Energía e Hidrógeno Renovable I+D+i: Subvención para el desarrollo de proyectos de I+D+i en el área de Energía e Hidrógeno Renovable en e...
Ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a consorcios integrados por distintos agentes del Sistema Asturiano de Ciencia y Tecnología para desarrollar proyectos de I+D+i en el área de Energía e Hidrógeno Renovable en el Principado de Asturias.
Convocatoria
Áreas
Cerrada
Presentación
Los Consorcios y sus miembros deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar formados al menos por dos empresas no vinculadas entre sí y por una de las entidades de los apartados a) a f) del apartado anterior.
b) No podrán estar creados con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda y no tendrán personalidad jurídica, al amparo del artículo 67 del RDL y 11.3 de la LGS.
c) Los miembros beneficiarios del Consorcio tendrán el carácter de beneficiarios últimos de la subvención, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11.3 de la LGS. No obstante lo anterior, los Consorcios también podrán incorporar miembros colaboradores, que no tendrán el carácter de beneficiarios. Los colaboradores no realizarán gastos y, de hacerlo, estos gastos no serán subvencionables, en ningún caso.
d) Todos los miembros del Consorcio deberán tener personalidad jurídica, ya sea pública o privada.
e) El Consorcio debe permitir la cooperación entre diversos agentes del ecosistema de I+D+i del Principado de Asturias, así como con otros agentes que contribuyan al logro de los objetivos y prioridades de la finalidad de las subvenciones reguladas por estas bases.
f) Todos los miembros del consorcio deben desarrollar una actividad relacionada con la temática elegida por el consorcio y tener residencia fiscal permanente en territorio español. Se entenderá por actividad relacionada con la temática del consorcio cualquier actividad empresarial, profesional, o personal generadora de riqueza o conocimiento, no necesariamente con fines lucrativos, que guarde relación con el tema propuesto por el consorcio y con el proyecto piloto a desarrollar.
g) Las convocatorias de ayudas podrán establecer límites a la participación de varias entidades en varios consorcios, debiendo existir siempre una delimitación clara entre los objetivos de los diferentes consorcios y que no existan riesgos de doble financiación.
h) Cada consorcio nombrará un representante.
i) La relación entre los miembros del consorcio y la creación del mismo se formalizarán mediante acuerdo, de naturaleza privada e interna, en los términos indicados en el apartado tercero de esta base, siendo responsabilidad del consorcio su elaboración dentro del marco de la legalidad aplicable, debiendo estar suscrito en el momento de la solicitud, por todos los miembros de la agrupación de solicitantes.
Puedes aplicar a ella en el siguiente link.
Objetivo
Esta línea de ayudas tiene por finalidad la transformación del paradigma energético actual y minimizar la emisión de gases efecto invernadero. Líneas de actuación:
- Generación de hidrógeno verde a baja temperatura a partir de energía renovable
- Usos de hidrógeno en el sector industrial de combustión
- Usos de hidrógeno en el sector industrial para reducción de emisiones de CO2 y como agente químico
Temáticas
- Generación de hidrógeno verde a baja temperatura a partir de hidrógeno renovable.
- Usos de hidrógeno en el sector industrial de combustión
- Usos del hidrógeno en el sector industrial para reducción de emisiones de CO2 y como agente químico.
Características del líder del consorcio
Ambito
Categorias
Características del Proyecto
Requisitos
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1
de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo
previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el
Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12
de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D+i: organismos públicos y centros con personalidad jurídica
propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los
dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos,
o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma
jurídica.
d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el
Sistema Nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen
actividad investigadora.
e) Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal,
que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19
de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la
Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros, en la
fecha de presentación de la solicitud y mantengan esta condición durante todo el período
de la actividad subvencionada.
f) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades
de I+D+i, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y
transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.
g) Empresas.
Dichos Consorcios deberán estar formados al menos por dos empresas no vinculadas entre sí y por una de las entidades de los apartados a) a f, teniendo todos los miembros del Consorcio la consideración de beneficiarios.
Capítulos
Tecnología
CTI
Características de la financiación
%
Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Con carácter general, las subvenciones concedidas con arreglo a este régimen no superarán
los porcentajes máximos que se detallan a continuación, con respecto al presupuesto total
subvencionable de la actuación:
- Investigación Industrial (Pequeña Empresa 70%, Mediana Empresa 60%, Gran Empresa 50%)
- Desarrollo Experimental(Pequeña Empresa 45%, Mediana Empresa 35%, Gran Empresa 25%)
- Innovación (Pequeña Empresa 50%, Mediana Empresa 50%, Gran Empresa 15%)
La intensidad máxima de ayuda en los proyectos de Investigación industrial o Desarrollo experimental realizados en colaboración efectiva en los que participe una Pyme, se podrá incrementar en 15 puntos porcentuales hasta un máximo del 80% de los costes subvencionables. La intensidad de la ayuda se determinará para cada beneficiario participante en el proyecto en función de su tamaño.
Fondos
Esta línea esta financiada por fondos: Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
Condiciones
Información adicional de la convocatoria
E. Incentiv.
Respuesta
Competitiva
Minimis
DNSH