Descripción del proyecto
EL MARCO DE ESTUDIO DEL PROYECTO LO CONSTITUYEN DIFERENTES AMBITOS NORMATIVOS INCLUIDOS EN EL TITULO XVI DEL CODIGO PENAL, A SABER: LOS DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES Y EL MEDIO AMBIENTE, LAS INFRACCIONES RELATIVAS A LA PROTECCION DE LOS ANIMALES DOMESTICOS Y LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO HISTORICO, LAS REFERIDAS INFRACCIONES PRESENTAN TRES CARACTERISTICAS COMUNES: 1) SON DELITOS QUE COMPARTEN EL MISMO BIEN JURIDICO CATEGORIAL, 2) AUNQUE EN DISTINTA MEDIDA, SE DISCUTE LA OPORTUNIDAD, EFICACIA Y EFICIENCIA DE LA TUTELA PENAL, ASI COMO SU CONTRADICCION, EN ALGUNOS CASOS, CON EL PRINCIPIO DE INTERVENCION MINIMA; Y 3) PESE A LO ANTERIOR, HAN SIDO OBJETO DE IMPORTANTES MODIFICACIONES EN LA ULTIMA REFORMA DEL CODIGO PENAL SIN QUE CONSTE LA EXISTENCIA DE UNA PREVIA EVALUACION LEGISLATIVA DIRIGIDA A ANALIZAR LA EVENTUAL INSUFICIENCIA O INADECUACION DE LA LEGISLACION HASTA ENTONCES VIGENTE,EN ESE CONTEXTO, LOS OBJETIVOS ESPECIFICOS SON LOS SIGUIENTES: 1) EN PRIMER LUGAR, PROCEDE ENJUICIAR SI LAS REFERIDAS REFORMAS HAN SUPUESTO ALGUNA MEJORA REAL PARA AFRONTAR EFICAZMENTE LOS GRANDES RETOS MEDIOAMBIENTALES ANTE LOS QUE EL SISTEMA PENAL (SUSTANTIVO Y PROCESAL) SE HA VISTO, EN OCASIONES, DESBORDADO (PRESTIGE, DOÑANA, EXPOLIO DE YACIMIENTOS ARQUEOLOGICOS TERRESTRES Y SUBACUATICOS, ACTOS TERRORISTAS DE ANIQUILACION CULTURAL), EN SEGUNDO LUGAR, URGE PROPORCIONAR PAUTAS INTERPRETATIVAS EN RELACION CON NOVEDADES LEGISLATIVAS QUE VAN A SUSCITAR PROBLEMAS APLICATIVOS (V,G, CAUSALIDAD ACUMULATIVA, EQUIPARACION LESION Y PELIGRO,,,), EN TERCER LUGAR, ES PRECISO RETOMAR LA VIEJA CUESTION RELATIVA A LA CORRECTA ARTICULACION DE LA TUTELA PENAL CON LA QUE EN ESTAS MATERIAS DEPARA EL DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR POR CUANTO ESE HA SIDO UNO DE LOS PRESUPUESTOS METODOLOGICOS OBVIADOS EN LA REFORMA DE 2015 PESE A QUE GENERA, JUNTO A LA VULNERACION DEL PRINCIPIO DE NE BIS IN IDEM, DISFUNCIONALIDADES EN LA TUTELA DEL BIEN JURIDICO, POR ULTIMO, TOMANDO COMO BANCO DE PRUEBAS EL NUEVO MODELO DE PROTECCION DEL BIENESTAR ANIMAL, ABORDAREMOS LAS CRITICAS QUE, DESDE QUE SE INTRODUJESE EL ARTIICULO 347 BIS, SE VIENEN DIRIGIENDO AL LEGISLADOR PENAL DESDE LA PERSPECTIVA DE LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES PARA DISCERNIR CUALES DE ELLAS SON EXACTAS Y CUALES OTRAS CARECEN DE FUNDAMENTO, DERECHO PENAL\MEDIO AMBIENTE\RECURSOS NATURALES\BIENESTAR ANIMAL\PATRIMONIO HISTÓRICO\BIENES CULTURALES