Descripción del proyecto
COMO HIPOTESIS DE PARTIDA, SE CONSIDERA QUE EXISTE UN DEFICIT NORMATIVO TANTO EN LA UNION EUROPEA COMO EN ESPAÑA EN RELACION CON LA PROTECCION DEL CONSUMIDOR COMO PARTE VULNERABLE QUE CELEBRA CONTRATOS EN LINEA PARA EL SUMINISTRO DE CONTENIDOS Y SERVICIOS DIGITALES, EN PARTICULAR RESPECTO A CLAUSULAS ABUSIVAS. PARA ATAJAR ABUSOS EN EL MERCADO DIGITAL SE HACE PRECISO DISEÑAR UN REGIMEN TUITIVO AD HOC EN TRES MOMENTOS CLAVE DE LA DINAMICA CONTRACTUAL: EN EL MOMENTO DE FORMACION DEL CONSENTIMIENTO DEL CONTRATANTE A TRAVES DE UN ADECUADO TRATAMIENTO DE LA PUBLICIDAD DIGITAL PERSONALIZADA Y DE UN USO LEAL DE LAS POSIBLIDADES QUE OFRECE EL DISEÑO DE LAS INTERFACES DE LAS PAGINAS WEB; EN EL MOMENTO DE EMISION DE DICHO CONSENTIMIENTO TANTO AL CONTRATO ONLINE COMO A SUS CONDICIONES GENERALES; Y AL EVALUAR LA LICITUD DEL CONTENIDO CONTRACTUAL YA CELEBRADO, TRATANDO DE ACLARAR LOS FUNDAMENTOS JURIDICOS QUE PERMITIRIAN INVALIDAR DETERMINADAS CLAUSULAS ABUSIVAS EN ESTOS CONTRATOS SOBRE PRESTACION DE SERVICIOS DIGITALES. PARA ELLO SE PROPONEN 4 OBJETIVOS GENERALES:1) ANALISIS DE LAS PRACTICAS EXISTENTES EN LA ACTUALIDAD PARA RECABAR (EN INTERES DEL EMPRESARIO OFERENTE DE SERVICIOS DIGITALES) EL CONSENTIMIENTO DE CONSUMIDOR, CON ESPECIAL ATENCION A LA PUBLICIDAD COMPORTAMENTAL O PERSONALIZADA Y A LOS LLAMADOS DARK PATTERNS, ASI COMO OTRAS TECNICAS DE MANIPULACION DIGITAL Y USO INAPROPIADO DE LA TEORIA DE SEÑALES. UNA VEZ IDENTIFICADAS, CON UNA CLASIFICACION DE SU EFICACIA E IMPACTO, DICTAMINAR SU LEGALIDAD SEGUN EL DERECHO CONTRACTUAL GENERAL, EL DERECHO DE CONSUMO Y LAS PRACTICAS DESLEALES Y PROPONER CAMBIOS NORMATIVOS. ESPECIAL ATENCION MERECERA LA SEGMENTACION DE ESAS PRACTICAS EN RELACION CON GRUPOS DE PERSONAS CONSUMIDORAS VULNERABLES.2) EXAMEN CRITICO DE LA NORMATIVA SOBRE CLAUSULAS ABUSIVAS Y CONDICIONES GENERALES PARA ADAPTARLA A LA PRAXIS CONTRACTUAL VIGENTE SOBRE SUMINISTRO DE CONTENIDOS Y SERVICIOS DIGITALES. SE BUSCARA DE NUEVO DETECTAR CUALES SON ESAS POTENCIALES CLAUSULAS ABUSIVAS, SE CONTRASTARAN CON LOS FUNDAMENTOS LEGALES EXISTENTES CON USO DEL DERECHO COMPARADO Y SE PROPONDRA, EN CASO DE ENTENDERSE OPORTUNO PARA LA SEGURIDAD JURIDICA, SU PROHIBICION EXPRESA. PARA ELLO HARA UN EXAMEN TRANSVERSAL Y OTRO SECTORIAL RESPECTO A LAS ESTIPULACIONES SOBRE CELEBRACION DEL CONTRATO, RESOLUCION, VULNERACION DE DATOS PERSONALES Y PROPIEDAD INTELECTUAL, ETC. SE PRESTARA ATENCION TAMBIEN A LAS ACCIONES COLECTIVAS TRANSFORNTERIZAS DE CESACION DE ESTAS CLAUSULAS.3) ARTICULACION DE PROPUESTAS PARA MEJORAR LA TRANSPARENCIA EN LA CONTRATACION DE SERVICIOS DIGITALES, EN UN TRIPLE SENTIDO: 1) EVALUANDO LA POSIBILIDAD DE APLICAR EL CONTROL JURISPRUDENCIAL DE TRANSPARENCIA DE LAS CONDICIONES GENERALES (EX ART. 4.2 DIRECTIVA 93/13) A LOS CONTRATOS DE SUMINISTRO DE CONTENIDOS Y SERVICIOS DIGITALES, EN PARTICULAR EN RELACION CON CONTRATOS SIN CONTRAPRESTACION DINERARIA SINO EN DATOS PERSONALES; 2) EXPLORANDO LA PERTINENCIA DE TRASVASAR LOS PARAMETROS DE TRANSPARENCIA PROPIOS DE LA NORMATIVA DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES A LAS REGLAS SOBRE LA CONTRATACION EN LINEA DE SERVICIOS DIGITALES; 3) VALORANDO LOS NUEVOS REQUISITOS DE TRANSPARENCIA QUE SE INCLUYEN EN LAS NUEVAS PROPUESTAS NORMATIVAS EUROPEAS EN LA CONTRATACION DE SERVICIOS DIGITALES.4) ESTUDIO DE ASPECTOS NO ARMONIZADOS POR LA NORMATIVA EUROPEA DE PROTECCION DE CONSUMIDORES RESPECTO A LA FORMA DE CONTRATAR SERVICIOS DIGITALES Y AL CONTENIDO (ABUSIVO) DE ESTOS CONTRATOS. ERVICIOS DIGITALES\DATOS PERSONALES\PROPIEDAD INTELECTUAL\PLATAFORMAS\TRANSPARENCIA\CLAUSULAS ABUSIVAS\ONLINE MARKETING\CONTRATO\COMERCIO ELECTRONICO\DERECHOS DEL CONSUMIDOR