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Proyectos de I+D
Proyectos de I+D: Salto tecnológico definitivo ACCIO
La ayudas de Proyectos de I+D empresarial, ámbito tecnológico son subvenciones de hasta 250.000 euros para apoyar proyectos de investigación y desarrollo con el objetivo de ayudar a las empresas a desarrollar nuevos productos, procesos o servicios de alto riesgo tecnológico.
Sólo fondo perdido 70%
Comunidad autónoma: CATALUÑA
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 16-04-2025 hasta el 22-05-2025.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Se consideran subvencionables los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental que permitan conseguir un progreso de la tecnología.
Se entiende por progreso tecnológico el avance de la tecnología hacia su estado del arte actual. Este estado del arte debe permitir identificar su estado de madurez y progreso previsto a raíz de la ejecución del proyecto de I+D. Se considera que habrá progreso tecnológico cuando el objetivo del proyecto establezca un avance de al menos un punto, respecto a los Technology Readiness levels (TRL) definidos por la Comisión Europea y comprendidos entre el TRL 3 y el TRL7.

Características del participante

Ámbito CATALUÑA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: CATALUÑA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:
a) Las empresas que tengan establecimiento operativo en Cataluña y al menos dos años de existencia a la fecha de la solicitud de la ayuda contados a partir de la fecha de constitución de la empresa. Se considerará fecha de constitución, la fecha de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil u otro registro anàlogo. A efectos de estas bases se entiende como empresa la entidad que esté constituida según alguna de las siguientes formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral y sociedad cooperativa.
b) Los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO y que participan en los proyectos cooperando con la empresa o las empresas.

Con base en lo que establece el Reglamento de minimis no se consideran beneficiarias de ayuda:
a) Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura;
b) Las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos de la pesca y acuicultura, cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o cantidad de productos adquiridos o comercializados;
c) Las empresas dedicadas a la producción primaria de los productos agrícolas;
d) Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas en los siguientes casos:
1. Cuando el importe de la ayuda se determine en funció...
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:
a) Las empresas que tengan establecimiento operativo en Cataluña y al menos dos años de existencia a la fecha de la solicitud de la ayuda contados a partir de la fecha de constitución de la empresa. Se considerará fecha de constitución, la fecha de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil u otro registro anàlogo. A efectos de estas bases se entiende como empresa la entidad que esté constituida según alguna de las siguientes formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral y sociedad cooperativa.
b) Los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO y que participan en los proyectos cooperando con la empresa o las empresas.
Con base en lo que establece el Reglamento de minimis no se consideran beneficiarias de ayuda:
a) Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura;
b) Las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos de la pesca y acuicultura, cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o cantidad de productos adquiridos o comercializados;
c) Las empresas dedicadas a la producción primaria de los productos agrícolas;
d) Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas en los siguientes casos:
1. Cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas;
2. Cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios.
Fecha constitución: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con fecha de constitución "anterior" al 04-05-2023.
Condiciones Especiales: Cuidado: Estas ayudas se dirigen a empresas de forma individual o en cooperación con otras empresas o agentes acreditados TECNIO.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: El gasto subvencionable aceptado del proyecto será, en función de la tipología del proyecto, la suma del gasto de las empresas particulares más el gasto de los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO participantes y tiene que ser como mínimo de 120.000,00 euros. En proyectos en cooperación, ninguno de los participantes en el proyecto podrá participar en más de un 70% del gasto subvencionable aceptado.
En ningún caso se concederá una ayuda de importe superior a 250.000,00 euros por proyecto.
El gasto subvencionable aceptado de los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO no podrá superar el 50 % del gasto subvencionable aceptado del proyecto.
En el caso de que en un mismo proyecto participen varios agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO, la ayuda que se les concederá no será superior a 100.000,00 euros en su totalidad.
El gasto mínimo, realizado y correctamente justificado, de la actividad objeto de la ayuda exigible para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la ayuda es de un 60 % del gasto subvencionable aprobado por resolución, sin tener en cuenta los gastos de auditoría.
En caso de que el gasto realizado y correctamente justificado sea inferior al 60 % del gasto subvencionable aceptado, será preceptivo el informe del órgano concedente que analice si se ha cumplido la finalidad pretendida.
El gasto subvencionable aceptado del proyecto será, en función de la tipología del proyecto, la suma del gasto de las empresas particulares más el gasto de los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO participantes y tiene que ser como mínimo de 120.000,00 euros. En proyectos en cooperación, ninguno de los participantes en el proyecto podrá participar en más de un 70% del gasto subvencionable aceptado.
En ningún caso se concederá una ayuda de importe superior a 250.000,00 euros por proyecto.
El gasto subvencionable aceptado de los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO no podrá superar el 50 % del gasto subvencionable aceptado del proyecto.
En el caso de que en un mismo proyecto participen varios agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO, la ayuda que se les concederá no será superior a 100.000,00 euros en su totalidad.
El gasto mínimo, realizado y correctamente justificado, de la actividad objeto de la ayuda exigible para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la ayuda es de un 60 % del gasto subvencionable aprobado por resolución, sin tener en cuenta los gastos de auditoría.
En caso de que el gasto realizado y correctamente justificado sea inferior al 60 % del gasto subvencionable aceptado, será preceptivo el informe del órgano concedente que analice si se ha cumplido la finalidad pretendida.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Costes Indirectos.
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 4:. Los componentes que integran determinado proyecto de innovación han sido identificados y se busca establecer si dichos componentes individuales cuentan con las capacidades para actuar de manera integrada, funcionando conjuntamente en un sistema. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

INTENSIDADES DE AYUDA:
Ayudas en forma de subvención acogidas al régimen de minimis.
Actividades de investigación industrial:
Pequeña Empresa(70%); Mediana Empresa (60%); Gran Empresa (50%); TECNIO (100%)
Actividades de desarrollo experimental:
Pequeña Empresa(45%); Mediana Empresa (35%); Gran Empresa (25%); TECNIO (100%)
PRESUPUESTOS:
Todos los proyectos deben tener un presupuesto mínimo de 120.000 euros y se podrán desarrollar durante un plazo máximo de 30 meses desde la fecha de solicitud.
Importe máximo de la ayuda por proyecto: 250.000 €
En su caso, la ayuda para agentes TECNIO será como máximo de 100.000 €
INTENSIDADES DE AYUDA:
Ayudas en forma de subvención acogidas al régimen de minimis.
Actividades de investigación industrial:
Pequeña Empresa(70%); Mediana Empresa (60%); Gran Empresa (50%); TECNIO (100%)
Actividades de desarrollo experimental:
Pequeña Empresa(45%); Mediana Empresa (35%); Gran Empresa (25%); TECNIO (100%)
PRESUPUESTOS:
Todos los proyectos deben tener un presupuesto mínimo de 120.000 euros y se podrán desarrollar durante un plazo máximo de 30 meses desde la fecha de solicitud.
Importe máximo de la ayuda por proyecto: 250.000 €
En su caso, la ayuda para agentes TECNIO será como máximo de 100.000 €
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Muy Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info
Proyectos de I+D Salto tecnológico definitivo ACCIO
Se consideran subvencionables los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental que permitan conseguir un progreso de la t...
¡Nueva Convocatoria Abierta! | Desde 16-04-2025 Hasta el 22-05-2025