
a) No se aceptará la adquisición de activos de segunda mano.
b) Para los proyectos de la acción 2.3 (proyectos estratégicos para la economía catalana) y de l...
1. El cálculo para determinar la creación de empleo (línea 1) será la diferencia entre la media de los puestos de trabajo de los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del proyecto y la ocupación en la fecha de finalización de este proyecto.
En caso de que la media resultante sea inferior a la cifra al inicio del proyecto, se tomará como cifra de referencia el número de trabajadores al inicio del proyecto.
En el caso de empresas con más de un centro de trabajo en Cataluña, la creación neta de puestos de trabajo se determinará teniendo en cuenta a todos estos centros. Sólo se podrá considerar dentro de la creación neta de empleo la contratación de personal transferido de otros centros del grupo establecidos en Cataluña siempre y cuando esta contratación se haya realizado dentro del período de ejecución del proyecto y cuando estos puestos de trabajo estén directamente vinculados al proyecto objeto de la ayuda.
A efectos de estas bases los puestos de trabajo se calcularán con unidades de trabajo anual (UTA), es decir, el número de puestos de trabajo a tiempo completo. En el caso de puestos de trabajo a tiempo parcial, se contabilizarán como fracciones de UTA.
2. En cuanto a los proyectos con gastos subvencionables de activos fijos (línea 2), será necesario tener en cuenta:
a) No se aceptará la adquisición de activos de segunda mano.
b) Para los proyectos de la acción 2.3 (proyectos estratégicos para la economía catalana) y de la acción 2.4 (proyectos estratégicos para la economía catalana llevados a cabo por pequeñas y medianas empresas) los activos fijos subvencionables serán explotados exclusivamente en el establecimiento de la beneficiaria de la ayuda, serán considerados elementos de activo amortizable y serán adquiridos. Este tercero no podrá estar vinculado con la beneficiaria de la ayuda según la definición de la base 4.7.
c) Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas para el contrato menor a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, la beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales n, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la concesión de la subvención.
No exime de la obligación de la solicitud de las 3 ofertas el contar con proveedores homologados, el hecho de que se trate de proveedores habituales o la proximidad del proveedor a la entidad solicitante.
En caso de que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, la empresa deberá aportar un certificado que motive las especiales características que comportan que no exista en el mercado suficiente número de entidades que realicen, presten o suministren el bien o servicio. Este certificado deberá estar emitido y firmado por una entidad externa especialista en la materia y no vinculada ni al beneficiario ni a los proveedores.
La elección entre las ofertas presentadas, que deben aportarse en la justificación, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiéndose justificar expresamente en una memoria la elección cuando ésta no recaiga en la propuesta más ventajosa.
d) La beneficiaria podrá subcontratar hasta un 80% de la actividad subvencionada previa aceptación expresa por parte de ACCIÓ. Esta subcontratación deberá cumplir las condiciones que se establecen en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276 de 18 de noviembre de 2003).
Adicionalmente, los proyectos deben cumplir los siguientes requisitos:
a) En el caso de proyectos de la acción 2.3 (proyectos estratégicos para la economía catalana) el beneficiario de las ayudas deberá aportar una contribución financiera de al menos el 25% de los costes subvencionables, bien a través de sus propios recursos o mediante financiación externa exenta de cualquier tipo de ayuda pública.
b) Los activos fijos subvencionables deberán incluirse en el activo de la empresa y permanecer en el establecimiento al menos durante 3 años desde la fecha de finalización del proyecto que conste en la resolución de concesión de la ayuda. En el caso de proyectos de la acción 2.3 (proyectos estratégicos para la economía catalana) este período será de 5 años.
