Temáticas obligatorias de los proyectos para la ayuda Proyectos de Innovación Aeroespacial y Salud
A los efectos de este instrumento, se considera que el ámbito aeroespacial incluye todo lo relativo al diseño, desarrollo, fabricación, operación y mantenimiento de aeronaves tripuladas y no tripuladas, vehículos espaciales y sistemas de propulsión, así como la correspondiente infraestructura necesaria para su operación (tales como aeropuertos, sistemas de navegación aérea, bases de lanzamiento, o estaciones de seguimiento de satélites) y para llevar a cabo tareas de experimentación y ensayo en sus fases de desarrollo.
Asimismo, se incluye en este ámbito el desarrollo de servicios comerciales directamente relacionados con la aeronáutica y la infraestructura espacial. Más concretamente, de acuerdo con las prioridades establecidas en el PERTE Aeroespacial se establecen los siguientes campos específicos de actuación.
Se considerarán adecuados o elegibles, aquellos proyectos de I+D cuyo contenido y objetivos encajen prioritariamente en alguna de las líneas identificadas anteriormente.
Adicionalmente, y con el ánimo de fortalecer, las capacidades científicas y tecnológicas del sector aeroespacial, se considerarán elegibles aquellos proyectos cuyo objetivo implique atender aquellos proyectos de I+D cuyo contenido suponga un salto tecnológico significativo o un incremento significativo de la capacidad tecnológica de las empresas.
Se entiende por salud de vanguardia la promoción y protección de la salud mediante el desarrollo e incorporación de productos, procedimientos innovadores y soluciones digitales que añaden valor en la prevención, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación de los pacientes de forma personalizada.
Con carácter transversal, el PERTE se centra, entre otras líneas, en:
Para ello define, los siguientes objetivos estratégicos:
Se considerarán adecuados o elegibles aquellos proyectos de I+D cuyo contenido y objetivos encajen prioritariamente en alguna de las líneas identificadas anteriormente.
Adicionalmente, y con el ánimo de fortalecer, las capacidades científicas y tecnológicas del sector de la Salud, se considerarán elegibles aquellos proyectos cuyo objetivo implique atender una clara necesidad, tanto técnica como asistencial, en el ámbito del diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y monitorización de patologías de cualquier área terapéutica y cuyo contenido suponga un salto tecnológico significativo.