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Proyectos de I+D Green: ACCIO Proyectos de I+D Green en cambio climático
Las Ayudas para Proyectos de I+D en cambio climático tienen por objetivo ayudar a las empresas a realizar proyectos de I+D para solucionar y mejorar los efectos de la emergencia climática. La subvención máxima de esta línea será de hasta 250 000 euros para proyectos relacionados con la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero: el desarrollo de materiales sostenibles, mejoras del ciclo del agua, avanzar en las energías renovables o implantar iniciativas en movilidad sostenible, entre otros.
Sólo fondo perdido 70%
Comunidad autónoma: CATALUÑA
Estos datos no son definitivos y pueden estar sujetos a cambios.
Convocatoria Cerrada, se espera que reabra en May Esta línea abrirá próximamente, el inicio de convocatoria será en el próximo mes de May.
Esta ayuda tiene 1 convocatoria(s) más que puedes consultar.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental que comporten una mejora hacia el cambio climático para que la empresa pueda actuar con éxito en el ámbito de la reducción de emisiones de gases con efecto invernadero (GEI) o en el ámbito de la reducción de su vulnerabilidad en su entorno y cadena de valor. Los proyectos de esta línea de subvenciones han de tener por objetivo generar productos, procesos o servicios que estén alineados con la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (como el desarrollo de materiales sostenibles, las energías renovables y la movilidad sostenible), y la adaptación a los impactos del cambio climático y la reducción de la vulnerabilidad de los sistemas naturales y socioeconómicos (como la eficiencia en el uso del agua, el suelo y la energía, la mejora en la biodiversidad o la contribución a la resiliencia del territorio).

Presentados en alguna de las modalidades siguientes:
a) Subvenciones para proyectos de I+D Green - cambio climático, orientados a la mitigación del cambio climático o la adaptación a este para empresas catalanas de 250 personas trabajadoras o más.
b) Subvenciones para proyectos d... ver más

Proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental que comporten una mejora hacia el cambio climático para que la empresa pueda actuar con éxito en el ámbito de la reducción de emisiones de gases con efecto invernadero (GEI) o en el ámbito de la reducción de su vulnerabilidad en su entorno y cadena de valor. Los proyectos de esta línea de subvenciones han de tener por objetivo generar productos, procesos o servicios que estén alineados con la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (como el desarrollo de materiales sostenibles, las energías renovables y la movilidad sostenible), y la adaptación a los impactos del cambio climático y la reducción de la vulnerabilidad de los sistemas naturales y socioeconómicos (como la eficiencia en el uso del agua, el suelo y la energía, la mejora en la biodiversidad o la contribución a la resiliencia del territorio).

Presentados en alguna de las modalidades siguientes:
a) Subvenciones para proyectos de I+D Green - cambio climático, orientados a la mitigación del cambio climático o la adaptación a este para empresas catalanas de 250 personas trabajadoras o más.
b) Subvenciones para proyectos de I+D Green - cambio climático, orientados a la mitigación del cambio climático o la adaptación a este para empresas de menos de 250 personas trabajadoras.
A efectos de esta convocatoria, el número de personas trabajadoras se calculará en unidades de trabajo anual (UTA), es decir, el número de personas que trabajan en la empresa a tiempo completo durante el mes anterior al de la presentación de la solicitud. El trabajo de personas que no trabajen todo el año, o que trabajen a tiempo parcial, se contarán como fracciones de UTA ver menos

Características del participante

Ámbito CATALUÑA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: CATALUÑA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:
a) Las empresas que tengan establecimiento operativo en Cataluña y al menos dos años de existencia a la fecha de la solicitud de la ayuda contados a partir de la fecha de constitución de la empresa. Se considerará fecha de constitución, la fecha de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil u otro registro anàlogo. A efectos de estas bases se entiende como empresa la entidad que esté constituida según alguna de las siguientes formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral y sociedad cooperativa.
b) Los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO y que participan en los proyectos cooperando con la empresa o las empresas.