c) Los nuevos puestos de trabajo creados subvencionados deben mantenerse durante un mínimo de 3 años desde la fecha de finalización del proyecto que conste en la resolución de concesión de la ayuda. En el caso de proyectos de la acción 2.3 (proyectos estratégicos para la economía catalana) y de la acción 2.4 (proyectos estratégicos para la economía catalana llevados a cabo por pequeñas y medianas empresas) los puestos de trabajo aprobados también se tendrán que mantener durante un mínimo de 3 años desde la fecha de finalización del proyecto que conste en la resolución.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 8:. Los sistemas están integrados, han sido probados en su forma final y bajo condiciones supuestas, habiendo alcanzado en muchos casos, el final del desarrollo del sistema. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

En función de la tipología de proyecto, la intensidad de la ayuda y el importe de ayuda máxima son los que se establecen a continuación:
Línea 1
Acción 1.1 - Intensidad (30%) - Importe Máximo Ayuda (200.000,00 euros)
Acción 1.2 - Intensidad (30%) - Importe Máximo Ayuda (300.000,00 euros)
Acción 1.3 - Intensidad (30%) - Importe Máximo Ayuda (300.000,00 euros)
Acción 1.4 - Intensidad (30-50%) - Importe Máximo Ayuda (500.000,00 euros) - Para centros de I+D+i de acuerdo con la definición establecida en la acción 1.5: 1.000.000,00 euros
Acción 1.5 - Intensidad (30%) - Importe Máximo Ayuda (300.000,00 euros)
Línea 2
Acción 2.1 - Intensidad (10%) - Importe Máximo Ayuda (300.000,00 euros)
Acción 2.2 - Intensidad (15%) - Importe Máximo Ayuda (300.000,00 euros)
Acción 2.3 - Intensidad (15%) - Importe Máximo Ayuda (500.000,00 - 1.500.000,00 euros)
Acción 2.4 - Intensidad (10%) - Importe Máximo Ayuda (1.000.000,00 - 1.500.000,00 euros)
Por las acciones 1.1, 1.2 y 1.3 y 1.5 se considera subvencionable el coste laboral de los primeros 6 meses del nuevo personal contratado. El coste laboral incluye el salario bruto y las cotizaciones sociales obligatorias en la Seguridad Social a cargo de la empresa.
Para la acción 1.4 se considera subvencionable:
- El coste laboral de los primeros 12 meses en el caso de contratación de trabajadores considerados desfavorecidos.
- El coste laboral de los 6 primeros meses del nuevo per...
En función de la tipología de proyecto, la intensidad de la ayuda y el importe de ayuda máxima son los que se establecen a continuación:
Línea 1
Acción 1.1 - Intensidad (30%) - Importe Máximo Ayuda (200.000,00 euros)
Acción 1.2 - Intensidad (30%) - Importe Máximo Ayuda (300.000,00 euros)
Acción 1.3 - Intensidad (30%) - Importe Máximo Ayuda (300.000,00 euros)
Acción 1.4 - Intensidad (30-50%) - Importe Máximo Ayuda (500.000,00 euros) - Para centros de I+D+i de acuerdo con la definición establecida en la acción 1.5: 1.000.000,00 euros
Acción 1.5 - Intensidad (30%) - Importe Máximo Ayuda (300.000,00 euros)
Línea 2
Acción 2.1 - Intensidad (10%) - Importe Máximo Ayuda (300.000,00 euros)
Acción 2.2 - Intensidad (15%) - Importe Máximo Ayuda (300.000,00 euros)
Acción 2.3 - Intensidad (15%) - Importe Máximo Ayuda (500.000,00 - 1.500.000,00 euros)
Acción 2.4 - Intensidad (10%) - Importe Máximo Ayuda (1.000.000,00 - 1.500.000,00 euros)
Por las acciones 1.1, 1.2 y 1.3 y 1.5 se considera subvencionable el coste laboral de los primeros 6 meses del nuevo personal contratado. El coste laboral incluye el salario bruto y las cotizaciones sociales obligatorias en la Seguridad Social a cargo de la empresa.
Para la acción 1.4 se considera subvencionable:
- El coste laboral de los primeros 12 meses en el caso de contratación de trabajadores considerados desfavorecidos.
- El coste laboral de los 6 primeros meses del nuevo personal contratado que no pueda considerarse trabajador desfavorecido.
El coste laboral incluye el salario bruto y las cotizaciones sociales obligatorias en la Seguridad Social a cargo de la empresa.
Para la línea de acción 2 se consideran subvencionables los siguientes gastos:
a) Activos materiales: maquinaria, equipamiento e instrumental de laboratorio e instalaciones de nueva adquisición directamente vinculadas al proceso productivo e inversiones que incorporen procesos con alto contenido tecnológico en los equipos ya existentes.
b) Activos inmateriales: Inversión en transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados y adquisición de software vinculado al proceso productivo.
Se excluyen como gastos subvencionables los gastos en activos inmobiliarios, obra civil, instalaciones asociadas a la obra civil y gastos de ingeniería.
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: El plazo de ejecución de los proyectos: Los proyectos tendrán que iniciarse a partir del 1 de enero del año de la convocatoria y finalizar como máximo tres años después de esta fecha. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.
Inversiones Empresariales Alto Impacto Subvenciones para inversiones empresariales catalanas de alto impacto ACCIO
Línea 1: Proyectos de inversión empresarial de alto impacto de creación de empleo. Se podrán subvencionar las siguientes acciones: Acción...
¡Nueva! | ¡nueva convocatoria abierta! | Desde 27-03-2025 Hasta el 06-05-2025