Descripción del proyecto
EXISTEN TRES FACTORES QUE PROVOCARAN EN EL TIEMPO INMINENTE PROFUNDAS REFORMAS EN EL DERECHO INDUSTRIAL Y DE LA COMPETENCIA, ORIGINANDO ASI LA NECESIDAD DE UNA EXHAUSTIVA INVESTIGACION SOBRE EL PLANTEAMIENTO Y EL ALCANCE DE LAS REFORMAS Y MODIFICACIONES QUE HAYAN DE INTRODUCIRSE EN ESTE SECTOR DEL ORDENAMIENTO, ESTOS TRES FACTORES SON LA ACTUALIZACION, LA EUROPEIZACION Y LA ADAPTACION A LA NUEVA ECONOMIA,ASI, LA ACTUALIZACION DEL DERECHO DE PATENTES ES LA QUE JUSTIFICA LA APROBACION Y RECIENTE ENTRADA EN VIGOR DE UNA NUEVA LEY DE PATENTES, AUNQUE SON MUCHAS LAS MODIFICACIONES QUE ESTA LEY INTRODUCE, UNA DE ELLAS DESTACA POR ENCIMA DE TODAS: LA INTRODUCCION CON CARACTER OBLIGATORIO DEL EXAMEN PREVIO,POR OTRO LADO, LA PROGRESIVA EUROPEIZACION DEL DERECHO DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL HA PROVOCADO YA Y SEGUIRA GENERANDO EN EL FUTURO IMPORTANTES CAMBIOS EN ALGUNAS DE LAS MATERIAS OBJETO DE ESTUDIO EN ESTE SECTOR DEL ORDENAMIENTO, ASI, SE ENCUENTRA EN TRAMITACION EN ESTOS MOMENTOS LA FUTURA LEY DE PROTECCION DE SECRETOS EMPRESARIALES, A TRAVES DE ESTA LEY SE INCORPORARA AL ORDENAMIENTO INTERNO LA DIRECTIVA COMUNITARIA EN LA MATERIA, Y SE INTRODUCIRA POR PRIMERA VEZ EN EL DERECHO ESPAÑOL UN REGIMEN ESPECIFICO PARA LA TUTELA DE LOS SECRETOS EMPRESARIALESEL DERECHO COMUNITARIO EUROPEO, POR OTRA PARTE, HA INTRODUCIDO O PREVE INTRODUCIR TAMBIEN REFORMAS EN OTROS SECTORES QUE, EN UN FUTURO PROXIMO, TENDRAN SU REFLEJO EN EL ORDENAMIENTO INTERNO ESPAÑOL, EN EL DERECHO DE MARCAS, LA NUEVA DIRECTIVA Y REGLAMENTO EUROPEOS OBLIGARAN A UNA SUSTANCIAL MODIFICACION REFORMA DE LA LEY ESPAÑOLA, IGUALMENTE, LAS AUTORIDADES COMUNITARIAS HAN PLANTEADO RECIENTEMENTE UNA MODIFICACION DE LA DIRECTIVA DE PRACTICAS DESLEALES DE LAS EMPRESAS EN SUS RELACIONES CON LOS CONSUMIDORES, MODIFICACION QUE EN CASO DE PROSPERAR OBLIGARA A UNA REFORMA DE LA LEY ESPAÑOLA CONTRA LA COMPETENCIA DESLEAL, TAMBIEN EN EL AMBITO DE LA UNION EUROPEA, PERO DENTRO DE CAMPO DEL DERECHO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, ES DE DESTACAR QUE EN MARZO DE 2017 LA COMISION PUBLICO LA PROPUESTA DE DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO ENCAMINADA A FACULTAR A LAS AUTORIDADES DE COMPETENCIA DE LOS ESTADOS MIEMBROS PARA APLICAR LA NORMATIVA CON MAS EFICACIA Y GARANTIZAR EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO INTERIOR, CONOCIDA COMO DIRECTIVA ECN +, ESTA INICIATIVA LEGISLATIVA IMPLICARA UNA REFORMA EN PROFUNDIDAD, CUANTO MENOS, DEL REGIMEN SANCIONADOR DE LA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA ESPAÑOLA,JUNTO A LA ACTUALIZACION Y EUROPEIZACION DEL DERECHO DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, EXISTE UN TERCER FACTOR QUE MARCARA Y DETERMINARA LA EVOLUCION DE ESTE SECTOR DEL ORDENAMIENTO EN LOS PROXIMOS AÑOS: SU ADAPTACION A LOS RETOS DE LA NUEVA ECONOMIA, ASI, SIN DUDA HABRAN DE SER OBJETO DE ESTUDIO LAS IMPLICACIONES QUE -DESDE LA PERSPECTIVA DEL DERECHO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA- TIENEN LAS NUEVAS FORMULAS DE ECONOMIA COLABORATIVA ASI COMO LA CONFIGURACION DE NUEVOS MONOPOLIOS EN EL AMBITO DEL COMERCIO ELECTRONICO E INTERNET, Y EN EL AMBITO MAS ESPECIFICO DEL DERECHO DE LA PUBLICIDAD Y DE LA COMPETENCIA DESLEAL, LA GENERALIZACION DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS COMO PRINCIPAL MEDIO DE DIFUSION DE LA PUBLICIDAD OBLIGARA A UNA CIERTA RUPTURA DE LOS PRINCIPIOS Y REGLAS TRADICIONALES HASTA AHORA APLICABLES, DERECHO\COMPETENCIA\PUBLICIDAD\PROPIEDAD INDUSTRIAL\ACTUALIZACIÓN\EUROPEIZACIÓN\ADAPTACIÓN\NUEVA ECONOMÍA