Descripción del proyecto
POR LEY 21/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, DE EVALUACION AMBIENTAL, SE INTRODUJO EN ESPAÑA LA POSIBILIDAD DE COMPENSAR IMPACTOS AMBIENTALES DE PROYECTOS CON EFECTOS ADVERSOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE DE CARACTER IRREVERSIBLE MEDIANTE LA ADQUISICION DE CREDITOS GENERADOS EN BANCOS DE CONSERVACION, SU CONTEXTO ES LA EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL, ESTOS BANCOS SON UNA FIGURA SOBRE LA QUE SE CUENTA CON UNA IMPORTANTE EXPERIENCIA APLICATIVA EN ORDENAMIENTOS COMO EL NORTEAMERICANO SU ORIGEN-, PERO TAMBIEN EN ORDENAMIENTOS EUROPEOS COMO EL ALEMAN, LA REGULACION DE RANGO LEGAL EXISTENTE EN ESPAÑA ES CLARAMENTE INSUFICIENTE, ESTANDO PENDIENTE UN DESARROLLO REGLAMENTARIO QUE DEBERA RESOLVER CUESTIONES ESENCIALES,NO SOLO SE PRETENDE LA OBTENCION DE RESULTADOS CIENTIFICOS (UN ESTUDIO DE DERECHO COMPARADO Y UNA CONCEPTUACION ADECUADA EN LA TEORIA GENERAL DEL DERECHO ADMINISTRATIVO), SINO PROPORCIONAR MATERIALES UTILES PARA EL DESARROLLO NORMATIVO Y LA IMPLANTACION EFECTIVA DE LA FIGURA, ESTA DEBE ESTUDIARSE A LA LUZ DE LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO AMBIENTAL DESDE UNA PERSPECTIVA DE NO NET LOOS O NO PERDIDA NETA DE BIODIVERSIDAD, DESARROLLANDO EL TEST DE PROPORCIONALIDAD COMO MECANISMO DE CONTROL DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA,ES IMPRESCINDIBLE EL ESTUDIO DE LAS EXPERIENCIAS EXISTENTES EN DERECHO COMPARADO, EL ELEMENTO COMUN ES UN INSTRUMENTO DE MERCADO PARA LA COMPENSACION DE DAÑOS AMBIENTALES, EN VIRTUD DEL CUAL UN OPERADOR REALIZA UNA ACTUACION QUE INCREMENTA EL VALOR ECOLOGICO DE UN TERRITORIO, HABITUALMENTE LA CREACION, RESTAURACION, MEJORA Y PRESERVACION DE UN TERRITORIO NATURAL, POSTERIORMENTE, ESTE VALOR SE TRADUCE EN UNIDADES TRANSMISIBLES QUE PUEDEN SER ADQUIRIDAS POR LOS LEGALMENTE OBLIGADOS A COMPENSAR LOS IMPACTOS DE UN DETERMINADO PROYECTO, PLAN O PROGRAMA,EN ESTE CAMPO EXISTE UN DOBLE DEBATE PUBLICO: SOBRE LA LEGITIMIDAD Y SOBRE LA UTILIDAD DEL INSTRUMENTO, LA INVESTIGACION PRETENDE CENTRARSE EN ESTE SEGUNDO, EXAMINANDO LOS ELEMENTOS DE UNA MAYOR O MENOR EFICIENCIA EN FUNCION DE LAS SOLUCIONES NORMATIVAS ADOPTADAS, PARA ELLO DEBEN IDENTIFICARSE TODOS LOS CONDICIONANTES TECNICOS E INTERESES PRESENCIA, PERMITIENDO UNA PONDERACION RACIONAL DE LOS MISMOS, NO OBSTANTE, LOS LOGROS EN ESTE CAMPO TAMBIEN PUEDEN CONTRIBUIR AL DEBATE SOBRE LA LEGITIMIDAD DE ESTE TIPO DE TECNICAS EN LA PROTECCION AMBIENTAL,LA EXPERIENCIA MUESTRA QUE LA COMPENSACION IN SITU DE LOS IMPACTOS DERIVADOS DE LA IMPLANTACION DE PROYECTOS PRODUCE EN OCASIONES HABITATS AISLADOS, DEGRADADOS Y DIFICILES DE GESTIONAR, SIENDO MAS ADECUADA EN TALES CASOS UNA COMPENSACION EX SITU BASADA EN UNA PERSPECTIVA FUNDAMENTALMENTE FUNCIONAL, EN ESTOS CASOS, LAS MEDIDAS COMPENSATORIAS DEBERIAN SEGUIR CRITERIOS DE EQUIVALENCIA ECOLOGICA Y SITUARSE DONDE SEAN MEJORES LAS POSIBILIDADES DE EXITO EN FUNCION DE LA DIVERSIDAD DE LOS HABITATS Y SU CONECTIVIDAD, LAS NECESIDADES ECOLOGICAS DE LAS DISTINTAS ESPECIES Y EL TIPO DE OCUPACION DE LOS TERRENOS CONTIGUOS, ESTOS NUEVOS ESPACIOS PUEDEN CUMPLIR MISIONES HOY EN DIA INSUFICIENTEMENTE IMPLEMENTADAS, COMO LA CONECTIVIDAD ECOLOGICA DE LOS ESPACIOS NATURALES DE ALTO VALOR ECOLOGICO, SIN EMBARGO, ES INNEGABLE QUE LA COMPENSACION EX SITU GENERA DESEQUILIBRIOS DE DIFICIL VALORACION, ESPECIALMENTE PERCEPTIBLES PARA LOS CIUDADANOS QUE RESIDEN EN EL ENTORNO CERCANO, POR ELLO ES PRECISO APORTAR ELEMENTOS DE PONDERACION JURIDICA, BANCOS DE CONSERVACIÓN\MEDIDAS DE COMPENSACIÓN AMBIENTAL\EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL