Línea 1: Proyectos de inversión empresarial de alto impacto de creación de empleo. Se podrán subvencionar las siguientes acciones:
Acción 1.1: Proyectos de creación de empleo en centros de servicios en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones, entendidos, en el marco de este programa de ayudas, como centros de desarrollo de software, centros de análisis de datos (“Data analítics”) o centros de desarrollo de videojuegos. Sólo serán elegibles los proyectos de nuevos centros de servicios en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones y proyectos que impliquen el desarrollo de una nueva actividad claramente diferenciada de la actividad actual de un centro existente. En el caso de centros de desarrollo de videojuegos, el desarrollo de un nuevo videojuego se entenderá como una actividad claramente diferenciada de la actividad actual de un centro existente. En el caso de nuevos centros que requieran la creación de una nueva sociedad, se aceptarán aquellos centros legalmente constituidos a partir de 1 de enero de 2024.
Los proyectos se tendrán que llevar a cabo en municipios que no formen parte de las comarcas del Bar...
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Línea 1: Proyectos de inversión empresarial de alto impacto de creación de empleo. Se podrán subvencionar las siguientes acciones:
Acción 1.1: Proyectos de creación de empleo en centros de servicios en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones, entendidos, en el marco de este programa de ayudas, como centros de desarrollo de software, centros de análisis de datos (“Data analítics”) o centros de desarrollo de videojuegos. Sólo serán elegibles los proyectos de nuevos centros de servicios en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones y proyectos que impliquen el desarrollo de una nueva actividad claramente diferenciada de la actividad actual de un centro existente. En el caso de centros de desarrollo de videojuegos, el desarrollo de un nuevo videojuego se entenderá como una actividad claramente diferenciada de la actividad actual de un centro existente. En el caso de nuevos centros que requieran la creación de una nueva sociedad, se aceptarán aquellos centros legalmente constituidos a partir de 1 de enero de 2024.
Los proyectos se tendrán que llevar a cabo en municipios que no formen parte de las comarcas del Barcelonès, Baix Llobregat, Vallès Oriental y Vallès Occidental.
La creación mínima de puestos de trabajo será de 25.
Acción 1.2: Proyectos de creación de empleo en centros de decisión de ámbito supraregional, entendidos, en este caso, como centros que necesariamente tendrán que ir ligados a un centro de decisión empresarial establecido en Cataluña que tenga capacidad decisoria sobre las funciones y estrategia de un grupo empresarial a nivel supraregional.
La creación mínima de puestos de trabajo será de 15.
Acción 1.3: Proyectos de creación de empleo en proyectos industriales, entendidos como proyectos con actividades de producción de bienes mediante ensamblaje o transformación de materias primas o actividades de servicios en la industria. También serán elegibles los proyectos de centros logísticos de materias primas o componentes destinados a una actividad industrial productiva localizada en Cataluña o los proyectos de centros logísticos de productos terminados producidos en Cataluña por la empresa solicitante de la ayuda o por alguna empresa que forme parte del mismo grupo empresarial. Están explícitamente excluidos los centros logísticos de supermercados o grandes superficies y los centros logísticos dedicados al comercio electrónico.
La creación mínima de puestos de trabajo será de 15.
Acción 1.4: Proyectos estratégicos para la economía catalana intensivos en la creación de empleo.
La creación mínima de puestos de trabajo será de 100.
Acción 1.5: Proyectos de creación de empleo en centros de I+D+i, entendidos como centros o unidades o áreas diferenciadas de una empresa, dedicadas principalmente a actividades de investigación, desarrollo y/o innovación.
La creación mínima de puestos de trabajo será de 8.
Línea 2: Proyectos de inversión empresarial de alto impacto en activos fijos. Se podrán subvencionar las siguientes acciones:
Acción 2.1: Proyectos de inversión en activos fijos que incorporen una nueva actividad por la empresa en Cataluña o una ampliación de la capacidad productiva.
El gasto mínimo aceptado en activos fijos materiales e inmateriales será de 3.000.000 euros.
En el caso de proyectos de centros logísticos sólo serán elegibles los proyectos de centros logísticos de materias primas o componentes destinados a una actividad industrial productiva localizada en Cataluña o los proyectos de centros logísticos de productos terminados producidos en Cataluña por la empresa solicitante de la ayuda o alguna empresa que forme parte del mismo grupo empresarial. Están explícitamente excluidos los centros logísticos de supermercados o grandes superficies y los centros logísticos dedicados al comercio electrónico.
Acción 2.2: Proyectos de inversión en activos fijos en centros de I+D+i, entendidos como centros o unidades o áreas diferenciadas de una empresa, dedicadas principalmente a actividades de investigación, desarrollo y/o innovación.
El gasto mínimo aceptado en activos fijos materiales e inmateriales será de 500.000,00 euros.
Acción 2.3: Proyectos estratégicos para la economía catalana, que supongan la implantación de nuevas empresas en Cataluña o la apertura de nuevos emplazamientos de las empresas ya presentes. El gasto mínimo aceptado en activos fijos productivos será de 10.000.000,00 de euros y se requerirá la creación neta de al menos 30 puestos de trabajo directos. No serán elegibles los proyectos de centros logísticos o proyectos de centros de distribución. Los proyectos elegibles deben llevarse a cabo en alguno de los municipios incluidos en el mapa de ayudas de finalidad regional (ver anexo 2).
Acción 2.4: Proyectos estratégicos para la economía catalana llevados a cabo por pequeñas y medianas empresas, que supongan la implantación de nuevas empresas en Cataluña, la apertura de nuevos emplazamientos de las empresas ya presentes o una ampliación y/o diversificación de la actividad de emplazamientos ya existentes. El gasto mínimo aceptado en activos fijos productivos debe ser de 10.000.000,00 de euros y se requiere la creación neta de al menos 15 puestos de trabajo directos. No serán elegibles los proyectos de centros logísticos o proyectos de centros de distribución.
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