Andalucia Sobrecoste Energetico 2022: Ayudas a Pymes y Autónomos para compensar el sobrecoste energético en 2022

Sólo fondo perdido | FEDER

La Junta de Andalucía pone en marcha un nuevo paquete de ayudas directas para las pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras autónomas que se hayan visto especialmente afectadas por el incremento de precios de la energía provocado el pasado año por el impacto de la guerra en Ucrania. Su dotación es de 525 millones de euros procedentes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) del marco 2014-2020.


Convocatoria
Convocatoria cerrada: No se esperan futuras convocatorias de esta línea.

Áreas

Cerrada
Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 30-09-2023.

Presentación
Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual. + info
Puedes aplicar a ella en el siguiente link.

Objetivo
Empresas: El objetivo de la línea es financiar Empresas.

Pymes y Autónomos, que hayan subido el incremento en al factura energética de su negocio durante 2022

Se entenderá como “especialmente afectados” aquellas pymes y autónomos cuya facturación anual en electricidad con respecto a su cifra de negocios, para el ejercicio 2022, sea igual o superior a un porcentaje que se ha fijado en función de los diferentes sectores de actividad. La tabla de CNAES y porcentajes está recogida en el Anexo I del Decreto Ley.

Características del participante

Ambito
Comunidad autónoma: Puede aplicar a esta linea sólo las empresas con sede en: ANDALUCÍA.

Categorias
La tramitación de esta ayuda sólo permite: Empresas. con las siguientes categorías: Micro, Pequeña, Mediana.

CNAE
No podrán tramitar esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 8430, 8425, 8424, 8423, 8422, 8421, 8413, 8412, 8411, 6820, 6530, 6520, 6512, 6511, 6499, 6492, 6491, 6430, 6420, 6419, 6411, 4799, 4726, 4639, 4635, 4621, 4617, 4222, 3523, 3522, 3521, 352, 3519, 3518, 3517, 3516, 3515, 3514, 3513, 3512, 351, 3320, 3312, 2893, 2660, 2540, 2530, 2446, 19, 12, 03, 02.... ver más

C. Especiales
Condiciones especiales Podrán ser beneficiarias de la subvención las pymes y personas trabajadoras autónomas con actividad económica en Andalucía y que tengan la condición de “especialmente afectadas por el incremento de los costes energéticos”.
Características del personal a contratar

Requisitos
Presupuesto: mínimo 300.0 hasta 2.0M.

Requisitos
Entre otros requisitos para acceder a estas ayudas, destaca la obligatoriedad de que la pyme o autónomo desarrolle su actividad económica en establecimientos ubicados en Andalucía, que sean titulares de contratos de gas natural y/o electricidad con empresas comercializadoras que operen en Andalucía y dispongan, al menos, de un punto de suministro (CUPS) en territorio andaluz. se ha debido realizar durante el ejercicio 2021, al menos, una de las actividades económicas previstas en los códigos de la CNAE detallados en el Anexo I del Decreto-Ley, y mantenerla en el ejercicio 2022.

Tecnología
La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el plan de empresa de TRL 9:. La tecnología está en su forma final y funciona bajo una amplia gama de condiciones.+ info
Características de la financiación

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Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info


Fondo perdido

Cubrir los costes adicionales, provocados por la subida de los precios del gas y la electricidad desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2022, con pagos directos de entre 300 euros a 2.000.000 de euros, en función del sobrecoste sufrido por la empresa o autónomo.

El cálculo de la ayuda tendrá en cuenta el denominado “precio de referencia”, esto es, el coste medio por KWh (Kilovatio hora) de 2021 y su comparación con el soportado en el período de 2022, siendo la diferencia entre ambos costes aplicada al consumo realizado durante el período subvencionable, el importe de la subvención concedida.

La subvención se concederá por el importe del sobrecoste de gas natural y/o electricidad soportado en el período subvencionable del 2022, esto es, desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de ese año.

El procedimiento de concesión de estas ayudas se iniciará a solicitud de la persona interesada y se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, esto es, en orden de llegada de las solicitudes que vayan cumpliendo los requisitos.

Tras la resolución favorable de solicitudes, se procederá al pago íntegro de la ayuda correspondiente antes del 31 de diciembre de 2023.


Fondos

Esta línea esta financiada por fondos: FEDER.


Condiciones
No existe condiciones financieras para el beneficiario.
Información adicional de la convocatoria

E. Incentiv.
Esta ayuda no tiene efecto incentivador.

Respuesta
La respuesta para a las tramitaciones de esta línea de financiación se encuentra aproximadamente en 6 meses.

Competitiva
Es una ayuda no competitiva, por lo que si se obtiene una buena puntuación la financiación está asegurada. + info

Minimis
Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”.