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Proyectos de I+D Green: ACCIO Proyectos de I+D Green en Economía circular, ámbito de los residuos
La ayuda para Proyectos de I+D Empresarial en la Economía circular son una oportunidad para desarrollar nuevos proyectos de investigación y desarrollo relacionados con los residuos con el objetivo de iniciar nuevos procesos en la empresa o mejorar los existentes a partir de innovaciones tecnológicas.
Sólo fondo perdido 70%
Comunidad autónoma: CATALUÑA
Estos datos no son definitivos y pueden estar sujetos a cambios.
Convocatoria Cerrada, se espera que reabra en Mayo Esta línea abrirá próximamente, el inicio de convocatoria será en el próximo mes de Mayo.
Esta ayuda tiene 1 convocatoria(s) más que puedes consultar.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

1. Se considerarán objeto de subvención los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental en economía circular. Los proyectos deben estar relacionados con la prevención, la reducción de la generación de los residuos y la gestión correcta de estos, deben comportar nuevos procesos o la mejora tecnológica de los ya existentes y poder clasificarse en alguna de las categorías siguientes:
a) Proyectos de I+D en que el producto/servicio/tecnología podrá utilizarse en el proceso productivo del propio solicitante. Esta tipología de proyectos de I+D tendrá como objetivo implantar el resultado del proyecto en centros operativos propios de la beneficiaria.
b) Proyectos de I+D en que el producto/servicio/tecnología diseñado es para implantar a un tercero. Esta tipología de proyectos de I+D tendrá por objetivo diseñar una tecnología para implantar en otra entidad no participante en el proyecto.
Y, para ambas categorías, los proyectos de I+D deben tener como objetivos:
- Productos, materiales y recursos cuyo valor se mantenga durante el máximo tiempo posible dentro de la economía.
- Generar el mínimo de residuos posible.
- Caminar hacia... ver más

1. Se considerarán objeto de subvención los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental en economía circular. Los proyectos deben estar relacionados con la prevención, la reducción de la generación de los residuos y la gestión correcta de estos, deben comportar nuevos procesos o la mejora tecnológica de los ya existentes y poder clasificarse en alguna de las categorías siguientes:
a) Proyectos de I+D en que el producto/servicio/tecnología podrá utilizarse en el proceso productivo del propio solicitante. Esta tipología de proyectos de I+D tendrá como objetivo implantar el resultado del proyecto en centros operativos propios de la beneficiaria.
b) Proyectos de I+D en que el producto/servicio/tecnología diseñado es para implantar a un tercero. Esta tipología de proyectos de I+D tendrá por objetivo diseñar una tecnología para implantar en otra entidad no participante en el proyecto.
Y, para ambas categorías, los proyectos de I+D deben tener como objetivos:
- Productos, materiales y recursos cuyo valor se mantenga durante el máximo tiempo posible dentro de la economía.
- Generar el mínimo de residuos posible.
- Caminar hacia el objetivo de máxima eficiencia en el uso de recursos, reduciendo el consumo de materias primas y la generación de residuos en todo el ciclo de vida de los productos.
- Mejora de procesos de tratamiento de residuos para recuperar recursos o disminuir la cantidad de residuos que finalmente están destinados a depósito (mejora de procesos de tratamiento).

2. Los proyectos serán elegibles si los residuos objeto de la actuación, se encuentran en el ámbito de aplicación definido en el artículo 3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y solo contaminados por una economía circular. ver menos

Características del participante

Ámbito CATALUÑA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: CATALUÑA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:
a) Las empresas que tengan establecimiento operativo en Cataluña y al menos dos años de existencia a la fecha de la solicitud de la ayuda contados a partir de la fecha de constitución de la empresa. Se considerará fecha de constitución, la fecha de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil u otro registro anàlogo. A efectos de estas bases se entiende como empresa la entidad que esté constituida según alguna de las siguientes formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral y sociedad cooperativa.
b) Los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO y que participan en los proyectos cooperando con la empresa o las empresas.

