Objetivo tecnológico principal del proyecto


Temática
Proyectos: El objetivo de la línea es financiar Proyectos.

CUATRO SUBPROGRAMAS:

El primero de los subprogramas, dotado con 90 millones, se destina exclusivamente a organismos de investigación para la ampliación de las plataformas de ensayo existentes o la creación de nuevas infraestructuras de experimentación de tecnologías renovables marinas. El subprograma 2, con 60 millones, subvencionará proyectos de las mismas características, pero desarrollados por empresas, consorcios o agrupaciones empresariales. Se trata, en ambos supuestos, de incentivar la creación de infraestructuras destinadas al ensayo, la demostración y validación de prototipos, dispositivos innovadores o proyectos precomerciales de tecnologías renovables marinas en condiciones reales de operación dentro del dominio público marítimo-terrestre nacional y de las aguas de servicio portuarias españolas. Estas actuaciones implican tanto la puesta en marcha de nuevas infraestructuras de ensayos dentro o fuera de las infraestructuras portuarias, como la adaptación y/o refuerzo de infraestructuras existentes para ensayos renovables marinos.

El subprograma 3 dedicará 45 millones al desarrollo de demostradores tecnológicos, es decir, a los propios prototipos y soluciones tecnológicas vinculadas a energía eólica marina –tanto flotante como de cimentación fija–, energía de las olas, de las corrientes, solar fotovoltaica flotante e híbridos tecnológicos de las anteriores. Apoyará los proyectos de carácter innovador de los desarrolladores tecnológicos en el sector de las renovables marinas, para que puedan implantar y validar sus modelos experimentales en las plataformas de ensayo reforzadas o de nueva creación en las costas y aguas españolas.

La cuarta línea del Programa dispone de otros 45 millones para proyectos conjuntos de plataformas de ensayos y demostradores tecnológicos renovables marinos cuando ambos se desarrollen en una misma actuación y emplazamiento marino.

Temáticas del proyecto


Temática
Subprograma 1 y 2:

Podrán ser objeto de las ayudas para los subprogramas 1 y 2 los proyectos de inversión en “Plataformas de ensayo para renovables marinas por organismos de investigación” y en “Otras plataformas de ensayos para renovables marinas” de acuerdo con la siguiente definición incluida en el artículo 2 de las bases reguladoras: Son infraestructuras destinadas al ensayo, la demostración y validación de prototipos, dispositivos innovadores o proyectos precomerciales de tecnologías de eólica marina y de energías del mar en condiciones reales de operación dentro del dominio público marítimo-terrestre nacional y de las aguas de servicio portuarias españolas. Estas actuaciones implican tanto la creación de nuevas infraestructuras de ensayos dentro o fuera de las infraestructuras portuarias, como la adaptación y/o refuerzo de infraestructuras existentes para ensayos renovables marinos. Las plataformas de ensayos objeto de estos subprogramas de ayudas deberán encontrarse ubicadas en el dominio público marítimo–terrestre nacional español o en aguas de servicio portuarias españolas por un plazo superior a cinco (5) años y deberán estar conectadas a un nudo de distribución y/o transporte del sistema eléctrico español, en el caso de que la actuación lo requiera.

Estas plataformas podrán contener las correspondientes infraestructuras eléctricas de conexión y el cableado marino para facilitar que los futuros dispositivos de generación renovables marinos ensayen bajo protocolos del tipo “plug&play”, así como podrán incluir la construcción o adaptación de las instalaciones de las redes eléctricas internas, para facilitar el autoconsumo de la energía generada por los futuros prototipos.

Para este subprograma, las actuaciones podrán contemplar actuaciones que impliquen la creación o ampliación de la capacidad de ensayo simultáneo de demostradores tecnológicos renovables marinas en la plataforma superior al mínimo exigido en la convocatoria.

  • Se establece una inversión mínima por proyecto superior a 200.000 €. Dicha inversión se calculará sumando las partidas que cumplan con la consideración de costes elegibles de la actuación.

Temática
Subprograma 3:

Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos de inversión en “Demostradores tecnológicos renovables marinos”, de acuerdo con la siguiente definición, incluida en el artículo 2 de las bases reguladoras: Desarrollos experimentales de tecnologías renovables marinas asociadas al ensayo, demostración y validación de dispositivos innovadores de generación renovable en el entorno marino.

Formaría parte del subprograma 3 las actuaciones contenidas dentro del desarrollo y pruebas experimentales en fase de demostración y validación de prototipos de las siguientes tecnologías renovables marinas, cuando mantengan la operación de los activos asociados durante el tiempo comprometido en el plan de desarrollo tecnológico que acompañe la solicitud, que en ningún caso podrá ser un plazo inferior a los 24 meses, y con las siguientes tipologías tecnológicas:

  1. Dispositivos de tecnología flotante para aerogeneradores en entorno marino.
  2. Dispositivos de tecnología de cimentación fija para aerogeneradores en entorno marino.
  3. Dispositivos de captación de energía de las olas y/o corrientes.
  4. Desarrollo experimental solar fotovoltaico flotante.
  5. Dispositivos de tecnología híbrida entre eólica marina y/o energías del mar y/o solar fotovoltaica flotante.