Con base en lo que establece el Reglamento de minimis no se consideran beneficiarias de ayuda:
a) Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura;
b) Las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos de la pesca y acuicultura, cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o cantidad de productos adquiridos o comercializados;
c) Las empresas dedicadas a la producción primaria de los productos agrícolas;
d) Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas en los siguientes casos:
1. Cuando el importe de la ayuda se determine en funció...
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:
a) Las empresas que tengan establecimiento operativo en Cataluña y al menos dos años de existencia a la fecha de la solicitud de la ayuda contados a partir de la fecha de constitución de la empresa. Se considerará fecha de constitución, la fecha de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil u otro registro anàlogo. A efectos de estas bases se entiende como empresa la entidad que esté constituida según alguna de las siguientes formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral y sociedad cooperativa.
b) Los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO y que participan en los proyectos cooperando con la empresa o las empresas.
Con base en lo que establece el Reglamento de minimis no se consideran beneficiarias de ayuda:
a) Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura;
b) Las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos de la pesca y acuicultura, cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o cantidad de productos adquiridos o comercializados;
c) Las empresas dedicadas a la producción primaria de los productos agrícolas;
d) Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas en los siguientes casos:
1. Cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas;
2. Cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios.
Fecha constitución: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con fecha de constitución "anterior" al 05-05-2023.
Condiciones Especiales: Cuidado: Las ayudas se dirigen a empresas de forma individual o en cooperación con otras empresas o con agentes acreditados TECNIO.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: El gasto subvencionable aceptado del proyecto será, en función de la tipología del proyecto, la suma del gasto de las empresas particulares más el gasto de los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO participantes y tiene que ser como mínimo de 120.000,00 euros. En proyectos en cooperación, ninguno de los participantes en el proyecto podrá participar en más de un 70% del gasto subvencionable aceptado.
En ningún caso se concederá una ayuda de importe superior a 250.000,00 euros por proyecto.
El gasto subvencionable aceptado de los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO no podrá superar el 50 % del gasto subvencionable aceptado del proyecto.
En el caso de que en un mismo proyecto participen varios agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO, la ayuda que se les concederá no será superior a 100.000,00 euros en su totalidad.
El gasto mínimo, realizado y correctamente justificado, de la actividad objeto de la ayuda exigible para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la ayuda es de un 60 % del gasto subvencionable aprobado por resolución, sin tener en cuenta los gastos de auditoría.
En caso de que el gasto realizado y correctamente justificado sea inferior al 60 % del gasto subvencionable aceptado, será preceptivo el informe del órgano concedente que analice si se ha cumplido la finalidad pretendida.
El gasto subvencionable aceptado del proyecto será, en función de la tipología del proyecto, la suma del gasto de las empresas particulares más el gasto de los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO participantes y tiene que ser como mínimo de 120.000,00 euros. En proyectos en cooperación, ninguno de los participantes en el proyecto podrá participar en más de un 70% del gasto subvencionable aceptado.
En ningún caso se concederá una ayuda de importe superior a 250.000,00 euros por proyecto.
El gasto subvencionable aceptado de los agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO no podrá superar el 50 % del gasto subvencionable aceptado del proyecto.
En el caso de que en un mismo proyecto participen varios agentes de transferencia de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO, la ayuda que se les concederá no será superior a 100.000,00 euros en su totalidad.
El gasto mínimo, realizado y correctamente justificado, de la actividad objeto de la ayuda exigible para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la ayuda es de un 60 % del gasto subvencionable aprobado por resolución, sin tener en cuenta los gastos de auditoría.
En caso de que el gasto realizado y correctamente justificado sea inferior al 60 % del gasto subvencionable aceptado, será preceptivo el informe del órgano concedente que analice si se ha cumplido la finalidad pretendida.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Costes Indirectos.
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 5:. Los elementos básicos de la innovación son integrados de manera que la configuración final es similar a su aplicación final, es decir que está listo para ser usado en la simulación de un entorno real. Se mejoran los modelos tanto técnicos como económicos del diseño inicial, se ha identificado adicionalmente aspectos de seguridad, limitaciones ambiéntales y/o regulatorios entre otros. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

Ayudas en forma de subvención acogidas al régimen de minimis.
Actividades de investigación industrial:
Pequeña Empresa(70%); Mediana Empresa (60%); Gran Empresa (50%); TECNIO (100%)
Actividades de desarrollo experimental:
Pequeña Empresa(45%); Mediana Empresa (35%); Gran Empresa (25%); TECNIO (100%)
Ayudas en forma de subvención acogidas al régimen de minimis.
Actividades de investigación industrial:
Pequeña Empresa(70%); Mediana Empresa (60%); Gran Empresa (50%); TECNIO (100%)
Actividades de desarrollo experimental:
Pequeña Empresa(45%); Mediana Empresa (35%); Gran Empresa (25%); TECNIO (100%)
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Muy Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
No conocemos el presupuesto total de la línea
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info
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