Con base en lo que establece el Reglamento de minimis no se consideran beneficiarias de ayuda:
a) Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura;
b) Las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos de la pesca y acuicultura, cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o cantidad de productos adquiridos o comercializados;
c) Las empresas dedicadas a la producción primaria de los productos agrícolas;
d) Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas en los siguientes casos:
1. Cuando el importe de la ayuda se determine en funció...
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:
a) Las empresas que tengan establecimiento operativo en Cataluña y al menos dos años de existencia a la fecha de la solicitud de la ayuda contados a partir de la fecha de constitución de la empresa. Se considerará fecha de constitución, la fecha de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil u otro registro anàlogo. A efectos de estas bases se entiende como empresa la entidad que esté constituida según alguna de las siguientes formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral y sociedad cooperativa.
b) Los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO y que participan en los proyectos cooperando con la empresa o las empresas.
Con base en lo que establece el Reglamento de minimis no se consideran beneficiarias de ayuda:
a) Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura;
b) Las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos de la pesca y acuicultura, cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o cantidad de productos adquiridos o comercializados;
c) Las empresas dedicadas a la producción primaria de los productos agrícolas;
d) Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas en los siguientes casos:
1. Cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas;
2. Cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios.
Fecha constitución: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con fecha de constitución "anterior" al 18-04-2023.
Condiciones Especiales: Cuidado: Las ayudas se dirigen a empresas de forma individual o en cooperación con otras empresas o con agentes acreditados TECNIO.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: El gasto subvencionable aceptado del proyecto será, en función de la tipología del proyecto, la suma del gasto de las empresas particulares más el gasto de los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO participantes y tiene que ser como mínimo de 120.000,00 euros. En proyectos en cooperación, ninguno de los participantes en el proyecto podrá participar en más de un 70% del gasto subvencionable aceptado.
En ningún caso se concederá una ayuda de importe superior a 250.000,00 euros por proyecto.
El gasto subvencionable aceptado de los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO no podrá superar el 50 % del gasto subvencionable aceptado del proyecto.
En el caso de que en un mismo proyecto participen varios agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO, la ayuda que se les concederá no será superior a 100.000,00 euros en su totalidad.
El gasto mínimo, realizado y correctamente justificado, de la actividad objeto de la ayuda exigible para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la ayuda es de un 60 % del gasto subvencionable aprobado por resolución, sin tener en cuenta los gastos de auditoría.
En caso de que el gasto realizado y correctamente justificado sea inferior al 60 % del gasto subvencionable aceptado, será preceptivo el informe del órgano concedente que analice si se ha cumplido la finalidad pretendida.
El gasto subvencionable aceptado del proyecto será, en función de la tipología del proyecto, la suma del gasto de las empresas particulares más el gasto de los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO participantes y tiene que ser como mínimo de 120.000,00 euros. En proyectos en cooperación, ninguno de los participantes en el proyecto podrá participar en más de un 70% del gasto subvencionable aceptado.
En ningún caso se concederá una ayuda de importe superior a 250.000,00 euros por proyecto.
El gasto subvencionable aceptado de los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO no podrá superar el 50 % del gasto subvencionable aceptado del proyecto.
En el caso de que en un mismo proyecto participen varios agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO, la ayuda que se les concederá no será superior a 100.000,00 euros en su totalidad.
El gasto mínimo, realizado y correctamente justificado, de la actividad objeto de la ayuda exigible para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la ayuda es de un 60 % del gasto subvencionable aprobado por resolución, sin tener en cuenta los gastos de auditoría.
En caso de que el gasto realizado y correctamente justificado sea inferior al 60 % del gasto subvencionable aceptado, será preceptivo el informe del órgano concedente que analice si se ha cumplido la finalidad pretendida.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Costes Indirectos.
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 5:. Los elementos básicos de la innovación son integrados de manera que la configuración final es similar a su aplicación final, es decir que está listo para ser usado en la simulación de un entorno real. Se mejoran los modelos tanto técnicos como económicos del diseño inicial, se ha identificado adicionalmente aspectos de seguridad, limitaciones ambiéntales y/o regulatorios entre otros. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

Ayudas en forma de subvención acogidas al régimen de minimis.
Actividades de investigación industrial:
Pequeña Empresa(70%); Mediana Empresa (60%); Gran Empresa (50%); TECNIO (100%)
Actividades de desarrollo experimental:
Pequeña Empresa(45%); Mediana Empresa (35%); Gran Empresa (25%); TECNIO (100%)
Ayudas en forma de subvención acogidas al régimen de minimis.
Actividades de investigación industrial:
Pequeña Empresa(70%); Mediana Empresa (60%); Gran Empresa (50%); TECNIO (100%)
Actividades de desarrollo experimental:
Pequeña Empresa(45%); Mediana Empresa (35%); Gran Empresa (25%); TECNIO (100%)
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Muy Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
No conocemos el presupuesto total de la línea
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info
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