Todas las actuaciones deberán llevarse a cabo en el dominio marítimo público-terrestre nacional o en aguas de servicio portuarias españolas. A tal efecto, para este subprograma se requerirá que cada actuación objeto de subvención esté acompañada de una declaración responsable, que se especificará en cada convocatoria. También serán actuaciones elegibles aquellos demostradores que vayan a ensayarse en condiciones aisladas de la red eléctrica, pudiendo incorporar otros sistemas de generación de energía distinta de la electricidad. Se establece las siguientes limitaciones por actuación para las tipologías tecnológicas de desarrollo experimental entre las contempladas para los subprogramas 3 y 4:

  • i) Dispositivos de tecnología flotante para aerogeneradores en entorno marino, hasta un máximo de tres (3) unidades.
  • ii) Dispositivos de tecnología de cimentación fija para aerogeneradores en entorno marino, hasta un máximo de tres (3) unidades.
  • iii) Dispositivos de captación de energía de las olas y/o corrientes hasta un máximo de diez (10) unidades.
  • iv) Desarrollo experimental solar fotovoltaico flotante, hasta un máximo de 10 MW. v) Dispositivos de tecnología híbrida entre eólica marina y/o otras energías del mar y/o solar fotovoltaica flotante, hasta un máximo de tres (3) unidades.

Esta convocatoria no establece ningún valor para las potencias instaladas máximas y/o mínimas de los demostradores tecnológicos renovables marinos para cada tipología de los subprogramas 3 y 4, con la excepción del máximo de potencia de 10 MW para el desarrollo experimental solar fotovoltaico flotante.

  • Se establece una inversión mínima por proyecto superior a 500.000 €. Dicha inversión se calculará sumando las partidas que cumplan con la consideración de costes elegibles de la actuación.

Temática
Subprograma 4:

Podrán ser objeto de las ayudas de este subprograma 4 los proyectos de inversión en “Proyectos conjuntos de plataformas de ensayos y demostradores tecnológicos renovables marinos”, de acuerdo con la siguiente definición en el artículo 2: Aquellas actuaciones asociadas a las definiciones de “plataformas de ensayos para renovables marinas” y “demostradores tecnológicos renovables marinos” cuando ambas se incluyan en una misma actuación y emplazamiento marino. Estas actuaciones pueden incluir la construcción, montaje y puesta en marcha del prototipo en la plataforma de ensayos, así como alguno o todos los elementos auxiliares necesarios para la creación, el refuerzo y/o adaptación de las infraestructuras para las actividades de demostración, ensayos y validación, cuando la ocupación del espacio marino por la plataforma de ensayos tenga lugar por un plazo superior a cinco (5) años y con las siguientes tipologías tecnológicas:

  • Proyectos Conjuntos de plataforma de ensayos y dispositivos de tecnología flotante para aerogeneradores en entorno marino.
  • Proyectos Conjuntos de plataforma de ensayos y dispositivos de tecnología de cimentación fija para aerogeneradores en entorno marino.
  • Proyectos Conjuntos de plataforma de ensayos y dispositivos de captación de energía de las olas y/o corrientes.
  • Proyectos Conjuntos de plataforma de ensayos y desarrollo experimental solar fotovoltaico flotante.
  • Proyectos Conjuntos de plataforma de ensayos y dispositivos de tecnología híbrida entre eólica marina y/o energías del mar y/o solar fotovoltaica flotante.

Todas las actuaciones deberán llevarse a cabo en el dominio marítimo público-terrestre nacional o en aguas de servicio portuarias españolas y las plataformas estar conectadas a un nudo de distribución y/o transporte del sistema eléctrico español, en el caso de que la actuación lo requiera, o podrán incluir la construcción o adaptación de las instalaciones de las redes eléctricas internas, para facilitar el autoconsumo de la energía generada por los futuros prototipos.

Para este subprograma, las actuaciones podrán contemplar actuaciones que impliquen la creación o ampliación de la capacidad de ensayo simultáneo de demostradores tecnológicos renovables marinas en la plataforma superior al mínimo exigido en la convocatoria.

Cada demostrador tecnológico perteneciente a este subprograma incluido en la solicitud de ayudas deberá venir acompañado de un compromiso específico de implantación por parte del titular de la plataforma de ensayo que se presenta en la solicitud.

Durante todo el ciclo de vida de las instalaciones asociadas a las actuaciones a las que se les conceda la ayuda en los cuatro subprogramas, los beneficiarios deberán evaluar la disponibilidad y, cuando sea factible, utilizar equipos y componentes de alta durabilidad y reciclabilidad. Sin perjuicio de otros criterios de sostenibilidad adicionales que se establezcan en las correspondientes convocatorias.

  • Se establece una inversión mínima por proyecto superior a 500.000 €. Dicha inversión se calculará sumando las partidas que cumplan con la consideración de costes elegibles de la actuación.